Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 669
- SIA: 1278365
- BDNS (Identificador): 527171
Fecha de publicación:
9 de octubre de 2020
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones públicas destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados en la Comunidad de Castilla y León para los años 2020 y 2021, agrupadas en planes formativos, con la finalidad de impulsar una formación que mejore la empleabilidad de los trabajadores destinatarios a través de la adquisición de competencias profesionales requeridas en el mercado de trabajo, así como favorecer su desarrollo profesional y personal.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 10 de octubre de 2020 hasta el 19 de octubre de 2020
Más Detalles:
Las solicitudes de subvención se presentarán en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de Castilla y León. El plazo finalizará a las 14 horas del 5º día hábil.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
- Entidades de formación, públicas y privadas, que en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria estén inscritas, y en su caso acreditadas, en el correspondiente registro.
- Serán destinatarios las personas trabajadoras en situación de desempleo, inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, que cumplan requisitos de acceso a la correspondiente especialidad formativa.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Constituyen obligaciones de los beneficiarios las siguientes:
Obligaciones de los beneficiarios (99 kbytes)
¿Para qué es la ayuda?:
Estas subvenciones están destinadas a la financiación de acciones de formación profesional para el empleo. Las necesidades formativas aplicables se han determinado teniendo en cuenta el carácter certificable de la formación, la demanda formativa de los sectores productivos, las tasas de inserción, las perspectivas de empleo, las ocupaciones más contratadas y las ocupaciones más ofertadas.
En la selección de participantes se dará preferencia a los alumnos que hayan finalizado con evaluación positiva acciones formativas en el mismo plan formativo. En la segunda y sucesivas acciones formativas del plan formativo la entidad comunicará a la Gerencia Provincial los datos de los alumnos que habiendo finalizado con evaluación positiva la primera y/o anteriores acciones formativas del plan, se proponen como candidatos preferentes para dicha acción formativa, solicitando en su caso candidatos para las plazas de formación que queden vacantes.
También se dará preferencia a quienes, habiendo participado en acciones financiadas al amparo de la subvenciones destinadas a financiar el Programa Mixto de Formación y Empleo en la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2019-2020 (Resolución de 21 de marzo de 2019), o de las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a financiar el Programa Mixto de Formación y Empleo en la Comunidad de Castilla y León, dirigido a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para el ejercicio 2019-2020 (Resolución de 11 de marzo de 2019), y no habiendo completado un certificado de profesionalidad, lo completen con la correspondiente acción formativa.
Cuantía:
Las convocatorias establecerán la subvención aplicable a cada plan formativo y a cada una de las acciones formativas que lo integran, dentro de los módulos económicos máximos previstos en el Anexo I.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, una única por cada entidad de formación y provincia, la presentación de más de una solicitud por una misma entidad de formación para una misma provincia conllevará, sin más trámite, la anulación de todas las presentadas por esa entidad para esa provincia, con excepción de la última presentada, que será la única en ser valorada.
Cada solicitud podrá contener planes formativos por un importe máximo equivalente al triple del importe máximo subvencionable a cada entidad de formación en la correspondiente provincia.
Las solicitudes de subvención irán acompañadas de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (101 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Gerencias Provinciales ECYL
Órgano que resuelve:
Gerencias Provinciales ECYL
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, computado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin que se haya dictado y publicado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.
Se dictará una única Resolución de concesión para cada provincia.
Notificaciones:
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Modificación de la subvención concedida
- Una vez recaída la resolución de concesión, el beneficiario podrá solicitar la modificación fundamentándose en circunstancias sobrevenidas durante el plazo de ejecución del plan de formación, debiendo formalizarse con carácter inmediato a su acaecimiento y, en todo caso, antes de la finalización del citado plazo de ejecución, siempre por causas debidamente justificadas, y a solicitud del beneficiario.
Justificación
- Los beneficiarios de las subvenciones deberán presentar la justificación de la realización y de los gastos realizados para cada plan formativo, desglosado por cada acción formativa que lo componga, en el plazo máximo de tres meses tras la finalización de la última de las acciones formativas que componen dicho plan. La justificación se efectuará en los modelos normalizados.
Compatibilidad
- Las subvenciones reguladas en las presentes bases serán incompatibles con cualquiera otra que pueda percibirse para la misma finalidad proveniente de organismos o instituciones de carácter público o privado, nacionales o internacionales.
- El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada, teniendo en cuenta que el coste por acción formativa no podrá superar el importe máximo concedido para cada acción.
Aplicación informática SEGUIFOR
- Las entidades solicitantes colaborarán con la respectiva Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo de Castilla y León en la selección de alumnos, en los términos que éste establezca y grabarán los candidatos en la aplicación informática SEGUIFOR (“https://seguifor.jcyl.es”). Una vez iniciada la acción formativa, comunicar con carácter inmediato las altas y bajas y procederán a su grabación en la aplicación informática.
Resolución. Beneficiarios:
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (396 kbytes)