Solicitud en modelo normalizado, una por cada cualificación profesional respecto de la que se pretenda la acreditación de unidades de competencia, dirigida al Director del Centro de Referencia Nacional de Valladolid.
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN: El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar desde el del día siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León (Del 9 de Octubre al 8 de Noviembre de 2019).
PROCEDIMIENTO DE HABILITACIÓN: El plazo de solicitud será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León (Del 9 al 29 de Octubre de 2019).
-
Fase de admisión de candidatos: criterios de preferencia y valoración
-
Contenido:
1. En el centro gestor del procedimiento se constituirá una comisión de admisión que funcionará como órgano colegiado, formada por, al menos, cinco miembros, nombrados por la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León entre personal del mismo o personas conocedoras del sector.
El centro gestor recibirá las solicitudes y las remitirá a la comisión de admisión, que comprobará el cumplimiento de los requisitos de participación y la documentación acreditativa procediendo, en su caso, a aplicar los criterios de preferencia establecidos en el punto 6 de este apartado.
2. La comisión de admisión, una vez comprobada la solicitud y demás documentación acreditativa de los requisitos para participar en este procedimiento, publicará el listado de las solicitudes presentadas con indicación de las subsanaciones precisas. El plazo de presentación de subsanaciones constará en la resolución de publicación y nunca será inferior a 20 días hábiles desde el día siguiente a dicha publicación y remitiéndose al Centro Gestor.
3. Una vez finalizado el plazo de subsanación, en el supuesto de que existan más solicitudes que reúnan los requisitos que plazas ofertadas, la comisión de admisión baremará y hará públicos los listados provisionales de admitidos, desistidos y excluidos, con indicación del criterio de preferencia o las correspondientes puntuaciones de los criterios de admisión.
Los solicitantes que, reuniendo los requisitos para participar en el procedimiento, no hayan obtenido plaza por la limitación de su número, se considerarán en situación de reserva.
4. Contra la resolución por la que se aprueben los listados definitivos podrá interponerse recurso de alzada ante la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
5. La publicación de todos los listados a que hace referencia este apartado octavo se realizará en los tablones del centro gestor y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es). Los listados definitivos se publicarán en el plazo de los 30 días hábiles siguientes al de la publicación de los listados provisionales.
6. El orden de prelación en los listados de admitidos vendrá fijado por el total de la suma de los apartados baremados, solamente se computarán los méritos adquiridos en los últimos 10 años:
- Experiencia como trabajador por cuenta ajena o autónomo en ocupaciones o puestos de trabajo en los que se desarrollen las funciones de las unidades de competencia a reconocer: 0,01 por día de trabajo.
- Cursos de formación sobre biocidas, según Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas, a razón de 0,01 puntos por hora de formación acreditada.
- Para la cualificación (SEA028_2) Servicios para el control de plagas, estar en posesión de Carné DDD de nivel básico y/o cualificado, 1 punto.
- Para la cualificación (SEA251_3) Gestión de servicios para el control de organismos nocivos, estar en posesión de Cursos de formación en materia de control y prevención de legionelosis, recibidos por entidades formadoras autorizadas en CyL., según Orden SAN/1079/2018, de 4 de octubre, por la que se establece el procedimiento de autorización de los cursos en materia de control y prevención de legionelosis y la comunicación de sus convocatorias, a razón de 0,01 puntos por hora de formación acreditada.
En caso de empate en la puntuación total, tendrá preferencia el candidato con mayor experiencia laboral baremada. Si persiste el empate tendrá preferencia el de mayor edad.
-
Fase de abono de tasas
-
Contenido:
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 193 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, la tasa se exigirá de acuerdo con la cuota de 36 euros por cada cualificación profesional en la que participe el candidato, recogida en la
Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
- La liquidación de la tasa se realizará mediante el uso del modelo 046 cumplimentado electrónicamente. El modelo 046 se encuentra disponible en el portal tributario de la Junta de Castilla y León (http://www.tributos.jcyl.es). En el caso de que el modelo 046 se presente en papel, la presentación se hará en los centros gestores del procedimiento, que remitirán a la Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica la información sobre las liquidaciones, conforme a las instrucciones que establezca esta Dirección General en el ejercicio de sus funciones.
