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  • Subvenciones para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes (2023)
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Subvenciones para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes (2023)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2503
  • SIA: 1253459
  • BDNS (Identificador): 681659

Fecha de publicación:

17 de marzo de 2023

Objeto:

Convocar, para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones en cada una de las provincias de la Comunidad de Castilla y León destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural, situados en municipios de Castilla y León, que cuenten con población inferior a 20.000 habitantes o entidades locales menores pertenecientes a los mismos, de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 18 de marzo de 2023 hasta el 17 de abril de 2023

Más Detalles:

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 1 MES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la orden en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas privadas sin fines de lucro
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin fines de lucro, comunidades de propietarios, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado aunque carezcan de personalidad jurídica

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • TODOS DEBERÁN SER propietarios, poseedores o titulares de derechos reales sobre bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural, situados en municipios de Castilla y León con población inferior a 20.000 habitantes o entidades locales menores pertenecientes a los mismos, de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes.
  • No concurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar sujeto a las obligaciones que con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

¿Para qué es la ayuda?:

Los conceptos para los que puede solicitarse la subvención son:

a) Los gastos necesarios para la adecuada ejecución de los proyectos subvencionados.

b) Los gastos derivados de actuaciones arqueológicas asociadas a la ejecución de los proyectos subvencionables.

Las actuaciones que resulten subvencionadas deberán haberse ejecutado y finalizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, ambos inclusive.

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones y gastos subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones y gastos subvencionables (102 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía de las subvenciones se determinará según las disponibilidades presupuestarias, pudiendo alcanzar hasta el 70% del total de los gastos subvencionables, con el límite de 30.000 euros por beneficiario.
  • En el caso de que algún beneficiario no pudiera obtener el 70% del total de los gastos subvencionables como consecuencia de la insuficiencia de la disponibilidad presupuestaria, se le subvencionará hasta agotar el crédito disponible.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, una única por cada solicitante que incluirá una actuación subvencionable, o varias, en caso de que estén relacionadas entre sí de forma directa y respondan a un único proyecto homogéneo susceptible de ser valorado de forma conjunta, dirigida al Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de la provincia en la que esté situado el inmueble en el que se haya realizado la obra para la que se solicita la subvención, en la que se incluirá la declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos.

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (92 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Cultura, Turismo y Deporte

Órgano que resuelve:

Delegados Territoriales

Plazo de resolución:

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León» será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Modificación de la resolución de concesión

  • El beneficiario podrá solicitar la modificación de la resolución de concesión en el supuesto de que concurra una modificación sustancial en la actividad o actividades subvencionadas y, en el caso de obtención concurrente de otras aportaciones fuera de los casos permitidos.
  • Las solicitudes se formalizarán en el Formulario de «Solicitud de modificación de la resolución de concesión» bien de manera presencial o electrónica.

Justificación

  • A los efectos de justificación de las actuaciones subvencionables las solicitudes se acompañarán de una memoria económica justificativa del coste de las actuaciones realizadas, elaborada conforme al modelo normalizado «Memoria económica justificativa», que contendrá:
    • 1º. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de las actuaciones, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Asimismo deberá desglosarse cada gasto e inversión en base imponible y, en su caso, impuestos.

    • 2º. Facturas originales o fotocopias compulsadas de las mismas, así como de otros documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. En caso de presentarse fotocopia compulsada, previamente en los justificantes originales se hará constar, mediante diligencia, la expresión "subvencionado por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Castilla y León", cuantía exacta que resulta afectada y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención.

    • 3º. La documentación que acredite el pago de la actuación subvencionable mediante transferencia bancaria o cualquier otro medio que permita dejar constancia expresa del mismo.

    • 4º. Relación detallada de fondos propios u otros recursos o subvenciones que hayan financiado la actuación subvencionable con indicación del importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actuaciones subvencionables.

    • 5º. En el supuesto de que el solicitante tenga la condición de empresa, documentación justificativa de las circunstancias previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 6 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre

Compatibilidad

  • Estas subvenciones son incompatibles con cualquier tipo de subvención, distinto de las reguladas en la presente orden, ayuda o ingreso que se hayan realizado con cargo a créditos presupuestarios del órgano directivo central competente en materia de patrimonio cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Castilla y León, y que hayan sido otorgados o promovidos para los mismos bienes dentro de los dos años anteriores a la correspondiente fecha de convocatoria de las subvenciones.
  • Las presentes subvenciones también serán incompatibles en el caso de que el órgano directivo central competente en materia de patrimonio cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Castilla y León haya ejecutado obras de conservación o restauración promovidos para los mismos bienes dentro de los dos años anteriores a la correspondiente fecha de convocatoria de las subvenciones.
  • En ningún caso la suma de esta subvención y de las que, en su caso, reciban los beneficiarios de cualquier otra Administración, entidad u organismo público, nacional, autonómico o internacional, podrá superar el coste de la actuación.

Resolución. Beneficiarios:

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (100 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.