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Solicitud de iniciación del procedimiento general de concentración parcelaria

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1773
  • SIA: 1813572

Objeto:

Obtener la declaración de utilidad pública  urgente ejecución de la concentración parcelaria para la zona solicitada, con la finalidad de ordenar la propiedad rústica para dotar a las explotaciones de una estructura adecuada.

¿Quién lo puede solicitar?

  • a) La mayoría de los propietarios de la zona o cultivadores que puedan demostrarlo documentalmente, o bien de un número de propietarios a quienes pertenezcan, al menos, el cincuenta por ciento de la superficie total a concentrar.
  • b) Las entidades locales, las corporaciones de derecho público y las juntas agrarias locales.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

¿Qué requisitos debo cumplir?

A efectos de lo dispuesto en el artículo 38.1 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, la iniciación del procedimiento de concentración parcelaria estará motivada por alguna de las siguientes causas:

  • a) La excesiva dispersión parcelaria o el acusado minifundio.
     
  • b) La construcción, modificación o supresión de vías u obras públicas o cualquier otra actuación que comporte la expropiación forzosa de parcelas agrícolas o implique su discontinuidad o notable reducción, de manera que se estime que el procedimiento de concentración parcelaria pueda minimizar los efectos de la expropiación.
     
  • c) La implantación de nuevos regadíos o la consolidación y modernización de los ya existentes, en los términos previstos en el artículo 37 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo.
     
  • d) La minimización de los perjuicios que el abandono de la actividad agraria genera en la conservación de determinados ecosistemas o la contribución a evitar la degradación ambiental del entorno o la disminución del riesgo de incendios forestales.
     
  • e) El fomento de asociaciones de carácter cooperativo o de otro modelo asociativo que reporten ventajas para la gestión común de la propiedad.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado (Anexo I A) acompañada de la siguiente documentación:

  • En el caso de que la solicitud de concentración esté promovida por los agricultores / propietarios, presentar el Anexo IB.
  • En el caso de que la solicitud de concentración esté promovida por el Ayuntamiento, presentar el Anexo IIB.
  • En el caso de que la solicitud de concentración esté promovida por la/s Junta/s Vecinal/es, presentar el Anexo IIIB.


En el caso de que la solicitud de concentración esté promovida por la Comunidad de Regantes, presentar el Anexo IVB.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

Treinta y seis meses contados desde el día siguiente de la presentación de las solicitudes

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Recursos:

  • Alzada.

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Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. (BOCyL 20-03-2014)
  • Decreto 1/2018, de 11 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Concentración Parcelaria de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 15-01-2018)
     

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Desarrollo Rural

Órgano que resuelve:

Director General de Desarrollo Rural

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (111 kbytes)