- En los actos por los que se aprueben y publiquen los listados definitivos de admitidos se darán las instrucciones oportunas para la liquidación de la tasa.
- Una vez tramitado el modelo 046 se enviará copia del mismo al centro gestor.
- El coordinador del procedimiento en la provincia correspondiente, procederá a la publicación, en los lugares indicados en el dispongo decimonoveno, del listado de aquellos admitidos que no han abonado la tasa procedente sin haber justificado la exención o reducción de la misma. Las reclamaciones a estos listados se dirigirán al coordinador del centro gestor. El plazo vendrá fijado en la resolución de publicación y no será inferior a 5 días naturales desde el día siguiente a publicación del listado.
- Tras el plazo de reclamación, se publicará el listado definitivo de aquellos que accedan a la fase de asesoramiento. Una vez finalizado el plazo para el abono de la tasa, si hubiera plazas vacantes podrán completarse con las reservas existentes. En dicho listado se informará de la fecha y lugar de la primera reunión de las reuniones grupales.
-
Fase de habilitación de asesores y evaluadores
-
Contenido:
El procedimiento de habilitación de asesores y evaluadores recogido en este apartado se finalizará, en aplicación del artículo 12 de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre previamente a la publicación del listado definitivo de abono de tasas del procedimiento de acreditación.
- Podrán participar en el procedimiento de habilitación:
- a. Quienes hayan sido habilitados por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, únicamente como asesor o evaluador de la cualificación SEA028_2 y deseen completar su habilitación como asesor o evaluador en dicha cualificación según corresponda.
- b. Quienes hayan sido habilitados como asesores y/o evaluadores por la Comunidad Autónoma de Castilla y León en las unidades de competencia de la cualificación SEA028_2 y reúnan los requisitos para ser asesor y/o evaluador de la cualificación SEA251_3.
- Aquellos que participen en el procedimiento previsto en este apartado decimoprimero, realizarán una actividad formativa que actualice y complemente los conocimientos ya recibidos. Será impartida por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. El Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales gestionará este procedimiento de formación y habilitación; e inscribirá a quienes superen la formación en el Registro Nacional de Cualificaciones Profesionales.
- Una vez realizada la actividad formativa que proceda, en su caso, la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León nombrará a los asesores y los evaluadores, para el presente procedimiento entre las personas que cuenten con la oportuna habilitación, en función de la disponibilidad manifestada y las necesidades previstas.
- Se podrá nombrar un coordinador para el desarrollo de este procedimiento de habilitación.
- El plazo de solicitud será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León dirigiendo la solicitud al servicio gestor cuyos datos figuran en el Anexo II en el modelo de que se publicará en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
-
Desarrollo de la fase de asesoramiento
-
Contenido:
La fase de asesoramiento comenzará una vez concluido el proceso de admisión y tendrá que estar finalizada en el plazo máximo de 3 meses contados a partir de la fecha de publicación del listado definitivo de admitidos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral el asesoramiento tendrá carácter obligatorio para el candidato. La reunión grupal podrá hacerse de forma presencial o telemática, utilizando para ello medios telefónicos, videoconferencia u otros equivalentes y que permitan cumplir el objetivo de dicha reunión, debiendo acudir a las citas que determine el asesor correspondiente. En consecuencia, el solicitante que no participe en la fase de asesoramiento perderá el derecho a participar en la fase de evaluación. La no comparecencia al acto de presentación inicial, tanto presencial como telemática, significará la exclusión del proceso salvo causa justificada documentalmente. Tras la primera reunión del grupo el participante dispondrá de 3 días hábiles para presentar ante el asesor correspondiente causa justificada documentalmente de no asistencia.
Los listados de excluidos por no haber justificado suficientemente la no asistencia a la reunión de asesoramiento o su participación si esta fuera telemática serán publicados por el coordinador del procedimiento en el tablón de anuncios del centro gestor. Si algún candidato no estuviera de acuerdo con la exclusión, podrá presentar reclamación por escrito al Coordinador del procedimiento en el plazo de tres días naturales contados a partir de la publicación.
En el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la recepción de la reclamación, el Coordinador del procedimiento adoptará de forma motivada la resolución pertinente que será notificada al interesado. Contra dicha resolución cabrá recurso de alzada ante la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
El asesoramiento se llevará a cabo de la forma siguiente:
- a. Se convocará una primera reunión con el grupo de candidatos, en la que se informará sobre los aspectos concretos del proceso de que se va a desarrollar y sobre los principales contenidos de las unidades de competencia correspondientes.
- b. Posteriormente, el asesor podrá desarrollar con cada candidato una entrevista individual (o por grupos homogéneos) para ayudarle o ayudarles a rellenar el cuestionario de autoevaluación y el resto de la documentación de la fase de asesoramiento, con el fin de que pueda o puedan explicitar adecuadamente las competencias y aprendizajes adquiridos.
Una vez analizados los contenidos del cuestionario de autoevaluación, el historial formativo y/o profesional del solicitante y el dossier de competencias, el asesor realizará un informe en el que se indicará, de forma motivada, si hay o no evidencias suficientemente justificadas de la competencia del candidato en cada una de las unidades de competencia, así como la conveniencia de que el candidato pase o no a la fase de evaluación.
Si el informe es positivo, al considerar el asesor que hay evidencias suficientes sobre la competencia del candidato, se dará traslado a la comisión de evaluación junto con toda la documentación presentada por el candidato.
En el caso de que el informe sea negativo, el asesor indicará al candidato la formación complementaria que podrá realizar, así como los centros en donde haya oferta. No obstante, dado que el contenido del informe no es vinculante, el candidato podrá decidir pasar a la fase de evaluación. En este caso también se trasladará a la comisión de evaluación el informe y la documentación presentada.
Los asesores entregarán los expedientes a la comisión de evaluación según se vayan finalizando.
-
Fase de evaluación
-
Contenido:
Comisiones de evaluación.
- Se constituirá, al menos, una comisión de evaluación en el centro autorizado.
- Cada comisión de evaluación estará formada por, al menos, cinco miembros designados por la Gerente del Servicio Público de empleo entre los evaluadores nombrados para el presente procedimiento.
- Las comisiones de evaluación podrán proponer la incorporación de profesionales cualificados en calidad de expertos, con voz y sin voto, designados por la Gerente del Servicio Público de empleo.
Desarrollo de la fase de evaluación.
- La fase de evaluación de la competencia profesional, así como la emisión del correspondiente certificado, tendrá lugar una vez finalizado el asesoramiento y, como máximo, dentro de los tres meses siguientes a la finalización de dicha fase, contados a partir del momento en que se produzca el traslado del informe de cada candidato realizado por los asesores, junto con toda la documentación presentada por los candidatos, a la comisión de evaluación.
- La evaluación, en cada una de las unidades de competencias en las que esté inscrito el candidato, tendrá por objeto comprobar si demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional.
- La comisión de evaluación elaborará un plan de evaluación en el que constarán, al menos, las actividades y métodos de evaluación que se van a aplicar así como el lugar donde se van a realizar, teniendo en cuenta las orientaciones establecidas en las guías de evidencia.
- Para evaluar la competencia profesional los miembros de la comisión evaluadora obtendrán evidencias directas e indirectas que permitan inferir la misma.
- La comisión de evaluación iniciará el proceso de evaluación con el análisis del informe del asesor y de todas las evidencias indirectas que se obtengan de la documentación adjuntada por el candidato en cada una de las unidades de competencia.
- Cuando las evidencias presentadas en la fase de asesoramiento no sean suficientes, la comisión de evaluación planificará la recogida de evidencias complementarias, teniendo en cuenta las orientaciones de las guías de evidencia.
- Para la obtención de las evidencias se utilizarán los métodos que se consideren necesarios. Entre otros métodos e instrumentos podrán utilizarse: La observación del candidato en el puesto de trabajo, simulaciones, pruebas estandarizadas de competencia profesional o entrevistas profesionales.
- La selección de los métodos y su concreción en actividades de evaluación se realizará de acuerdo con la naturaleza de la unidad de competencia, las características de la persona aspirante a participar en el procedimiento y los criterios para la evaluación recogidos en las guías de evidencia.
- De cada actividad de evaluación realizada quedará un registro firmado por el candidato y el evaluador.
- El incumplimiento grave, por parte de la persona evaluada, de las normas de prevención, protección y seguridad que se deban aplicar en cada prueba provocará la interrupción de la prueba y la exclusión del candidato del proceso.
- Una vez finalizada la etapa de evaluación, se completará el expediente de evidencias, que recogerá los resultados y los registros producidos a lo largo del procedimiento y que estará custodiado durante el período reglamentario para atender los posibles procesos de reclamación en las sedes donde se desarrolle el citado procedimiento.
- La comisión de evaluación valorará los resultados del proceso y emitirá el juicio de la competencia del candidato, expresada en términos de demostrada o no demostrada, lo que constará en una acta firmada por todos los miembros de la comisión de evaluación, según el modelo que fijará el Servicio Público de Empleo.
- La comisión de evaluación elaborará un Informe Provisional de Evaluación para cada candidato, indicando los resultados de la evaluación de las competencias profesionales, así como la propuesta de formación, en su caso.
- La comisión de evaluación notificará por escrito el Informe de Evaluación al interesado, en el plazo máximo de tres meses desde la fase de asesoramiento, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado el mismo, se entenderán desestimadas por silencio administrativo las correspondientes solicitudes.
- En el plazo de 10 días naturales desde el siguiente al de notificación del Informe de Evaluación, los interesados podrán presentar las alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos.
- A la vista de las reclamaciones presentadas, según el punto 15 de este resuelvo decimocuarto, la comisión de evaluación aprobará el Informe de Evaluación definitivo.
- Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
-
Fase de acreditación, registro y expedición
-
Contenido:
- A los candidatos que superen el proceso de evaluación, y a la vista de las actas finales de las comisiones de evaluación, la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León les expedirá una certificación, según el modelo que fije el Servicio Público de Empleo, en la que figurará cada una de las unidades de competencia en las que haya demostrado su competencia profesional.
- De conformidad con el artículo 19 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, la expedición de la acreditación de unidades de competencia tendrá efectos de acreditación parcial acumulable y de convalidación de la formación referida a la unidad o unidades de competencia.
- Las acreditaciones concedidas tendrán carácter oficial, con validez en todo el territorio del Estado. Tendrán los efectos académicos y profesionales previstos en la legislación vigente en lo referente a exenciones, correspondencias y convalidaciones.
- Una vez que el interesado tenga la acreditación parcial acumulable de todas las unidades que conforman un certificado de profesionalidad, y tras la liquidación de la tasa de expedición de certificado de profesionalidad correspondiente, podrá solicitar dicho certificado.
- El registro de las acreditaciones de unidades de competencia se realizará de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 18 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
-
Procedimiento de habilitación: Listado de solicitudes admitidas y pendientes de subsanar
-
Fecha de publicación:
30 de octubre de 2019
Fecha límite:
PLAZO DE SUBSANACIÓN: Del 31 de Octubre al 14 de Noviembre de 2019
Contenido:
Resolución del Jefe del Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales de Valladolid (30-10-2019) (497 kbytes)
, por el que se publica el listado (Anexo I) de solicitantes admitidas y las que deben proceder a subsanar la solicitud y/o documentación que debe acompañarla presentadas al amparo de la ORDEN EEI/878/2019,de 1 de octubre, (BOCYL 8 de octubre de 2019) por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, y acciones formativas para la habilitación de asesores y evaluadores para unidades de competencia de la familia de Seguridad y Medio Ambiente (plagas y organismos nocivos).
Deberán dirigir la documentación a través de un registro oficial a:
- Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales. Consejería de Empleo Servicio Público de Empleo (ECYL), C/ Jacinto Benavente,2 47195 Arroyo de la Encomienda (Valladolid) CÓDIGO SIRCYL (05234)
De no efectuarse la subsanación requerida en el plazo indicado se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa resolución.
-
Procedimiento de habilitación: Listado definitivo de solicitudes admitidas y excluidas. Y convocatoria a la reunión presencial.
-
Fecha de publicación:
15 de noviembre de 2019
Contenido:
Resolución del Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales (435 kbytes)
, por el que se publica el listado (ANEXO I) de solicitantes admitidos y excluidos al amparo de la ORDEN EEI/878/2019, de 1 de octubre, (BOCYL 8 de octubre de 2019) por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, y acciones formativas para la habilitación de asesores y evaluadores para unidades de competencia de la familia de Seguridad y Medio Ambiente (plagas y organismos nocivos).
PROCESO DE SELECCIÓN, FORMACIÓN Y HABILITACIÓN DE PERSONAL ASESOR Y/0 EVALUADOR PARA PROCEDIMIENTOS DE RECONOCIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES:
- SEA028_2 Servicios para el control de plagas.
- SEA251_3 Gestión de servicios para el control de organismos nocivos.
Centro Gestor: Servicio de Formación para el Empleo y Acreditación de las Cualificaciones Profesionales. SE CONVOCA A LAS PERSONAS ADMITIDAS A LA REUNIÓN PRESENCIAL:
Lugar: Centro de Soluciones Empresariales.
C/ Jacinto Benavente, 2
47195 Arroyo de la Encomienda (Valladolid)
Día: 20 de noviembre.
Hora: 16,30.
Salas: 4, 5 y 6.
-
Acreditación de competencias profesionales: Resolución de listado de solicitudes presentadas e indicación de subsanaciones precisas
-
Fecha de publicación:
21 de noviembre de 2019
Fecha límite:
Fecha límite para subsanar: 23 de diciembre de 2019
Contenido:
Resolución de listado de solicitudes presentadas e indicación de subsanaciones precisas.
ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES
Listado de las solicitudes presentadas con la indicación, si fuera necesario, de las subsanaciones precisas.
ACUERDO de la comisión de Admisión del Centro Gestor (462 kbytes)
, CENTRO DE REFERENCIA NACIONAL DE VALLADOLID, por el que se publica el listado de las solicitudes presentadas con la indicación, si fuese necesario, de las subsanaciones precisas, al amparo del dispongo de punto 8.2 de la ORDEN EEI/878/2019 por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación para cualificaciones siguientes:
FAMILIA PROFESIONAL: SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE CUALIFICACIONES:
- SEA028_2 Servicios para el control de plagas.
- SEA251_3 Gestión de servicios para el control de organismos nocivos.
Lugar de presentación de las subsanaciones: Registro Oficial (SIRCYL 05298) dirigido:
Centro de Referencia Nacional de Valladolid
C/Villabáñez, 26
47012 Valladolid.
Fecha de publicación: 211/11/2019
Fecha límite de presentación de las subsanaciones: 23/12/2019 (20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación).
-
Acreditación de competencias profesionales: Listado definitivo de admitidos y excluidos
-
Fecha de publicación:
2 de enero de 2020
Contenido:
Acuerdo de la comisión (33 kbytes)
de Admisión del Centro de Referencia Nacional de Valladolid por el que se publica el listado definitivo (ANEXO I) de admitidos y excluidos al amparo de la ORDEN EEI/878/2019 de 1 de octubre, por la que se convoca el procedimiento de evaluación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación para unidades de competencia:
Familia Profesional: Seguridad y Medio Ambiente (plagas y organismos nocivos)
De conformidad con lo establecido en el punto 4 del dispongo octavo de la citada orden, este listado pone fin al procedimiento de admisión. Podrá recurrirse en alzada ante la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el plazo de un mes a contar desde el día siguente al de su publicación.
Los candidatos ADMITIDOS tienen hasta el día 1 de febrero de 2020 inclusive, para abonar la tasa de 36 euros por cada cualificación profesional en la que participen.
La liquidación de la tasa se realizará mediante el uso del modelo 046 cumplimentado electrónicamente, http://www.tributos.jcyl.es de acuerdo con las instrucciones de Tributos.
La justificación del pago de la tasa o su bonificación o exención se presentará en el:
CENTRO DE REFERENCIA NACIONAL DE VALLADOLID
C/Villabañez, 26
47012 Valladolid
En Valladolid, a 2 de enero de 2020
-
Procedimiento de habilitación: Relación definitiva de personas propuestas, con indicación de las cualificaciones profesionales
-
Fecha de publicación:
13 de enero de 2020
Contenido:
RELACIÓN NOMINATIVA DE PERSONAS PROPUESTAS PARA SU HABILITACIÓN COMO ASESORES Y EVALUADORES, CON INDICACIÓN DE LAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES (464 kbytes)
Por la ORDEN EEI/878/2019, de 1 de octubre, se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, y acciones formativas para la habilitación de asesores y evaluadores para unidades de competencia de la familia de Seguridad y Medio Ambiente (plagas y organismos nocivos).
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, desarrolla el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, y establece el procedimiento y los requisitos para la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, así como los efectos de estas acreditaciones.
Todos los actos de comunicación serán objeto de publicación en los tablones de anuncios del centro gestor surtiendo los mismos efectos que la notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo se realizará la comunicación de los listados en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es)
CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: SEA028_2 SERVICIOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS
- UC0075_2: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo.
- UC0078_2: Preparar y transportar medios y productos para el control de plagas.
- UC0079_2: Aplicar medios y productos para el control de plagas.
CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: SEA251_3 GESTIÓN DE SERVICIOS PARA EL CONTROL DE ORGANISMOS NOCIVOS.
- UC0799_3: Realizar la gestión documental de los procesos de control de organismos nocivos.
- UC0800_3: Establecer el plan de control de organismos nocivos adecuado a la situación de partida y supervisar su ejecución.
- UC0801_3 :Organizar el almacenamiento y transporte de biocidas, productos fitosanitari os y medios necesarios para su aplicación.
- UC0802_3: Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales y ambientales en la prestación de servic ios de contro l de organismos nocivos.
Arroyo de la Encomienda, 13 de Enero de 2020
-
Acreditación de competencias: Listado excluidos no abono de tasas
-
Fecha de publicación:
10 de febrero de 2020
Fecha límite:
Fecha de finalización de las reclamaciones: 17 de febrero de 2020 inclusive
Contenido:
La coordinadora del procedimiento de evaluación (361 kbytes)
para la acreditación de competencias profesionales de la familia de Seguridad y Medio ambiente (plagas y organismos nocivos) al amparo de la ORDEN EEl/878/2019, publica el listado de excluidos por no haber abonado las tasas sin justificar la exención o reducción de la misma.
De conformidad con lo establecido en el punto 5 del dispongo Décimo las reclamaciones han de dirigirse a la coordinadora del CRN de Valladolid en el plazo de 5 días naturales desde el día siguiente a la publicación del listado.
Fecha de finalización de las reclamaciones: 17 de febrero de 2020 inclusive. Finalizado el plazo de reclamación, se publicará el listado definitivo en www.tramitacastillayleon. jcyl.es de aquellos que accedan a la fase de asesoramiento.
En dicho listado se informará de la fecha y lugar de la primera reunión.
Lugar de presentación de las reclamaciones: Registro Oficial (SIRCYL 05298) dirigido:
Centro de Referencia Nacional de Valladolid
C/Villabañez, 26
47012 Valladolid.
-
Acreditación de competencias: Habilitados
-
Fecha de publicación:
19 de febrero de 2020
Contenido:
ORDEN EEI/109/2020, de 22 de enero, por la que se habilita con carácter nacional como personal asesor y evaluador (BOCyL 19-02-2020) (477 kbytes)
r, al amparo de lo dispuesto en el resuelvo séptimo de la Orden EEI/878/2019, de 1 de octubre.
Primero.– Formular la relación definitiva de personas propuestas para su habilitación de carácter nacional como asesores y evaluadores para procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral determinadas en el Anexo a esta orden.
Segundo.– A los efectos de hacer efectivo el carácter nacional de las habilitaciones como asesores y/o evaluadores recogido en el apartado 2 del artículo 14 de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, modificada por Orden EYH/758/2017, de 29 de agosto se propone la inscripción en el registro estatal de acreditación de la experiencia (RECEX).
Tercero.– Contra la presente orden de habilitación, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Empleo e Industria, en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses computados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
-
Admitidos y reunión grupal: Procedimiento de Acreditación Plagas y Organismos Nocivos
-
Fecha de publicación:
4 de marzo de 2020
Contenido:
CONVOCATORIA PARA EL INICIO DE LA FASE DE ASESORAMIENTO (508 kbytes)
, A LOS CANDIDATOS ADMITIDOS EN EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES DE LA FAMILIA DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE (PLAGAS Y ORGANISMOS NOCIVOS) ADQUIRIDAS A TRAVÉS DE LA EXPERIENCIA LABORAL O DE VÍAS NO FORMALES DE FORMACIÓN, EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL APARTADO DECIMO SEGUNDO DE LA ORDEN EEI/878/2019, DE 1 DE OCTUBRE.
Mediante la ORDEN EEI/878/2019, de 1 de octubre, se convocó el procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para unidades de competencia de la familia profesional de Seguridad y Medio Ambiente.
Se publica el listado de personas candidatas admitidas en el centro gestor que figura en los ANEXOS.
Se convoca a las personas candidatas admitidas al acto de presentación que da comienzo a la fase de asesoramiento, en la provincia, día y lugar que figura en LOS ANEXOS.
El asesoramiento tendrá carácter obligatorio para el candidato, debiendo acudir a las citas que determine el asesor correspondiente. En consecuencia, el solicitante que no participe en la fase de asesoramiento perderá el derecho a participar en la fase de evaluación. La no comparecencia al acto de presentación inicial significará la exclusión del proceso, salvo causa justificada documentalmente. Tras la celebración de este acto, el participante dispondrá de 3 días hábiles para presentar, ante el asesor correspondiente, la justificación documental del motivo de la no asistencia.
Los listados provisionales de excluidos por no haber justificado suficientemente la no asistencia al acto de presentación inicial serán publicados por el Coordinador en el tablón de anuncios del centro gestor. Si algún candidato no estuviera de acuerdo con la exclusión, podrá presentar reclamación por escrito al Coordinador del procedimiento en el plazo de tres días naturales, contados a partir de la publicación.
En el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la recepción de la reclamación, el Coordinador del procedimiento adoptará de forma motivada la resolución pertinente que será notificada al interesado. Contra dicha resolución cabrá recurso de alzada ante la Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
-
Nueva reunión grupal Valladolid y Zamora
-
Fecha de publicación:
10 de marzo de 2020
Contenido:
Anexo (27 kbytes)
CANDIDATOS CORRESPONDIENTES AL ASESORAMIENTO EN LAS PROVINCIAS DE VALLADOLID Y ZAMORA.
ÚLTIMO LLAMAMIENTO A REUNIÓN GRUPAL
Todos los candidatos que no pudieron asistir el día 9 de marzo a la reunión celebrada en Centro de Valladolid, se les convoca a una nueva reunión grupal el próximo día 11 de marzo a las 12 de la mañana:
Centro de Referencia Nacional de Valladolid
C/Villabañez, 26
47012 Valladolid.
De conformidad con el Dispongo decimosegundo punto 2 de la ORDEN EEI/878/2019 la no comparecencia al acto de presentación inicial significará la exclusión del proceso salvo causa justificada. Tras esta reunión el participante dispondrá de 3 días hábiles para presentar ante el asesor correspondiente causa justificada documentalmente de la no asistencia.
-
Listado de excluidos por no asistencia a reunión grupal de asesoramiento
-
Fecha de publicación:
15 de septiembre de 2020
Fecha límite:
ALEGACIONES: hasta el 18 de septiembre de 2020, inclusive
Contenido:
Listado de excluidos (215 kbytes)
por no haber justificado suficientemente la no asistencia a la reunión de asesoramiento o su participación si esta fuera telemática.
