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Proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales en unidades de competencia de diversas familias profesionales

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2649
  • SIA: 1813931

Objeto:

Regular proceso de proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales en unidades de competencia de diversas Familias Profesionales. El número máximo de plazas para el presente proceso de selección es de 30 plazas de asesores y evaluadores por cualificación profesional.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas que acrediten una experiencia relacionada con las unidades de competencia convocadas y cumplan los requisitos.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Fase actual del trámite:

Relación de personas habilitadas con carácter nacional a personal asesor y evaluador, con indicación de las unidades de competencia

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaOrden EEI/1095/2021, de 21 de septiembre (528 kbytes) , por la que se habilita con carácter nacional a personal asesor y evaluador, al amparo de lo dispuesto en el resuelvo séptimo de la Orden EEI/1344/2020, de 26 de noviembre.

Primero.– Formular la relación definitiva de personas para su habilitación de carácter nacional como asesores y evaluadores para procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral determinadas en el Anexo I de esta orden.

Segundo.– A los efectos de hacer efectivo el carácter nacional de las habilitaciones como asesores y/o evaluadores recogido en el apartado 2 del artículo 14 de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, modificada por Orden EYH/758/2017, de 29 de agosto se dispone la inscripción en el registro estatal de acreditación de la experiencia (RECEX).

Tercero.- Contra la orden de habilitación, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Empleo e Industria, en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses computados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. Podrán participar en el presente proceso las personas que acrediten una experiencia relacionada con las unidades de competencia convocadas, según el Anexo I, de al menos cuatro años en alguno de los siguientes colectivos:

  • a. Profesorado perteneciente a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, o Técnicos de Formación Profesional con atribuciones en la familia profesional correspondiente, en virtud de la relación de las distintas unidades de competencia con los módulos profesionales que dicho profesorado pueda impartir de acuerdo con su especialidad docente.
  • b. Formadores especializados en las unidades de competencia, conforme certificado expedido, a petición del interesado, por del Servicio Público de Empleo de Castilla y León o la Dirección General de Formación Profesional. Deberá acreditarse experiencia docente de cuatro años, de forma continuada o como resultado de la suma de los diferentes períodos de dedicación docente, en el plazo de los últimos 10 años y en la especialidad formativa correspondiente a las unidades de competencia de los títulos o cualificación profesional que se acrediten, a través de la documentación que acredite su experiencia docente.
  • c. Profesional experto en las unidades de competencia que se determinará en virtud del desempeño de cualquiera de las ocupaciones para las que capacita la cualificación profesional y se acreditará en virtud de la documentación que se aporte.

2. No podrán concurrir al presente proceso quienes formen parte de cualquiera de los órganos responsables de la gestión del mismo.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud onforme al modelo Anexo III, dirigida  al Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

Las solicitudes deberán acompañar la siguiente documentación que se relacionará en el Anexo III:

  • a. La documentación acreditativa de los cursos impartidos y/o recibidos que guarden relación con las unidades de competencia convocadas, con indicación expresa del contenido de dichos cursos, número de horas impartidas y el intervalo de tiempo en que se ha realizado dicha actividad.
  • b. Contratos de trabajo y certificado de la empresa u organización que acrediten las funciones desempeñadas (Anexo IV). No será necesario aportarlos en el caso de los empleados públicos, salvo que éstos no estén relacionados con su condición de empleado público.

La siguiente documentación se comprobará de oficio por la Administración, salvo que el solicitante deniegue expresamente el consentimiento para realizar las consultas oportunas, en cuyo caso deberá aportarla:

  • a. DNI o documento identificativo equivalente.
  • b. Informe de vida laboral.
  • c. Documentación acreditativa de titulación académica oficial (título de FP, certificado de profesionalidad o título universitario) relacionada con la unidad de competencia profesional en la que se solicita la participación.

Fecha de publicación:

4 de diciembre de 2020

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 5 de diciembre de 2020 hasta el 4 de enero de 2021

Más Detalles:

Un mes a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la convocatoria.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Te interesa saber:

Selección de participantes y Listados de admitidos y excluidos

Contenido:

La selección de los solicitantes será realizada por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. Podrá contarse con especialistas en las cualificaciones profesionales convocadas a la hora de valorar la documentación presentada. La selección de los solicitantes constará de dos fases:

  • a. Comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado tercero de la presente orden.
  • b. Valoración de méritos, conforme al apartado siguiente.

La valoración de méritos se realizará conforme a los siguientes criterios:

  • a. Por experiencia laboral relacionada con las unidades de competencia convocadas superior al mínimo de cuatro años exigido: 0,10 puntos por cada mes completo, hasta un máximo de 6 puntos. Se computará como experiencia profesional formativa cualquier modalidad de formación impartida, siempre y cuando esté relacionada con las competencias profesionales de las cualificaciones profesionales y/o unidades de competencia objeto de esta convocatoria.
  • b. Por poseer titulación académica o profesional relacionada con materias propias de la Cualificación profesional a que se refiere la presente convocatoria:
    Certificación profesional emitida o validada por una administración pública: 2 puntos.
    Cualificación profesional: 2 puntos.
    Título de FP: 4 puntos.
    Estudios universitarios: 10 puntos.
  • c. Por poseer titulación o habilitación administrativa en materia de educación no formal directamente relacionada con las competencias profesionales objeto de esta convocatoria: 6 puntos.
  • d. Por desarrollar actividad laboral en la Administración Pública (funcionario, laboral, estatutario u otra relación) relacionada con las competencias profesionales de las cualificaciones profesionales y/o unidades de competencia objeto de esta convocatoria: 6 puntos.

Se seleccionará, para la realización del curso de formación, a quienes cuenten con la mayor puntuación hasta cubrir las plazas convocadas por cualificación profesional. En caso de empate en la puntuación final tendrá preferencia el de mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y realizados los trámites oportunos, el Jefe del Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales del Servicio Público de Empleo de Castilla y León dictará resolución declarando aprobados los listados provisionales de admitidos y excluidos. En el plazo de 10 días naturales desde el siguiente a la publicación del listado provisional, los interesados podrán presentar las alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos.

A la vista de las alegaciones presentadas, el Jefe del Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales del Servicio Público de Empleo de Castilla y León dictará resolución, por la que se aprueben los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos.

Los listados provisionales y definitivos de seleccionados contendrán:

  • a. Relación nominativa de solicitantes seleccionados para la realización del curso de formación previsto en la presente orden, con indicación de la cualificación profesional.
  • b. Relación nominativa de solicitantes declarados reservas por si se produjeran bajas antes del inicio del curso o se produjese una segunda fase del citado curso.
  • c. Relación nominativa de solicitudes desestimadas, con indicación de la causa.

Los listados provisionales y definitivos de seleccionados se publicarán en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/) y en el portal de Empleo de la Junta de Castilla y León (http://www.empleo.jcyl.es/).

Formación de las personas seleccionadas

Contenido:

La formación de las personas seleccionadas será gestionada y financiada por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. La impartición de la formación podrá realizarse directamente o ser objeto de contratación.

Los Planes de Formación serán los establecidos en los Anexos IV y V del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Los cursos de formación tendrán una duración total de 60 horas lectivas.

La modalidad de impartición será la teleformación, podrá contar con dos sesiones presenciales que se llevarán a cabo en los Centros de Formación Ocupación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León en cada provincia, excepto en Soria, donde la Gerencia Provincial propondrá el lugar más idóneo para la realización de las sesiones provinciales. Estas sesiones presenciales podrán sustituirse por teleconferencias. Los participantes deberán disponer de un equipo informático con conexión a internet de banda ancha.

Los lugares, fechas de realización del curso así como de las sesiones presenciales y condiciones del curso de formación se publicarán la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/) y en el portal de Empleo de la Junta de Castilla y León (http://www.empleo.jcyl.es/), con una antelación mínima de 10 días hábiles a su inicio.

Para considerarse superada la formación, las personas participantes deberán completar con aprovechamiento el curso y haber asistido a las sesiones presenciales, o teleconferencias, del mismo, salvo causa justificada adecuadamente acreditada.    

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaINFORMACIÓN A LOS PARTICIPANTES SELECCIONADOS: Comunicado inicio de curso (Publicado 12-05-2021) (679 kbytes)
Habilitación de los participantes seleccionados

Contenido:

La Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León formulará la propuesta provisional de habilitación de los participantes seleccionados que hayan superado la formación. La propuesta provisional de habilitación contendrá:

  • a. Relación nominativa de personas propuestas para su habilitación como asesores y evaluadores, con indicación de las unidades de competencia.
  • b. Relación nominativa de personas no propuestas para su habilitación, con indicación de la causa.

La propuesta provisional de habilitación se publicará en la sede de Administración Electrónichttps://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/ y en el portal de Empleo http://www.empleo.jcyl.es/. En el plazo de 10 días naturales desde el siguiente a la publicación de la propuesta provisional de habilitación, los interesados podrán presentar las alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos.

A la vista de las alegaciones presentadas, la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León formulará propuesta definitiva de habilitación, que elevará a la Consejera de Empleo e Industria.

La habilitación de personal asesor y evaluador será expedida por el titular de la Consejería de Empleo e Industria, y será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León. Figurarán los datos de los asesores y evaluadores con las cualificaciones profesionales para las que se habilita.

La habilitación tendrá carácter nacional y las personas habilitadas formarán parte de la red de asesoramiento y evaluación de Castilla y León, en los términos del artículo 14 de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, modificada por la Orden EYH/758/2017, de 29 de agosto, que desarrolla la gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en Castilla y León, así como la estructura organizativa responsable, y conllevará la inscripción en el Registro de asesores y evaluadores (RECEX).

La habilitación del profesorado perteneciente a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de enseñanza secundaria o Técnicos de formación profesional surtirá efecto para toda la familia profesional en la que cuenten con atribución docente.

Listados provisionales de admitidos y excluidos

Contenido:

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y realizados los trámites oportunos de conformidad con lo establecido en la ORDEN EEI/1344/2020, de 26 de noviembre, por la que se convoca proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales en unidades de competencia de diversas familias profesionales, se declara aprobado el listado provisional de admitidos y excluidos (ANEXO I).

Familia Profesional: IMAGEN PERSONAL

Cualificaciones Profesionales:

  • IMP022_1 SERVICIOS AUXILIARES DE PELUQUERÍA.
  • IMP119_2 PELUQUERÍA. 
  • IMP397_3 TRATAMIENTOS CAPILARES ESTETICOS.


Familia Profesional: COMERCIO Y TURISMO.

Cualificaciones Profesionales:

  • COM411_1 ACTIVIDADES AUXILIARES DE ALMACÉN
  • COM085_2 ACTIVIDADES DE VENTA
  • COM631_2 ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO.


Familia Profesional: ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

Cualificaciones Profesionales:

  • ELE255_1 OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE DE INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS Y DE TELECOMUNICACIONES EN EDIFICIOS.
  • ELE256_1 OPERACIONES AUXILIARES DE MONTALE DE REDES ELÉCTRICAS.
  • ELE257_2 MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELECTRICAS DE BAJA TENSIÓN.
  • ELE380_2 MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE REDES ELECTRICAS DE ALTA TENSION DE SEGUNDA Y TERCERA CATEGORIA Y CENTROS  DE TRANSFORMACIÓN


Familia Profesional: SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE.

Cualificaciones Profesionales:

  • SEA029_2 VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.
  • SEAD0112 VIGILANCIA, SEGURIDAD PRIVADA Y PROTECCIÓN DE PERSONAS.
  • SEAD0212 VIGILANCIA, SEGURIDAD PRIVADA Y PROTECCIÓN DE EXPLOSIVOS.
  • SEA129_2. EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO
  • SEA534_2. PREVENCIÓN DE INCENDIOS Y MANTENIMIENTO.
  • SEA595_2. OPERACIONES DE VIGILANCIA Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES Y APOYO A CONTINGENCIAS EN EL MEDIO NATURAL Y RURAL.ON.


Familia Profesional: INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

Cualificaciones Profesionales:

  • INA172_1 OPERACIONES AUXILIARES DE ELABORACIÓN EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA.


De conformidad con lo establecido en el resuelvo quinto de la EEI/1344/2020, de 26 de noviembre, el plazo de presentación de reclamaciones a este listado es de 10 días naturales desde el día siguiente a su publicación.

Fecha publicación: 2 de marzo de 2021
Fin plazo de reclamación: 12 de marzo de 2021.

Deberán dirigir la reclamación a través de un registro oficial a:
CENTRO GESTOR:
Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales.
Servicio Público de Empleo (ECYL)
C/ Jacinto Benavente, 2
47195 Arroyo de la Encomienda (Valladolid)
CÓDIGO SIRCYL 05234
Email: ecyl.acreditacion@jcyl.es


Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y realizados los trámites oportunos de conformidad con lo establecido en la ORDEN EEI/1344/2020, de 26 de noviembre, por la que se convoca proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales en unidades de competencia de diversas familias profesionales, se declara aprobado el listado provisional de excluido.


De conformidad con lo establecido en el resuelvo quinto de la EEI/1344/2020, de 26 de noviembre, el plazo de presentación de reclamaciones a este listado es de 10 días naturales desde el día siguiente a su publicación.

Fecha de Publicación: 2 de marzo de 2021.
Fin plazo de reclamación: 12 de marzo de 2021.

