Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Convocar el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II, para el personal docente que presta servicios en centros docentes públicos de enseñanza no universitaria, servicios de apoyo a los mismos y centros administrativos no docentes dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?
- Personal docente, funcionario o laboral, que preste servicios en centros docentes públicos de enseñanza no universitaria, servicios de apoyo y centros administrativos no docentes dependientes de la Consejería de Educación que cumpla los requisitos
- Queda excluido el personal docente al que se le haya reconocido nivel o grado equivalente a la categoría profesional II o que perciba algún complemento retributivo como complemento de carrera o concepto equiparable a la categoría profesional II
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Son requisitos de participación los siguientes:
- Encontrarse en situación de servicio activo o cualquier otra que implique reserva de plaza o de puesto de trabajo.
- Acreditar un tiempo mínimo de permanencia de 15 años que pueden haberse prestado tanto al servicio de la Administración Educativa de Castilla y León como de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos en el mismo grupo o subgrupo profesional. Dicho requisito de permanencia debe cumplirse a 31 de diciembre de 2022.
- Para el personal que haya cambiado de grupo o subgrupo, se aplicará un coeficiente corrector aplicable en los casos en los que por dicho cambio no pueda alcanzar la categoría II a la que sí habría accedido en su cuerpo, escala o categoría de no haber realizado dicha promoción. El coeficiente corrector se aplicará a los servicios prestados como empleado público en grupos o subgrupos, cuerpos, escalas o competencias funcionales correspondientes a grupos de titulación diferentes a aquel en que se participa. Se aplicará un coeficiente corrector del setenta por ciento en el supuesto de progresión de un grupo o subgrupo inmediatamente inferior a superior. Y de igual manera, se aplicará este coeficiente en el supuesto que se pretenda el reconocimiento de un grupo o subgrupo inmediatamente superior a inferior.
- En el supuesto de progresión en dos o más grupos o subgrupos inferiores a superiores o viceversa, el coeficiente corrector será del cincuenta por ciento.
- Presentar solicitud en el modo en el que se establece.
No es requisito de participación tener reconocida la categoría I de la carrera profesional horizontal en el mismo subgrupo o grupo profesional.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud conforme al correspondiente formulario electrónico dirigida a la Consejera de Educación y se remitirá a la dirección provincial de educación en la que el aspirante tenga su destino, presentándose obligatoriamente de forma electrónica.
Los participantes deberán cumplimentar una única solicitud, prevaleciendo, en el supuesto de que se presente más de una, la presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente registro.
En la solicitud se realizará declaración responsable de que se reúnen los requisitos de antigüedad establecidos, de que los datos consignados en la solicitud son ciertos y sobre la percepción del complemento de formación permanente.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore en la declaración responsable, o la no presentación ante la Administración de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará el reintegro del pago del complemento de carrera profesional percibido desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
No es necesario presentar ninguna otra documentación.
Fecha de publicación:
14 de marzo de 2023
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 15 de marzo de 2023 hasta el 17 de abril de 2023
Más Detalles:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9:00:00 horas del día 15 de marzo de 2023 y finalizará a las 23:59:59 horas el día 17 de abril de 2023.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Plazo de resolución:
La gestión del procedimiento conlleva:
- Verificación de los requisitos de participación.
- Publicación de los listados provisionales de reconocimiento y, en su caso, de denegación, mediante resolución de la Directora General de Recursos Humanos.
- Plazo de alegaciones, subsanaciones y desistimientos.
- Publicación de los listados definitivos de reconocimiento y, en su caso, de denegación, mediante orden de la Consejera de Educación.
Notificaciones:
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
- Contencioso-administrativo.
- Reposición.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- ORDEN EDU/322/2023, de 8 de marzo, por la que se convoca el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional II, para el personal docente que presta servicios en centros docentes públicos de enseñanza no universitaria, servicios de apoyo a los mismos y centros administrativos no docentes dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León (BOCyL 14-03-2023)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección Provincial de Educación
Órgano que resuelve:
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (50 kbytes)