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Ayudas en el sector de la flor cortada y la planta ornamental en la Comunidad de Castilla y León (2020)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3026
  • SIA: 2351408
  • BDNS (Identificador): 528852

Fecha de publicación:

21 de octubre de 2020

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a las personas físicas y entidades productoras de flor cortada y planta ornamental en función de la superficie cuya producción haya sido efectivamente destruida durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020, en el que estuvo vigente el estado de alarma, con la finalidad paliar las consecuencias negativas que la declaración del estado de alarma ha causado por la imposibilidad de su comercialización.

Las subvenciones se concederán exclusivamente en el ejercicio 2020.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 22 de octubre de 2020 hasta el 30 de octubre de 2020

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas y entidades que reúnan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Ser productores de flor cortada y/o planta ornamental de cualquiera de las especies que se recogen en los Anexos V y VI, y titulares de explotaciones destinadas a tal fin ubicadas en territorio de Castilla y León.

b) Tener la disponibilidad de la parcela cuya superficie de producción ha sido destruida, en propiedad, o en régimen de arrendamiento o aparcería o cualquier otra forma conforme a derecho que pueda demostrar, mediante documento liquidado de los correspondientes tributos, la superficie para la que se solicita la ayuda, en el momento de la presentación de la solicitud.

c) Hallarse inscrito en cualquier registro que resulte obligatorio por razón de la actividad (Registro de Proveedores de Vegetales de Castilla y León o similar), y en todo caso, en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL), en el momento de la presentación de la solicitud.

d) Acreditar la destrucción de la producción de flor cortada y/o planta ornamental entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020, ambos inclusive.

e) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

g) No tener la consideración de empresa en crisis, de acuerdo con el artículo 2.18) del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

¿Para qué es la ayuda?:

Es subvencionable, exclusivamente, la destrucción de la producción de flor cortada y/o planta ornamental efectivamente realizada durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020.

No podrá acogerse a este régimen de ayudas la producción de flor cortada y/o planta ornamental almacenada o conservada en el periodo antes citado para una venta posterior.

Cuantía:

  • La cuantía se concederá con base en la superficie cuya producción haya sido destruida, siempre que pueda demostrar que se ha efectuado en el periodo subvencionable, y variará en función de la especie según los importes máximos de los Anexos V y VI.
  • El máximo establecido por beneficiario será de 20.000 euros.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud según modelo normalizado Anexo I, dirigida al Director General de Producción Agropecuaria, y acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (95 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Sanidad y Certificación Vegetal

Órgano que resuelve:

Directora General de Producción Agrícola y Ganadera

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones a los interesados será de 6 MESES contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León», entendiéndose DESESTIMADAS las no resueltas expresamente y notificadas en dicho plazo.

En las resoluciones de concesión de las subvenciones se hará constar expresamente que los fondos con que se sufraga proceden de los Presupuestos Generales del Estado.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad
  • La subvención es compatible con otras de idéntica finalidad concedidas al beneficiario siempre que la suma total no exceda el valor de la producción destruida, ni la cuantía de 100.000 euros.
  • Asimismo, esta ayuda es compatible con otras para la misma finalidad, concedidas en su caso al beneficiario, con base en el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de «minimis» en el sector agrícola, si se ajustan al citado límite máximo establecido al efecto por la mencionada Decisión de la Comisión Europea SA.56851 (2020/N), de 2 de abril de 2020.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (30 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.