Deberán dirigir la reclamación a través de un registro oficial a:
CENTRO GESTOR:
Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesional es.
Servicio Público de Empleo (ECYL)
C/ Jacinto Benavente, 2
47195 Arroyo de la Encomienda (Valladolid)
CÓDIGO SIRCYL 05234
Email: ecyl.acreditacion@jcyl.es

Listados definitivos de admitidos y excluidos

Contenido:

Publicado el 10/05/2021

Finalizado el plazo de presentación de las alegaciones de las solicitudes y realizados los trámites oportunos de conformidad con lo establecido en la ORDEN EEI/1344/2020, de 26 de noviembre, por la que se convoca proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales en unidades de competencia de diversas familias profesionales, se declara aprobado el listado definitivo de aspirantes admitidos, desistidos y excluidos

Familia Profesional: IMAGEN PERSONAL

Cualificaciones Profesionales:

  • IMP022_1 SERVICIOS AUXILIARES DE PELUQUERÍA.
  • IMP119_2 PELUQUERÍA. 
  • IMP397_3 TRATAMIENTOS CAPILARES ESTETICOS.


Familia Profesional: COMERCIO Y TURISMO.

Cualificaciones Profesionales:

  • COM411_1 ACTIVIDADES AUXILIARES DE ALMACÉN
  • COM085_2 ACTIVIDADES DE VENTA
  • COM631_2 ACTIVIDADES DE GESTIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO.


Familia Profesional: ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

Cualificaciones Profesionales:

  • ELE255_1 OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE DE INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS Y DE TELECOMUNICACIONES EN EDIFICIOS.
  • ELE256_1 OPERACIONES AUXILIARES DE MONTALE DE REDES ELÉCTRICAS.
  • ELE257_2 MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELECTRICAS DE BAJA TENSIÓN.
  • ELE380_2 MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE REDES ELECTRICAS DE ALTA TENSION DE SEGUNDA Y TERCERA CATEGORIA Y CENTROS  DE TRANSFORMACIÓN


Familia Profesional: SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE.

Cualificaciones Profesionales:

  • SEA029_2 VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.
  • SEAD0112 VIGILANCIA, SEGURIDAD PRIVADA Y PROTECCIÓN DE PERSONAS.
  • SEAD0212 VIGILANCIA, SEGURIDAD PRIVADA Y PROTECCIÓN DE EXPLOSIVOS.
  • SEA129_2. EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO
  • SEA534_2. PREVENCIÓN DE INCENDIOS Y MANTENIMIENTO.
  • SEA595_2. OPERACIONES DE VIGILANCIA Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES Y APOYO A CONTINGENCIAS EN EL MEDIO NATURAL Y RURAL.ON.


Familia Profesional: INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

Cualificaciones Profesionales:

  • INA172_1 OPERACIONES AUXILIARES DE ELABORACIÓN EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA.


EXCLUIDOS

Relación nominativa de personas propuestas para su habilitación como asesores y evaluadores, con indicación de las unidades de competencia

Fecha límite: PLAZO ALEGACIONES Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: Del 18 al 27 de agosto de 2021

Contenido:

Resolución de la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León por la que se aprueban y publican los listados provisionales de la relación nominativa de personas propuestas para su habilitación como asesores y evaluadores, con indicación de las unidades de competencia (Anexo I) y la relación nominativa de personas no propuestas para su habilitación, con indicación de la causa (Anexo II):

Los interesados podrán presentar las alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos en el plazo de 10 días naturales desde el siguiente a la publicación de la propuesta provisional de habilitación.

Relación de personas habilitadas con carácter nacional a personal asesor y evaluador, con indicación de las unidades de competencia

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaOrden EEI/1095/2021, de 21 de septiembre (528 kbytes) , por la que se habilita con carácter nacional a personal asesor y evaluador, al amparo de lo dispuesto en el resuelvo séptimo de la Orden EEI/1344/2020, de 26 de noviembre.

Primero.– Formular la relación definitiva de personas para su habilitación de carácter nacional como asesores y evaluadores para procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral determinadas en el Anexo I de esta orden.

Segundo.– A los efectos de hacer efectivo el carácter nacional de las habilitaciones como asesores y/o evaluadores recogido en el apartado 2 del artículo 14 de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, modificada por Orden EYH/758/2017, de 29 de agosto se dispone la inscripción en el registro estatal de acreditación de la experiencia (RECEX).

Tercero.- Contra la orden de habilitación, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Empleo e Industria, en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses computados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y publicación será de 6 meses, computado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin que se haya dictado y publicado la Orden de habilitación, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional.
  • Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
  • Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
  • Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, que desarrolla la gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en Castilla y León, así como la estructura organizativa responsable (BOCyL 30-12-2011, Modificada por ORDEN EYH/758/2017, de 29 de agosto - BOCyL 08-09-2017)
  • ORDEN EEI/1344/2020, de 26 de noviembre, por la que se convoca proceso de selección, formación y habilitación de personal asesor y evaluador para procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales en unidades de competencia de diversas familias profesionales (BOCyL 04-12-2020)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales

Órgano que resuelve:

Gerente del Servicio Público de Empleo

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (394 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica