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Subvenciones para proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global en el territorio de Castilla y León (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2754
  • SIA: 1814033
  • BDNS (Identificador): 601096

Fecha de publicación:

21 de diciembre de 2021

Objeto:

Convocar para el año 2022, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las entidades privadas sin ánimo de lucro beneficiarias de la convocatoria y que tengan por objeto la financiación de proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global (EpDCG).

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 22 de diciembre de 2021 hasta el 2 de febrero de 2022

Más Detalles:

30 DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las entidades beneficiarias deberán reunir los siguientes requisitos:

  • a) Figurar inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León.
     
  • b) No incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
     
  • c) Tener presencia y actividad en Castilla y León durante los dos años anteriores a la presentación de su solicitud.

¿Para qué es la ayuda?:

La finalidad de esta convocatoria es apoyar iniciativas y proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global (EpDCG), que incidan en procesos para la promoción de una ciudadanía informada, comprometida, participativa y con visión crítica, con actitudes y valores capaces de generar cambios en sus propias vidas y en las de su comunidad, comprendiendo y siendo conscientes de su corresponsabilidad en las causas de las desigualdades, el incumplimiento de los derechos humanos y los problemas del desarrollo, comprometida local y globalmente. Para lo que se promoverán los conocimientos, habilidades, valores y actitudes que permitan abordar los problemas globales que nos afectan como sociedad, desde la solidaridad.

Serán subvencionables las acciones realizadas entre el 1 de mayo de 2022 y el 30 de abril de 2023, ambas fechas inclusive.

Cuantía:

La cuantía concedida de la subvención no podrán superar el 90% del presupuesto total del proyecto, atendiendo a los parámetros de la puntuación obtenida, sin que en ningún caso ese porcentaje pueda exceder el importe máximo de 20.000 €.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

  • a) Documento de descripción del proyecto de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global, según modelo normalizado.
     
  • b) Documentación acreditativa de estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o de no estar sujeto a estas obligaciones, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para obtenerla directamente y/o por medios telemáticos.
     
  • c) Última memoria de actividades aprobada por los órganos de dirección de la entidad, en la que se acredite la actividad realizada en el territorio de Castilla y León. En caso de no tener aprobada la memoria 2021 o si con ella no se pudiera acreditar la actividad requerida, deberá presentar un informe que detalle todas actividades llevadas a cabo en el territorio de Castilla y León durante el periodo 2020-2021 Facultativamente se acompañará de datos económicos de la entidad solicitante que avalen su gestión financiera.


Así mismo, las entidades podrán presentar cuanta documentación consideren necesaria para una mejor valoración del proyecto, tales como Estrategia de Educación para el Desarrollo, otras estrategias de la entidad, planes o documentos de implementación de los ODS, unidades didácticas, etc.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección de Acción Exterior

Órgano que resuelve:

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 6 MESES a contar desde la fecha de finalización del plazo para presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, las solicitudes se podrán entender DESESTIMADAS.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Modificación de los proyectos

  • Cualquier modificación sustancial del proyecto, que no comporte la  modificación de la subvención concedida, la finalidad, el objeto ni los resultados, deberá ser solicitada previa y expresamente por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y autorizada por
    el órgano competente para la concesión de las subvenciones, previo informe técnico motivado del Servicio de Cooperación internacional para el Desarrollo.
  • Las solicitudes de modificación deberán presentarse por el beneficiario de la subvención de forma motivada, junto con un informe explicativo en el que se especifiquen los cambios propuestos, la excepcionalidad de las causas que conducen a la modificación y las repercusiones presupuestarias que ello implica, siempre dentro del período de ejecución del proyecto.

Plazo y forma de justificación

  • El plazo máximo para presentar la documentación justificativa será de 1 mes, contados a partir de la fecha de finalización del período de ejecución.
  • La justificación de la subvención, según lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, revestirá la forma de cuenta justificativa simplificada, que tendrá carácter de documento con validez jurídica para la justificación de la subvención, y contendrá la siguiente información:

    a) Una memoria de actuación, debidamente firmada, según modelo normalizado, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación, entre otros datos, de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. A esta memoria deberán incorporarse en soporte digital, material escrito, gráfico y audiovisual que pueda ayudar a realizar una mejor evaluación del proyecto.

    b) Una relación clasificada, según modelo normalizado establecido del 100% de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación, del acreedor y nº de documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago, así como de las posibles desviaciones acaecidas en relación a la distribución presupuestaria aprobada, distinguiendo los gastos vinculados a la aportación de la Junta de Castilla y León y al resto de las aportaciones.

    c) Certificado del Secretario o persona que tenga atribuidas las funciones de certificación de hechos y acuerdos en la entidad con el visto bueno del Presidente, según modelo normalizado referido a la recepción y destino de los fondos, así como a la condición de no retornables de los impuestos aplicados a los gastos del proyecto.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN PRE/1088/2022, de 24 de agosto, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para Proyectos de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global en el territorio de Castilla y León para el año 2022. (BOCyL 01-09-2022)

Descarga del documento tipo PDF Orden PRE/1088/2022, de 24 de agosto (BOCyL 01-09-2022). Abre una nueva ventana Orden PRE/1088/2022, de 24 de agosto (BOCyL 01-09-2022) (995 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (194 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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