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Subvenciones dirigidas a la promoción del sector comercial y al apoyo a su tejido asociativo (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2450
  • SIA: 1253436
  • BDNS (Identificador): 629453

Fecha de publicación:

30 de mayo de 2022

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la financiación de actuaciones de promoción del sector comercial, con la finalidad de incrementar la competitividad del comercio minorista de proximidad de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y su capacidad de atracción sobre la demanda, así como el apoyo a su tejido asociativo.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 31 de mayo de 2022 hasta el 20 de junio de 2022

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Asociaciones sin ánimo de lucro, sus Federaciones y Confederaciones, que cumplan con los requisitos establecidos, y realicen las actividades previstas dentro del periodo subvencionable.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Lo beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener como finalidad la defensa de los intereses del sector del comercio al por menor, excepto el comercio al por menor de vehículos de motor, domicilio social en Castilla y León (debiendo constar así en sus estatutos) y estar inscritas, con anterioridad a la producción de efectos de la convocatoria, en el Registro de Organizaciones Profesionales de Comercio, creado mediante el Decreto 10/1993, de 28 de enero.

Además de los aspectos señalados anteriormente. Presentar actuaciones:

  • De promoción del comercio minorista de proximidad de Castilla y León que difundan su oferta comercial, que redunden prioritariamente en su beneficio y que tengan como objetivos uno o varios de los siguientes: promover las ventas directas del comercio, fomentar el consumo, captar y fidelizar clientes, prestar a los clientes servicios adicionales o complementarios a la oferta comercial u otros similares.
  • Dirigidas a promover la cooperación entre los comercios y/o a gestionar sus intereses comunes mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones
  • De apoyo al tejido asociativo comercial: sensibilización, mejora de la comunicación con los asociados o prestación de servicios de información.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán subvencionarse las siguientes categorías de actuaciones:

a) Actuaciones de promoción del comercio minorista de proximidad de Castilla y León que difundan su oferta comercial, que redunden prioritariamente en su beneficio y que tengan como objetivos uno o varios de los siguientes: promover las ventas directas del comercio, fomentar el consumo, captar y fidelizar clientes, prestar a los clientes servicios adicionales o complementarios a la oferta comercial u otros similares.

b) Actuaciones dirigidas a promover la cooperación entre los comercios y/o a gestionar sus intereses comunes mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones.

c) Actuaciones de apoyo al tejido asociativo comercial, con las siguientes categorías:

1. Actuaciones de sensibilización dirigidas a difundir el asociacionismo comercial y/o a la captación de nuevos comercios asociados.

2. Sistemas dirigidos a mejorar la comunicación con los asociados sobre la base del uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

3. Prestación al pequeño comercio de servicios de información, asesoramiento y similares.

Serán susceptibles de financiación los gastos que se ejecuten entre el 16 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022 ambos inclusive, o bien los gastos de las actuaciones que, desarrolladas de forma continuada en el tiempo, se ejecuten en dicho período.

Cuantía:

  • Por cada actuación subvencionable será de un 90% del presupuesto aceptado, con la excepción en las actuaciones de prestación al pequeño comercio, de servicios de información, asesoramiento y similares, que será de un 75%, con los siguientes límites:
  • a) No serán subvencionables las actuaciones con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
  • b) El presupuesto máximo aceptado por cada actuación subvencionable será de 25.000 euros, excepto en las actuaciones de prestación al pequeño comercio de servicios de información, asesoramiento y similares, que será de 20.000 euros.

¿Qué documentos necesito?

Las solicitudes se presentarán, por cada actuación para la que se solicite subvención, en instancia normalizada. Las solicitudes debidamente cumplimentadas se acompañarán, asimismo, de la siguiente documentación, digitalizada como archivos anexos a la misma:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (88 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Promoción Comercial

Órgano que resuelve:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • Las subvenciones concedidas serán satisfechas previa presentación por la entidad beneficiaria de la correspondiente solicitud de pago conforme al modelo normalizado, y previa justificación de haber realizado las actuaciones subvencionadas y del cumplimiento de los otros requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención.
  • La justificación revestirá la forma de cuenta justificativa simplificada y se presentará junto con la correspondiente solicitud de pago, incluyendo bajo responsabilidad del declarante los documentos correspondientes.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos