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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
30 de diciembre de 2020
Convocar, en régimen de concesión directa, becas y ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación a que tengan derecho los trabajadores desempleados que participen en las acciones formativas del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, gestionadas por la Comunidad de Castilla y León.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días computado desde el día siguiente al de la finalización de la acción formativa o la baja justificada del alumno en la misma.
Si el alumno participa en más de una acción formativa del mismo plan o programa formativo podrá optar por presentar la solicitud de beca o ayuda en el plazo de un diez días computado desde el día siguiente al de la finalización de la última acción formativa en que haya participado o se haya producido la baja justificada del alumno en la misma.
Presencial:
Electrónico:
Trabajadores desempleados que participen en acciones formativas del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral gestionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL).
En el caso de la «Ayuda a la conciliación» las personas que quieran acogerse deberán cumplir las siguientes condiciones en el día de su incorporación a la acción formativa:
Las cuantías y tipos de ayuda a percibir por cada beneficiario, previa comprobación del cumplimiento de requisitos exigidos en convocatoria, serán los siguientes:
Cuantía y Tipos de Ayudas (105 kbytes)
La solicitud de becas y ayudas se cumplimentará en el modelo normalizado del Anexo I. Adicionalmente, el modelo de solicitud estará disponible para el alumno a través del centro o entidad de formación donde se desarrolle la acción formativa. La entidad o centro de formación está obligada a proporcionar al alumno tanto el modelo de solicitud como la información suficiente y necesaria que facilite su cumplimentación.
La presentación de la solicitud implica la autorización al Servicio Público de Empleo de Castilla y León para poder recabar los documentos y datos necesarios. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente dicha autorización, debiendo entonces aportar la documentación que contenga dichos datos.
Documentación a presentar (138 kbytes)
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido el mismo sin haberse notificado resolución expresa podrá entenderse DESESTIMADA la solicitud presentada.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Compatibilidad
Pérdida del derecho
Constituirá causa de pérdida del derecho a percibir las ayudas y becas incurrir en más de tres faltas de asistencia no justificadas al mes en cada acción formativa. En todo caso, no se tendrá derecho a percibir las ayudas de transporte y de manutención que correspondan a los días en los que no se asista a la acción formativa, ni a percibir las becas y ayudas a la conciliación correspondientes a las faltas de asistencia no justificadas.
Podrá ser motivo de supresión o reducción de las ayudas por transporte, manutención y alojamiento, la negativa de la persona solicitante a realizar la acción formativa o las prácticas no laborales en un centro de formación o empresa disponible más próximo a su domicilio.
Asimismo supondrá causa de pérdida del derecho a percibir las ayudas y becas la existencia de abuso de derecho o fraude de ley para la obtención de las mismas.
Justificación y pago
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (123 kbytes)