Para ser admitido a la realización del procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera del cuerpo de inspectores de educación:
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Listados provisionales Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
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Relación provisional de admitidos y excluidos
Fecha de publicación:
26 de julio de 2019
Fecha límite:
Subsanaciones, alegaciones y desistimientos: hasta el 13 de agosto de 2019
Contenido:
Resolución de 25 de julio de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.
Primero.- Listado provisional de admitidos en el procedimiento selectivo de acceso.
Aprobar el listado provisional de aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril que aparece como anexo I.
Segundo.- Listado provisional de excluidos en el procedimiento selectivo de acceso.
Aprobar el listado provisional de aspirantes excluidos en el citado procedimiento selectivo, que aparece como anexo II, con indicación de la causa de exclusión.
Tercero.- Subsanaciones, alegaciones y desistimientos.
De conformidad con el apartado quinto.2 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, hasta el día 13 de agosto inclusive, los aspirantes podrán formular alegaciones, subsanando en su caso y de acuerdo con lo previsto en anexo III, el defecto que haya motivado su exclusión, o los posibles errores en la consignación de los datos personales así como desistir al procedimiento, utilizando el formulario disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Las alegaciones y desistimientos se dirigirán a la Dirección Provincial de Educación de Zamora y se presentarán de forma electrónica a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Cuarto.- Publicación y publicidad.
De conformidad con el apartado quinto.5 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, la presente resolución junto con sus anexos se publicarán el día 26 de julio de 2019 en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Asimismo, el contenido de dichos listados podrá conocerse a través del servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327850).
Resueltas las subsanaciones, alegaciones y aceptados, en su caso, los desistimientos efectuados, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución, por la que se aprueben los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos.
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Nombramiento del Tribunal Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
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Tribunal Calificador
Fecha de publicación:
5 de noviembre de 2019
Contenido:
RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se nombran los Tribunales y comisiones de selección del procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.
Primero.– Nombramiento del tribunal.
Se nombra el tribunal referido en el apartado sexto.2 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con la composición que figura en el Anexo.
Segundo.– Composición de la comisión de selección.
1. De conformidad con lo establecido en sexto.3 de la citada orden, nombrado un único tribunal, este actuará además como comisión de selección.
2. Actuará como secretario el funcionario con menor antigüedad en el cuerpo de entre los miembros que formen parte de la comisión, salvo que la comisión acuerde determinarlo de otra manera.
Tercero.– Participación en los órganos de selección.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley la participación en los órganos de selección tiene carácter obligatorio. La inasistencia injustificada a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluidos el de constitución, con excepción de lo contemplado en el apartado sexto puntos 6 y 7 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria dará lugar a la correspondiente responsabilidad disciplinaria.
2. Corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos la resolución de las cuestiones relativas a la abstención y recusación de los miembros de los órganos de selección.
Cuarto.– Constitución de la comisiones de selección y de los tribunales.
1. Conforme al apartado sexto.9 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, y previa convocatoria del presidente, tendrá lugar la sesión constitutiva del tribunal y de la comisión de selección, a la que deberán asistir todos los miembros nombrados, tanto titulares como suplentes, en el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.
2. Una vez constituidos, darán cuenta de ello al día siguiente a la Dirección Provincial de Educación de Zamora, remitiendo ésta seguidamente copia del acta de constitución y sus anexos a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.
Quinto.– Publicidad.
Con el objeto de dar mayor publicidad, la presente resolución será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Listados definitivos de admitidos y excluidos Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
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Relación definitiva de admitidos - excluidos
Fecha de publicación:
5 de noviembre de 2019
Contenido:
Resolución de 24 de octubre de 2019 (328 kbytes)
, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Resolución, de la misma fecha y Dirección General, por la que se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.
Dar publicidad la parte dispositiva de la Resolución de 24 de octubre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Primero.– Listado definitivo de admitidos en el procedimiento selectivo de acceso.
Aprobar el listado definitivo de aspirantes admitidos en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, que aparece como Anexo I.
Segundo.– Listado definitivo de excluidos en el procedimiento selectivo de acceso.
Aprobar el listado definitivo de aspirantes excluidos en el procedimiento selectivo de acceso en el cuerpo de inspectores de educación, convocado por Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, que figura en el Anexo II con indicación de la causa de exclusión.
Tercero.– Publicación y publicidad.
De conformidad con el apartado quinto.5 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, la presente resolución junto con sus anexos se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), dando publicidad a su parte dispositiva en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Asimismo, el contenido de dichos listados podrá conocerse a través del servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327850).
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Fecha de inicio fase oposición Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
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1º ejercicio
Fecha de publicación:
5 de noviembre de 2019
Contenido:
RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se determina la fecha en la que se iniciará la prueba de la fase de oposición en el procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.
Primero.– Fecha de inicio de la fase de oposición.
El comienzo de la primera prueba de la fase de oposición de procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, convocado por Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, tendrá lugar el sábado 16 de noviembre de 2019.
Segundo.– Citaciones de los aspirantes.
