Admisión en las enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios de música de la Comunidad de Castilla y León (Curso 2022/2023)
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Convocatoria de los procesos de admisión y matriculación del alumnado en las enseñanzas elementales y profesionales de música en los Conservatorios de Música de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2022/2023»
¿Quién lo puede solicitar?
- Alumnos que accedan por primera vez al conservatorio para cursar cualquier curso de las enseñazas elementales y profesionales de música.
- Alumnos que vayan a cursar una especialidad instrumental distinta a aquélla por la que accedieron al conservatorio.
- Alumnos que soliciten un nuevo conservatorio por cambio de residencia.
- Alumnos que reingresen al conservatorio una vez trascurridos dos o más cursos desde que abandonaron sus estudios.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
- Por Internet (requiere certificado electrónico)
Presencial:
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Tener cumplidos los 8 años de edad, dentro del año natural en que se realice la prueba. Con carácter excepcional, podrán ser admitidos para la realización de dicha prueba, aspirantes de menor edad que acrediten tener concedida la flexibilización de la escolarización por su condición de superdotación intelectual. (Ver trámite relacionado)
- Únicamente se podrá presentar en la Comunidad de Castilla y León una solicitud de admisión por especialidad instrumental y curso de modo que, si se ha presentado una solicitud en un conservatorio y después se desea presentar otra solicitud en otro distinto, será necesario renunciar previa y expresamente a la primera solicitud.
¿Qué documentos necesito?
Modelos normalizados de solicitud (Documentos 1 a 5):
- a) Para solicitar la inscripción a la prueba de acceso, los modelos de Documentos 1 y 2.
- b) Para solicitar la admisión por reingreso, el modelo del Documento 3.
- c) Para solicitar la admisión por cambio de residencia, el modelo del Documento 4.
- d) Para solicitar la especialidad instrumental para primer curso de las enseñanzas elementales, el modelo del Documento 5.
Junto con la solicitud, que en el caso de presentación electrónica se enviará digitalizada, se adjuntará aquella documentación que no puede ser verificada de forma directa o electrónicamente por la Administración educativa y, en todo caso, la de obligatoria presentación.
- a) Copia del DNI o NIE si la persona solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación consulte directamente y/o por medios electrónicos los datos de identidad y edad. Si se identifica con el pasaporte, deberá aportar copia del mismo.
- b) Justificante del pago del precio público que para las pruebas de acceso se establece en el
DECRETO 11/2015, de 29 de enero (1.553 kbytes)
con las exenciones y bonificaciones que en él se prevén. Los centros darán la oportuna publicidad sobre todo lo relacionado con la forma de pago en sus tablones de anuncios y en sus páginas web. Para el pago de la tasa se utilizará el Modelo 046. El precio público de las pruebas de acceso enseñanzas Elementales 47,36 € y Profesionales 52,62 €.
El solicitante que desee acogerse a alguna de las exenciones o bonificaciones establecidas, relativas a la condición de miembro de familia numerosa, alumnado con discapacidad, víctima de actos terroristas o víctimas de violencia de género, deberá aportar junto con la solicitud la siguiente documentación:
- 1.º En el supuesto de familias numerosas, copia del correspondiente título reconocido y expedido por la Administración de la Comunidad de Castilla y León o por otra Comunidad Autónoma, si el solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación obtenga directamente y/o por medios electrónicos los datos de familia numerosa
- 2.º En el supuesto de alumnado con un grado discapacidad igual o superior al 33%, copia del documento que acredite el citado grado de discapacidad si no está registrado dicho grado en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad de Castilla y León o de otra Comunidad Autónoma o el solicitante se opone a que la Consejería de Educación lo consulte o recabe, o cuando la discapacidad la haya reconocido por un órgano de la Administración General del Estado.
- En el caso de grado de discapacidad igual al 33 por ciento:
- Resolución o certificado expedidos por la Gerencia de Servicios Sociales, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
- Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- En el caso de grado de discapacidad superior al 33 por ciento: resolución o certificado expedidos por la Gerencia de Servicios Sociales, el IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.
- 3.º En el supuesto de víctimas de actos terroristas, si el solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación obtenga directamente y/o por medios electrónicos dicho dato, copia de alguna de la siguiente documentación, de la que resulte que algún miembro de la unidad familiar reúne la condición de víctima del terrorismo.
- Resolución administrativa firme dictada por órganos de la Administración General del Estado de las que se derive el reconocimiento de la condición de víctima del terrorismo.
- Sentencia judicial firme que reconozca el derecho a ser indemnizado en concepto de responsabilidad por hechos y daños provocados por acciones terroristas.
- Cualquier medio de prueba admisible en derecho cuando sin mediar sentencia se hubiese llevado a cabo diligencias judiciales o la incoación de procesos penales para el enjuiciamiento de los delitos.
