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Autorización de transporte sanitario público

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1287
  • SIA: 1253146

Objeto:

Obtener la AUTORIZACIÓN administrativa necesaria para la realización del transporte sanitario público (VS). Igualmente se comunicarán las BAJAS o ceses en la actividad y el VISADO periódico de las autorizaciones para comprobar el cumplimiento de las condiciones que inicialmente justificaron el otorgamiento de la autorización.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personas físicas, si bien no se podrá otorgar autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes
  • Personas jurídicas, debiendo revestir en este caso la forma de sociedad mercantil, sociedad anónima laboral o cooperativa de trabajo asociado.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

  • Por Internet desde ésta misma página.
  • De acuerdo con la Ley de ordenación de los transportes terrestres (LOTT), modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio, a partir del 01/01/2017 los titulares de autorizaciones de transporte o de operador de transporte están obligados a relacionarse de forma electrónica con las AA.PP.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los titulares de las autorizaciones de transporte sanitario público deberán cumplir en todo momento los siguientes requisitos:

Descarga del documento tipo PDF REQUISITOS exigidos. Abre una nueva ventana REQUISITOS exigidos (99 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja la  Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN a presentar. Abre una nueva ventana DOCUMENTACIÓN a presentar (108 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente para la autorización.

El visado periódico se realizará bienalmente. Las autorizaciones de transporte público caducadas por falta de visado podrán ser rehabilitadas en el plazo de 1 año desde el vencimiento del plazo en que correspondía realizar el visado.

Plazo de resolución:

  • 5 meses.

Notificaciones:

  • Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 31-07-1987)
  • Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 8-10-1990)
  • Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características
    técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de
    transporte sanitario por carretera (BOE 08-06-2012)
  • Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera (BOE 29-07-2013)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Movilidad y Transformación Digital

Órgano que resuelve:

Dirección General de Transportes y Logística

Información adicional:

Las autorizaciones VS se domiciliarán en el lugar donde su titular tenga el domicilio fiscal.

Las empresas que sean titulares de autorizaciones de transporte público sanitario y no dispongan del número mínimo de vehículos y trabajadores podrán seguir prestando sus servicios. No obstante, sólo se le otorgarán nuevas copias cuando alcance el número mínimo de vehículos y de conductores establecidos en la Orden PRE/1435/2013.  Para el cumplimiento del número mínimo de conductores y de los requisitos j) y k) del punto 1 del artículo 10 de la citada Orden se establece un plazo de dos años desde el 1 de enero de 2014.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

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Última actualización: 26 de noviembre de 2023