Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS)
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Permitir que las organizaciones, públicas o privadas, se inscriban en el registro EMAS de la Comunidad de Castilla y León.
El objetivo de esta inscripción es promover mejoras continuas del comportamiento medioambiental de las organizaciones mediante el establecimiento y la aplicación de sistemas de gestión medioambiental, la evaluación sistemática, objetiva y periódica del funcionamiento de tales sistemas, la difusión de información sobre el comportamiento medioambiental, y la implicación activa del personal en las organizaciones.
Una vez inscrita, solicitar la renovación de la inscripción y facilitar que las organizaciones mantengan su inscripción en el registro EMAS de la Comunidad de Castilla y León.
Obtener la excepción prevista en el Reglamento (CEE) 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales, para organizaciones pequeñas.
¿Quién lo puede solicitar?
- INSCRIPCIÓN: Organizaciones con centros ubicados en Castilla y León.
- RENOVACIÓN: Cualquier organización inscrita en el Registro EMAS de la Comunidad de Castilla y León
- EXCEPCIÓN PARA ORGANIZACIONES PEQUEÑAS: Cualquier organización con centros ubicados en Castilla y León, al tiempo que solicita la inscripción en el Registro EMAS o ya inscrita, que acredite el cumplimiento de los requisitos
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Se deben cumplir los requisitos de adhesión al sistema que se establecen en el Reglamento (CEE) 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales.
- Además se deben cumplir los siguientes requisitos según se trate de inscripción, renovación o excepción para organizaciones pequeñas:
REQUISITOS para la INSCRIPCIÓN, RENOVACIÓN y EXCEPCIÓN PARA ORGANIZACIONES PEQUEÑAS (88 kbytes)
¿Qué documentos necesito?
Inscripción
Para la inscripción:
- Formulario debidamente cumplimentado.
- Documentación acreditativa de la representación legal, en caso de que no se haya marcado la correspondiente casilla del apartado 7.
- Declaración medioambiental validada, por un verificador medioambiental, en formato electrónico o impreso cuando el medio de notificación no sea electrónico.
- Declaración del verificador medioambiental sobre las actividades de verificación y validación debidamente firmada, con la información contenida en el anexo VII del Reglamento (CE) 1221/2009, firmada por el verificador medioambiental que haya validado la declaración medioambiental.
En el supuesto de que en este momento solicite excepción para organizaciones pequeñas, además deberá aportar:
- Confirmación del verificador medioambiental de que la organización cumple las condiciones establecidas en el artículo 7 del Reglamento (CE) 1221/2009, de 25 de noviembre.
Renovación
Cada tres años:
- Formulario debidamente cumplimentado.
- Declaración medioambiental validada por un verificador medioambiental.
En los años intermedios:
- Formulario debidamente cumplimentado.
- Declaración medioambiental actualizada validada por un verificador medioambiental.
En el supuesto de que solicite excepción para organizaciones pequeñas, además deberá aportar:
- Confirmación del verificador medioambiental de que la organización cumple las condiciones establecidas en el artículo 7 del Reglamento (CE) 1221/2009, de 25 de noviembre.
- Las organizaciones que ya hayan obtenido la excepción para organizaciones pequeñas presentarán las declaraciones medioambientales con la frecuencia que determine el organismo competente.
- En todo caso deberán presentar el formulario y declaración medioambiental actualizada no validada cada año que estén exentas de presentarla validada.
Excepción para organizaciones pequeñas
Si la solicitud se efectúa independientemente de la solicitud de inscripción o renovación:
- Formulario debidamente cumplimentado.
- Confirmación del verificador medioambiental de que la organización cumple las condiciones establecidas en el artículo 7 del Reglamento (CE) 1221/2009, de 25 de noviembre.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución:
- Tres meses desde la presentación de la solicitud.
Notificaciones:
- Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- Reglamento (CE) No 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009 relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) no 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión (Diario Oficial de la Unión Europea 22-12-2009)
- Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión (BOE 13-04-2013)
- DECRETO 53/2015, de 30 de julio, por el que se establecen los procedimientos para la tramitación, suspensión y cancelación de la inscripción en el Registro de organizaciones adheridas al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 03-08-2015)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Evaluación Ambiental
Órgano que resuelve:
Director General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental
Información adicional:
- El procedimiento de renovación de la inscripción concluirá con una comunicación de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, en la que se confirmará la renovación y se comunicará el plazo de presentación de la siguiente declaración medioambiental.
- En caso de no cumplir las condiciones establecidas para la renovación en el artículo 14.1 del Reglamento (CE) Nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, el órgano competente iniciará de oficio el procedimiento de suspensión o cancelación.
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos