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Procedimientos en materia de Elecciones Sindicales

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 413
  • SIA: 1813073

Objeto:

El registro de las actas de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en las empresas de Castilla y León, comunicación de preavisos, la expedición de copias auténticas de éstas, las certificaciones acreditativas de la capacidad representativa de las organizaciones sindicales, y recepción de comunicaciones y documentación en esta materia.

¿Quién lo puede solicitar?

Depende del tipo de documento que se desea registrar, solicitar o comunicar: presidente de la mesa electoral, sindicato interesado, etc.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los que contempla la legislación laboral para cada acto o documento que se desea registrar, comunicar o solicitar.

La denegación del registro de un acta por la oficina pública sólo podrá hacerse cuando concurran algunas de las siguientes circunstancias:

  • a) Actas que no vayan extendidas en los modelos oficiales.
  • b) Falta de comunicación de la promoción electoral a la oficina pública.
  • c) Falta de firma del Presidente de la mesa electoral.
  • d) Actas en las que se omita alguno de los datos de los modelos oficiales.
  • e) Actas ilegibles que impidan el cómputo electoral.

¿Qué documentos necesito?

Para el registro de actas electorales: Original del acta de escrutinio, junto con las papeletas de votos nulos o impugnados por los Interventores, y el acta de constitución de la mesa o mesas electorales.

Tanto para el registro de actas como para la presentación del resto de documentos, existen modelos normalizados a disposición de los interesados.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Para el registro de actas: Tres días hábiles desde la redacción del acta de escrutinio.

Plazo de resolución:

En diez días hábiles desde su publicación en el tablón de anuncios, procederá o no al registro de las actas electorales.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Otros.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • RD legislativo 2/2015, de 23 de octubre, aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE 24-10-2015).
  • Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa (BOE Nº 219,  de 16 de septiembre de 1994)
  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. (BOE nº 261, DE 31 de octubre de 2015)
  • Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprobó el Reglamento de Elecciones a los órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado (BOE nº 219, de 13 de septiembre de 1994)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos