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Registro General del Personal de la Comunidad

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 787
  • SIA: 1813239

Objeto:

El Registro General de Personal de la Comunidad de Castilla y León es el registro administrativo en el que se inscribe el personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos

Fecha de publicación:

18 de febrero de 2009

Legislación aplicable:

  • DECRETO 16/2009, de 12 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro General de Personal de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 18-02-2009).
  • ORDEN ADM/756/2009, de 9 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos de documentos para la inscripción y anotación en el Registro General de Personal de diversos actos administrativos de gestión de personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 01-04-2009).

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Información adicional:

  • El Registro General de Personal estará integrado en la Dirección General de la Función Pública y sus funciones serán desarrolladas por los órganos administrativos a los que les sean atribuidos mediante la correspondiente Orden de Estructura Orgánica.
  • El Registro General de Personal actuará a través de su oficina central y delegadas, así como del registro delegado de personal docente no universitario u otros que se constituyan, de acuerdo con los principios de coordinación y homogeneidad.
  • El registro delegado de personal docente no universitario, estará adscrito al centro directivo de la Consejería competente en materia de educación que tenga atribuidas las funciones de gestión sobre el mismo, correspondiéndole realizar las inscripciones y anotaciones relativas al personal docente no universitario que preste servicios en centros docentes y en los servicios de apoyo al sistema educativo.
  • El Registro General de Personal actuará bajo el principio de coordinación con el Registro de Personal Estatutario de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, constituido al amparo de las previsiones del artículo 15 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León y normativa de desarrollo.

Procedimiento de  Inscripciones registrales.

  • Serán objeto de inscripción las resoluciones de nombramiento de funcionarios de carrera, funcionarios en prácticas, funcionarios interinos, las de personal eventual, las integraciones en otros Cuerpos y Escalas y la formalización de contratos laborales.
  • El procedimiento de inscripción del personal será el siguiente:
    • Los órganos competentes en materia de personal, con carácter previo a la resolución de nombramiento o a la formalización de la relación contractual, comunicarán al Registro General de Personal los datos necesarios para la inscripción. Para ello utilizarán el correspondiente documento registral normalizado, en el que se recogerán los datos personales, administrativos y de puesto de trabajo del interesado.
    • A continuación, el Registro General de Personal asignará al interesado un número de identificación personal si se inscribiera por primera vez y, en todo caso, el número de registro de personal que corresponda a la inscripción, dando traslado inmediato de ambos al órgano correspondiente.
      Formalizado el nombramiento y comunicado al Registro General de Personal, éste procederá a efectuar la inscripción.
    • Efectuadas las inscripciones correspondientes, el Registro General de Personal confeccionará los títulos administrativos de los funcionarios de carrera y las hojas de servicio del personal laboral fijo.
    • Respecto de los funcionarios interinos, personal eventual y laboral temporal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la expedición de las hojas de servicio corresponderá a la autoridad competente para efectuar el nombramiento o para formalizar el contrato.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.