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Adaptaciones de tiempo y medios en los procedimientos selectivos de Ingreso, acceso, adquisición de nuevas especialidades, procedimiento de baremación y acreditación de competencia lingüística de SECUNDARIA y otros Cuerpos (OPE 2018 y 2019)

Contenido publicado el 15 de junio de 2021:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaResolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación (137 kbytes) , por la que se conceden adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas convocadas por Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo.

Primero.- Estimar las adaptaciones de tiempo y medios solicitadas por los aspirantes que se relacionan en el Anexo I y desestimar las contenidas en el Anexo II, con indicación de la causa de desestimación. En el Anexo III se relacionan las solicitudes que, por no versar sobre tiempos y medios, serán resueltas por los órganos de selección en cada caso concreto.


Segundo.- Los aspirantes a los que se les haya estimado las adaptaciones de tiempo deberán realizar la primera prueba en la sede del Tribunal 1 de la Especialidad a la que optan.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado del mismo nombre de Valladolid, o de la circunscripción donde tenga su domicilio el demandante, a elección de éste, siempre y cuando sea dentro del ámbito territorial de la comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada disposición legal.