Apartado decimosegundo puntos 2 y 3 de la ORDEN EEI/878/2019, de 1 de octubre, por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, y acciones formativas para la habilitación de asesores y evaluadores para unidades de competencia de la familia de Seguridad y Medio Ambiente (plagas y organismos nocivos).
Si algún candidato no estuviera de acuerdo con la exclusión, podrá presentar reclamación por escrito a la Coordinadora del procedimiento en el plazo de tres días naturales contados a partir de la fecha de publicación.
Las reclamaciones deberán dirigirse a través de un registro oficial a:
CENTROR DE REFERENCIA NACIONAL DE VALLADOLID
C/ Villabañez nº 26
47012 Valladolid
-
Resolución pruebas de evaluación
-
Fecha de publicación:
21 de diciembre de 2020
Contenido:
Pruebas de evaluación (883 kbytes)
Al amparo del Dispongo Decimocuarto de la ORDEN EEI/878/2019, de 1 de octubre, por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, y acciones formativas para la habilitación de asesores y evaluadores para unidades de competencia de la familia de Seguridad y Medio Ambiente (plagas y organismos nocivos).
La Comisión de Evaluación, de conformidad con el dispongo 14.6 de la citada Orden, planificará la recogida de evidencias complementarias, teniendo en cuenta las orientaciones de las guías de evidencia. Y para la obtención de las evidencias se utilizarán los métodos que se consideren necesarios. (Dispongo 14.7 de la ORDEN EEI/878/2019)
La selección de los métodos y su concreción en actividades de evaluación se realizará de acuerdo con la naturaleza de la unidad de competencia, las características de la persona aspirante a participar en el procedimiento y los criterios para la evaluación recogidos en las guías de evidencia.
Anexo, relación de candidatos con indicación de las uc que tienen que demostrar las evidencias y lugar de realización.
DESARROLLO DE LAS PRUEBAS:
Día: 13 de enero 2021 (miércoles).
Hora comienzo de todas las pruebas: 16:30
Tipo de pruebas: Preguntas de tipo test.
El examen del N2 constará de un total de 45 preguntas y el examen de N3 de unas 48 preguntas, distribuidas en sus correspondientes unidades de competencia, siendo bloques independientes cada UC y el tiempo de examen por cada procedimiento podría oscilar entre la 90 y 120 minutos. Comenzará los candidatos de N 2.
Las personas que tengan que realizar pruebas en UC, del N2 y N3, el tiempo máximo serán de 4 horas.
Llevar bolígrafo azul o negro.
LUGARES DE DESARROLLO DE LAS PRUEBAS: / CENTRO / DIRECCIÓN / PROVINCIA
- Centro de Formación Profesional Ocupacional / C/ Eloy García de Quevedo, s/n / 09006 Burgos /BURGOS
- Centro de Formación Profesional Ocupacional / C/ Las Carrizas, 42-90, / 24071 San Andrés del Rabanedo (León) / LEÓN
- Centro de Formación Profesional Ocupacional / Camino de la Miranda, 17 / 34003 Palencia / PALENCIA
- Centro de Referencia Nacional / Ctra. Madrid-La Coruña, km. 64 / 40400 El Espinar (Segovia) / SEGOVIA
- Centro de Referencia Nacional / Calle Villabañez, 26 / 47012 Valladolid/ VALLADOLID
Debido a la situación actual derivada de la enfermedad por el coronavirus COVID-19, las disposiciones y medidas adoptadas por las Administraciones públicas al respecto, será obligatorio utilizar mascarilla y guardar distancia de seguridad.
Relación de candidatos por orden alfabético, cualificación y provincia a realizar las pruebas (887 kbytes)
En relación con las incidencias que puedan surgir para asistir en el día de hoy, 13 de enero, a las pruebas de Evaluación en unidades de competencia (ORDEN EEI/878/2019, de 1 de octubre) la Comisión de Evaluación informa: