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Comunicación de plantaciones de viñedo procedentes de expropiación (EX)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2863
  • SIA: 1998143

Objeto:

Comunicar la plantación de una superficie de viñedo en el territorio de Castilla y León como consecuencia de haber perdido una determinada superficie de vid en un procedimiento de expropiación por causa de utilidad pública al amparo de la legislación nacional.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier interesado que haya perdido una superficie de viñedo en un procedimiento de expropiación por causa de utilidad pública al amparo de la legislación nacional en el territorio de Castilla y León

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • La plantación efectuada no podrá exceder el 105% de la superficie perdida en términos de cultivo puro.
  • El solicitante tendrá a su disposición la superficie agraria en la que desea plantar viñedo.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado (Anexo I C) acompañada de la siguiente documentación:

  • En caso de que el solicitante actúe a través de representante, documento acreditativo de dicha representación, inscrito en el correspondiente registro oficial cuando así lo exija su normativa reguladora (Anexo X).
  • Documentación que acredite la pérdida de una determinada superficie de vid en un procedimiento de expropiación por causa de utilidad pública al amparo de la legislación nacional.
  • En caso de que la superficie a plantar o replantar no ocupe la totalidad del recinto SIGPAC solicitado, croquis acotado en el que quede georreferenciada la superficie del recinto plantada tras el procedimiento de expropiación.
  • Documentación que acredite la disposición de las parcelas.  

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Entre el 1 de agosto y el 31 de julio de cada campaña vitícola.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas. Ventanilla del Ciudadano.

Legislación aplicable:

  • Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007.
  • Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola (BOE 30-10-2018)
  • Orden AYG/1408/2018, de 19 de diciembre, por la que se regula el potencial de producción vitícola en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 03-01-2019)
  • RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2023, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que modifican los ANEXOs de la Orden AYG/1408/2018, de 19 de diciembre, por la que se regula el potencial de producción vitícola de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 17-08-2023)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Órgano gestor:

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos