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Ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras (Ejercicio 2018)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: NO_IAPA
  • BDNS (Identificador): 431746

Fecha de publicación:

2 de enero de 2019

Objeto:

Convocar para el ejercicio 2018, en régimen de concurrencia competitiva, las Ayudas MINER para promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las comarcas de la minería del carbón y su entorno, con el fin último de generar actividades económicas alternativas a la minería del carbón, con la consiguiente creación de nuevos puestos de trabajo en dichas comarcas, para incentivar su desarrollo.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 3 de enero de 2019 hasta el 2 de marzo de 2019

Más Detalles:

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación aneja, será de 2 MESES contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Telemática:

  • En el Registro Electrónico del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, a través de la dirección electrónica https://sede.irmc.gob.es 

¿Quién lo puede solicitar?

Las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Requisitos de los proyectos:

A) No haber iniciado las inversiones antes de la presentación de la solicitud de ayuda y notificación de que el proyecto cumple los requisitos para ser subvencionable.

B) Inversión mínima: Deberá ser de 100.000€, culquiera que sea su forma jurídica.

C) Creación de empleo: Como mínimo generación de 3 puestos de trabajo.

D) Inicio del proyecto: Todos los proyectos deberán ejecutar y haber pagado, al menos, un 10 por ciento de la inversión que se considere subvencionable antes del transcurso de los seis meses naturales siguientes a la fecha de recepción de la resolución definitiva que apruebe la ayuda solicitada para el proyecto. A estos efectos no se computarán las inversiones y gastos que puedan ser considerados necesarios para la preparación del desarrollo del proyecto.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo pertenecientes a todas las actividades económicas susceptibles de recibir ayudas, de acuerdo con la normativa nacional y comunitaria aplicable, con las excepciones establecidas en la normativa reguladora.

Cuantía:

  • Las ayudas no podrán superar los límites de intensidad máxima establecidos en el mapa de ayudas regionales para España 2014-2020, en función de los municipios que integran el ámbito territorial de aplicación de este régimen de ayudas.
  • Los límites máximos previstos se podrán incrementar en 20 puntos porcentuales para las ayudas concedidas a pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales para las ayudas concedidas a medianas empresas.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado Anexo 1, dirigida al Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, acompañada de original y una copia compulsada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN a presentar. Abre una nueva ventanaDOCUMENTACIÓN a presentar (97 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Plazo de resolución:

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de los expedientes será de 6 MESES a partir de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender DESESTIMADA por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Notificaciones:

  • Publicación de la resolución en la pagina web del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras www.irmc.es
  • Notificación individual a cada beneficiario de la concesión de la ayuda.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatibilidad

Las ayudas reguladas en esta orden complementarán y serán compatibles con las concedidas, por otras instituciones o Administraciones públicas para instrumentar las políticas de desarrollo regional, independientemente de las generales derivadas de los programas de inversión, de medidas horizontales y de las específicas para las pequeñas y medianas empresas (pymes)

Justificación

El beneficiario de la subvención estará obligado a justificar el cumplimiento de las condiciones establecidas, así como la realización de la actividad que determinó la concesión de la ayuda, como máximo, en el plazo de 3 MESES desde la finalización del plazo para la realización de la actividad

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.