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Ayudas por desplazamiento, manutención y alojamiento derivados de asistencia sanitaria

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1979
  • SIA: 1813627

Objeto:

Regulación de las ayudas para el desplazamiento con fines asistenciales, así como el alojamiento y la manutención a los pacientes y, en su caso, a sus acompañantes, cuando se trasladen para recibir asistencia sanitaria a un centro ubicado en localidad diferente a la de su lugar de residencia utilizando medios de transporte no sanitario.

En el caso de desplazamientos mediante transporte sanitario de ida y vuelta en la misma jornada, las ayudas por manutención para los pacientes, se regirán por los mismos requisitos y condiciones que en el caso de desplazamientos mediante transporte no sanitario

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

1 año a contar desde la fecha del desplazamiento.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas (PACIENTES y, en su caso, ACOMPAÑANTES)

¿Qué requisitos debo cumplir?

Pacientes:

  • Tener reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tarjeta Sanitaria de Sacyl.
  • Realizar un desplazamiento con un fin asistencial.
  • Que la atención sanitaria que reciban en el centro al que se desplazan haya sido debidamente indicada por el facultativo responsable de sus asistencia y, en su caso,  autorizada y canalizada por la Gerencia de Asistencia Sanitaria o Gerencia de Salud de Área, según se trate de un desplazamiento intraprovincial o interprovincial.
  • Para ser beneficiario de las ayudas los pacientes, además de todo lo anterior, deberán cumplir, como mínimo, alguno de los siguientes requisitos:
  1. Ser menor de 18 años.
  2. Tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 66%
  3. Estar en situación de dependencia, como mínimo en grado II.
  4. Ser paciente oncológico que tenga que desplazarse para recibir asistencia sanitaria relacionada con el proceso oncológico.
  5. Ser paciente incluido en lista de espera para trasplante y/o trasplantado que tenga que desplazarse para recibir asistencia sanitaria relacionada con el proceso de trasplante.
  6. Ser perceptor de rentas de integración social, pensiones no contributivas o tener la condición de desempleado que ha agotado el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación.
  7. Tener un nivel de renta, tal y como se consigna en la casilla de base liquidable general y de ahorro de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Fiscas, inferior a los 18.000 € anuales.

Acompañantes:

  • Para pacientes menores de 18 años.
  • Para pacientes que por su situación clínica precisen de acompañante y esta necesidad sea indicada por el facultativo o autorizada por  la Gerencia. 

Por otra parte se establece un “régimen especial” de ayudas destinado a pacientes oncológicos en tratamiento con radioterapia.

Descarga del documento tipo PDF RÉGIMEN ESPECIAL PACIENTES ONCOLÓGICOS. Abre una nueva ventana RÉGIMEN ESPECIAL PACIENTES ONCOLÓGICOS (96 kbytes)

Cuantía:

El importe de las ayudas será el siguiente:

Descarga del documento tipo PDF CUANTÍA de las Ayudas por DESPLAZAMIENTO, ALOJAMIENTO Y MANUTENCIÓN (Actualizado 03-06-2022). Abre una nueva ventana CUANTÍA de las Ayudas por DESPLAZAMIENTO, ALOJAMIENTO Y MANUTENCIÓN (Actualizado 03-06-2022) (103 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Se deberá cumplimentar el formulario de SOLICITUD, acompañado de la siguiente DOCUMENTACION:

■ Documento acreditativo del título de representación.

■ Acreditación efectiva de la realización del desplazamiento en avión.

■ Billetes que acrediten la utilización de transporte público regular por el acompañante.


Además, en su caso, se tendrá que presentar la siguiente documentación, salvo autorización del solicitante a la Administración para su consulta:

■ Fotocopia de la Tarjeta Sanitaria Individual del paciente.

■ Fotocopia del DNI del solicitante, siempre que nos sea el paciente.

■ Fotocopia del documento que acredite el grado de discapacidad del paciente igual o superior al 66%.

■ Fotocopia del documento que acredite la situación de dependencia reconocida al paciente como mínimo en grado II.

■ Fotocopia del justificante del Centro donde haya sido atendido, en el que consten los días durante los cuales se prestó la asistencia sanitaria y la clase de esta, bien sea por consulta o ingreso hospitalario, en este último caso con indicación de la fecha de ingreso y alta.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Gerencias de Salud de Área o Gerencias de Asistencia Sanitaria

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Información adicional:

  • Contra la Resolución de concesión o denegación de las ayudas, podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de la Gerencia Regional de Salud en el caso de las Gerencias de Asistencia Sanitaria o ante el Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud en el caso de las Gerencias de Salud de Área.
  • El abono de las ayudas se realiza mediante transferencia bancaria, a la cuenta reseñada en la correspondiente solicitud. 

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Descargar formularios y anexos