- 4.º En el supuesto de víctimas de violencia de género, copia de la resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima atinente a causa criminal por violencia de género, o de la sentencia firme que declare que la mujer padeció violencia, o de la certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local, o del informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social o excepcionalmente del informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de tal violencia.
- c) En el caso de aspirantes con discapacidad que necesiten adaptaciones o condiciones especiales para la realización de la prueba de acceso, deberán aportar los documentos acreditativos e información precisa para que se pueda realizar la prueba de acceso en las condiciones adecuadas para el aspirante.
- d) En el caso de solicitar la admisión por cambio de residencia, se deberá aportar junto a la solicitud o dentro del plazo de matriculación establecido si no se dispone en ese momento de ella, la siguiente documentación: :
- Certificado académico del conservatorio de origen.
- Alguno de los siguientes documentos que acrediten el cambio de residencia:
- Certificado de empadronamiento si el solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación obtenga directamente y/o por medios electrónicos los datos de domicilio a través del servicio de verificación de datos de residencia.
- Documento que justifique la ocupación de una vivienda.
- Matrícula en otros estudios.
- Cualquier tipo de documentación que a estos efectos permita la comprobación del cambio del domicilio habitual a la localidad del conservatorio de música para el que solicita la admisión.
Fecha de publicación:
1 de abril de 2022
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Las solicitudes de ADMISIÓN y REINGRESO se presentarán del 3 al 13 de mayo 2022, ambos incluidos.
Las solicitudes de traslados por CAMBIO DE RESIDENCIA se presentarán del 1 de julio al 31 de agosto 2022, ambos incluidos.
Te interesa saber:
-
Calendario admisión, pruebas de acceso y matriculación
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Contenido:
Plazos de los procesos de admisión
- Los centros publicarán, en el tablón de anuncios, las listas provisionales de admitidos y excluidos a la realización de la prueba de acceso, indicando la causa, el 18 de mayo de 2022.
- El plazo de subsanación de defectos o aportación de la documentación que hubiera dado lugar a la exclusión será del 19 de mayo al 1 de junio de 2022, ambos inclusive.
- Los centros publicarán, en el tablón de anuncios y en sus páginas web, las listas definitivas de admitidos y excluidos a la realización de la prueba de acceso, indicando la causa, el día 6 de junio de 2022.
Calendario de realización de las pruebas de acceso.
- Las pruebas de acceso para el curso 2022/2023 a las enseñanzas elementales y profesionales de música se realizarán a partir del 15 de junio de 2022, en las fechas que determine cada centro.
- Los conservatorios de música publicarán, con un mínimo de quince días de antelación en el tablón de anuncios y en su página web, la convocatoria de estas pruebas, concretando las fechas de realización de cada uno de los ejercicios que las componen, con especial referencia a los criterios de calificación para cada uno de ellos, con el fin de orientar y facilitar a los candidatos su preparación.
- Las pruebas de acceso se realizarán de forma presencial en el conservatorio correspondiente, cumpliendo siempre con las indicaciones del conservatorio para la prevención del riesgo de contagio del COVID-19, que serán publicadas en sus tablones de anuncios y páginas web.
Plazos de matriculación
- La matriculación de los alumnos oficiales de las enseñanzas elementales y profesionales con todas las asignaturas superadas en junio se efectuará se realizará a partir del 1 de julio de 2022 en las fechas que determine cada centro, realizándose on line, mediante el procedimiento publicado en las páginas web de los conservatorios.
- El resto de alumnos oficiales, los que hubieran obtenido vacante mediante reingreso y los que hubieran obtenido vacante por solicitud de plaza por cambio de residencia presentada en los meses de julio y agosto formalizarán su matrícula entre el 1 y el 7 de septiembre de 2022, según determine el centro docente para cada tipo de alumno mencionado en este párrafo.
- Los alumnos de nuevo acceso, se matricularán en los tres días hábiles siguientes a la publicación de la adjudicación de sus vacantes.
- El listado con la adjudicación de estas vacantes se hará público en el tablón de anuncios de los conservatorios de música y en las páginas web de los conservatorios de música.
Notificaciones:
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Legislación aplicable:
- ORDEN EDU/1496/2005, de 7 de Noviembre que desarrolla el Proceso de Admisión del Alumnado en Centros Docentes que impartan Enseñanzas Artísticas y de Idiomas sostenidos con Fondos Públicos en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 14-11-2005)
- RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, relativa a los procesos de admisión y matriculación de alumnos en las enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios de música de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 08-04-2013)
- Decreto 11/2015, de 29 de enero, por el que se fijan los precios públicos por las enseñanzas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León para el curso académico 2015/2016 (BOCyL 02-02-2015)
- RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, por la que se convocan los procesos de admisión y matriculación del alumnado en las enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios de música de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2022/2023. (BOCyL 01-04-2022)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Enseñanzas Régimen Especial
Órgano que resuelve:
Conservatorios de música
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
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