Los aspirantes admitidos en el citado procedimiento deberán presentarse ante el tribunal a las 08:30 horas del día señalado en el IES Claudio Moyano, sito en la Avenida de Requejo, n.º 4 de Zamora, para el comienzo de la primera prueba, debiendo ir provistos inexcusablemente del documento original correspondiente al documento nacional de identidad, pasaporte, o permiso de conducción, o documentos análogos en el caso de aspirantes de nacionalidad distinta a la española, a fin de proceder a su identificación.
Conforme al apartado séptimo.1 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, los sucesivos llamamientos se harán públicos por el tribunal en la Dirección Provincial de Zamora con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de la misma.
Asimismo y con carácter únicamente informativo serán objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León en el lugar reservado a la Dirección Provincial de Educación de Zamora.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Directora General de
Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Aspirantes seleccionados Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
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Aspirantes seleccionados en el Concurso de Méritos
Fecha de publicación:
27 de julio de 2020
Fecha límite:
Plazo presentación documentación: hasta el 17 de agosto de 2020
Contenido:
RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación (345 kbytes)
, por la que se anuncia la fecha de exposición por la comisión de selección de la lista de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso en el procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.
Primero.– Fecha de la publicación de los listados.
1. Anunciar la exposición de la lista de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso, en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, ordenados según la puntuación global obtenida y con indicación de la provincia de adscripción para la realización de la fase de prácticas, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León, en el tablón de anuncios de la sede del tribunal y en el del resto de las direcciones provinciales de educación.
2. Con el objeto de dar la mayor publicidad posible a la presente resolución y a la lista a la que hace referencia el punto 1, será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Asimismo dicha información podrá obtenerse a través del servicio telefónico 012 de información y atención al ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983 327 850).
Segundo.– Recursos.
De conformidad con el apartado noveno.4 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, contra la lista indicada en el apartado anterior los aspirantes podrán presentar recurso de alzada ante la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero.– Plazo de presentación de documentación.
1. En el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista prevista en el apartado primero, los aspirantes deberán presentar en la dirección provincial de educación de la provincia a la que hayan sido destinados para la realización de la fase de prácticas y por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la documentación prevista en el apartado décimo.3 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.
2. Conforme a lo previsto en el apartado décimo.4 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, los aspirantes seleccionados que en el plazo indicado en el punto anterior, salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos para participar en este procedimiento selectivo, decaerán de todos sus derechos a ser nombrados funcionarios en prácticas y/o de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
3. Asimismo y según lo dispuesto en el apartado décimo.1 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, los aspirantes que concurran y superen las fases de oposición y concurso para el ingreso en el cuerpo de inspectores de educación en convocatorias correspondientes a distintas Administraciones educativas, deberán, en el plazo de siete días hábiles a contar desde la publicación de la lista prevista en el apartado primero, optar por una de ellas mediante escrito dirigido a la Directora General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento se entenderá como renuncia tácita a las restantes.
Cuarto.– Exención de la fase de prácticas.
1. Conforme a lo establecido en el apartado duodécimo.4 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, aquellos aspirantes que lo soliciten y acrediten haber prestado servicios como inspector accidental de educación, al menos, durante un curso escolar quedarán exentos de la realización de la fase de prácticas, salvo que exista informe desfavorable del área de la inspección educativa u órgano equivalente en el que haya desarrollado dichas funciones.
No obstante, si optasen por la incorporación a la fase de prácticas quedarán eximidos de la evaluación de las mismas.
2. Estas opciones deberán realizarse mediante escrito dirigido a la Directora General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, en el plazo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso.
Quinto.– Aplazamiento de la fase de prácticas.
1. Aquellos que necesitasen un aplazamiento en la incorporación a la fase de prácticas por encontrarse en periodo de gestación o por otras causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General de Recursos Humanos, deberán solicitarlo conforme a lo dispuesto en el apartado duodécimo.5 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.
2. El aplazamiento, que en su caso se pueda conceder, será único y por el plazo máximo de un año. Estos aspirantes serán nombrados funcionarios de carrera una vez que finalicen, con la valoración de aptos, la fase de prácticas.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid o de la circunscripción donde tenga su domicilio el demandante, a elección de éste, siempre y cuando sea dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación de conformidad con los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Nombramiento de funcionarios en prácticas Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
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Nombramiento de Funcionarios
Fecha de publicación:
27 de agosto de 2020
Contenido:
ORDEN EDU/789/2020, de 21 de agosto (431 kbytes)
, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Orden EDU/341/2019, de 3 de abril y Corrección de errores (BOCyL 19-11-2020)
Primero.– Nombramiento de funcionarios en prácticas.
1. Nombrar funcionario en prácticas del cuerpo de inspectores de educación al aspirante seleccionado en el procedimiento selectivo de acceso convocado por Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, que se relaciona en el Anexo I por orden de puntuación, con asignación del número de registro personal e indicación de la provincia a la que está adscrito para la realización de la fase de prácticas.
2. Nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes relacionados por orden de puntuación en el Anexo II que, estando exentos de su realización, han optado por incorporarse a las mismas, si bien quedan eximidos de su evaluación.
3. El orden de puntuación de los citados aspirantes será tenido en cuenta a efectos de su primera participación en el próximo concurso de traslados al que están obligados a concurrir con carácter forzoso de acuerdo con lo indicado en el artículo 13.2 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.
Segundo.– Exención de la fase de prácticas.
De conformidad con lo establecido en el apartado duodécimo.4 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, están exentos de la realización de la fase de prácticas los aspirantes relacionados por orden de puntuación en el anexo III, siéndoles de aplicación lo indicado en el apartado primero.3 de la presente orden.
Estos aspirantes permanecerán en su cuerpo de origen hasta que se proceda a la aprobación del expediente del procedimiento selectivo y su nombramiento como funcionarios de carrera del cuerpo de inspectores de educación junto con el resto de los seleccionados de su promoción.
Tercero.– Opción de percepción de remuneraciones.
De acuerdo con el apartado décimo.5 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, si los seleccionados están prestando servicios remunerados en la Administración como funcionario de carrera, sin perjuicio de la situación administrativa que de acuerdo con la normativa vigente le corresponda, deberá formular opción por la percepción de las remuneraciones durante su condición de funcionario en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Decreto 29/1989, de 9 de marzo, en el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, mediante instancia dirigida a la dirección provincial de educación de la provincia asignada para la realización de prácticas.
Cuarto.– Declaración de incompatibilidad.
Los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas a través de la presente orden, deberán presentar declaración de no encontrarse incursos en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administraciones Públicas y en el Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Quinto.– Efectos del nombramiento.
Con carácter general el nombramiento como funcionario en prácticas surtirá efectos administrativos desde el 1 de septiembre de 2020 y económicos desde la fecha de toma de posesión.
Sexto.– Renuncias al proceso selectivo.
De conformidad con los apartados décimo.4 y undécimo.1 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, los funcionarios en prácticas que no se incorporen al destino adjudicado día 1 de septiembre de 2020 o de la documentación aportada se acredite que carecen de alguno de los requisitos exigidos, se entenderá que han renunciado al procedimiento selectivo teniéndoles por decaídos de todos los derechos al nombramiento de funcionarios en prácticas, salvo en los supuestos de aplazamiento y de fuerza mayor debidamente acreditados y apreciados por la Dirección General de Recursos Humanos.
Séptimo.– Régimen Jurídico.
De conformidad con el apartado undécimo.2 de la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, desde el momento del nombramiento de funcionario en prácticas hasta el nombramiento como funcionario de carrera, el régimen jurídico-administrativo de los aspirantes seleccionados será el de funcionarios en prácticas.
Octavo.– Desarrollo.
Se faculta a la Directora General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación para dictar las instrucciones oportunas de interpretación y ejecución de la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con los artículos 10.1 a), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Aptos de la fase práctica de Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
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Aptos en la fase de prácticas
Fecha de publicación:
13 de julio de 2021
Contenido:
ORDEN EDU/842/2021, de 28 de junio (439 kbytes)
, por la que se declaran aptos en la fase de prácticas y se aprueba el expediente del procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.
Primero.– Aspirantes aptos.
Declarar aptos en la fase de prácticas del procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, a los aspirantes relacionados en el Anexo, ordenados por la puntuación alcanzada en el proceso selectivo, con indicación de quien ha sido evaluado positivamente por la comisión calificadora, así como a los que, conforme al apartado duodécimo.4 de dicha orden, han estado exentos de su evaluación o de la realización de la misma.
Nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes relacionados por orden de puntuación en el Anexo II que, estando exentos de su realización, han optado por incorporarse a las mismas, si bien quedan eximidos de su evaluación.
Segundo.– Régimen jurídico administrativo.
El régimen jurídico administrativo del personal declarado apto en la fase de prácticas por la presente orden será, hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera, el de funcionarios en prácticas.
Tercero.– Aprobación del expediente.
1. Aprobar el expediente del procedimiento acceso al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado mediante Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, de conformidad con el apartado decimotercero de dicha convocatoria.
2. La presente orden se remitirá al Ministerio de Educación y Formación Profesional a efectos de la expedición de los correspondientes títulos y del nombramiento, con efectos 1 de septiembre de 2021, como funcionarios de carrera del cuerpo de inspectores de educación.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con los artículos 10.1 a), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, 28 de junio de 2021
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Nombramiento de funcionarios de Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
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Nombramiento de Funcionarios
Fecha de publicación:
9 de noviembre de 2021
Contenido:
Orden EFP/1216/2021, de 2 de noviembre (BOE 09-11-2021) (242 kbytes)
, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden EDU/341/2019, de 3 de abril.
Primero.
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden EDU/341/2019, de 3 de abril, que aparecen relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro Central de Personal y puntuación que les corresponde.
Segundo.
Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, con efectos de 1 de septiembre de 2021.
Tercero.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León