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Reconocimiento ¡Leo Tic! a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla y León (Curso 2021/2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2370
  • SIA: 1813788

Objeto:

Efectuar la convocatoria para la concesión del reconocimiento “¡leo TIC!” a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2021/2022. Este reconocimiento tiene como finalidad incentivar el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística a través de las nuevas tecnologías en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que cumplan los requisitos

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. Disponer de un plan de lectura elaborado conforme a lo dispuesto a continuación (ORDEN EDU/747/2014, de 22 de agosto, por la que se regula la elaboración y ejecución de los planes de lectura de los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León):

  • Deberá ser revisado y actualizado anualmente e incorporado a la programación general anual del centro.
  • Debe contar con las siguientes características:

    a) Concebirse para todas las edades y etapas educativas, y dentro de éstas, para todas las áreas, materias, ámbitos y módulos, y no exclusivamente para áreas y materias lingüísticas.
    b) Ser realista, operativo, viable, progresivo.
    c) Ser contextualizado, es decir, partir de la realidad del centro.
    d) Ser flexible y consensuado con la comunidad educativa.
    e) Su eje vertebrador debe ser la biblioteca escolar y aprovecharse de otros recursos culturales del entorno: bibliotecas públicas, centros culturales, fundaciones, museos...
    f) Debe incluir las buenas prácticas que el centro ha desarrollado.
    g) Debe incluir las estrategias lectoescritoras recogidas en el plan lector y el plan de escritura establecidos en la Orden EDU/519/2014, de 17 de junio.
    h) Debe incorporar mecanismos de seguimiento y evaluación de resultados que permitan su revisión y mejora, con el fin de garantizar un mayor grado de cumplimiento de los objetivos inicialmente formulados.

2. Disponer de la certificación en la aplicación de las TIC en los niveles 4 o 5.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud  cumplimentada conforme al Documento N.º 1, dirigida a la Consejera de Educación y se presentará por el director, directora o titular del centro docente exclusivamente de forma electrónica.

La solicitud incluirá la declaración responsable del solicitante referente a que el claustro de profesores y el consejo escolar del centro han sido informados y conocen las características de la solicitud.

Si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, la subsanación se realizará de forma electrónica cumplimentando el Documento N.º 2.

Fecha de publicación:

10 de enero de 2022

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 11 de enero de 2022 hasta el 1 de febrero de 2022

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Plazo de resolución:

  • El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido publicada, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.
  • La resolución será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y será objeto de publicidad a través del Portal de Educación http://www.educa.jcyl.es.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • ORDEN EDU/747/2014, de 22 de agosto, por la que se regula la elaboración y ejecución de los planes de lectura de los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 03-09-2014)
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden EDU/747/2014, de 22 de agosto, por la que se regula la elaboración y ejecución de los planes de lectura de los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 24-09-2014)
  • ORDEN EDU/1044/2014, de 2 de diciembre, por la que se crea el reconocimiento "¡leo TIC!" en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 12-12-2014)
  • ORDEN EDU/1114/2015, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden EDU/1044/2014, de 2 de diciembre, por la que se crea el reconocimiento "¡leo TIC!" en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 29-12-2015)
  • ORDEN EDU/1655/2021, de 22 de diciembre, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad de Castilla y León, en el curso 2021/2022 (BOCyL 10-01-2022)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado

Órgano que resuelve:

Consejera de Educación

Información adicional:

Distinciones

  • Los centros docentes que reciban el reconocimiento «¡leo TIC!» obtendrán las siguientes distinciones:
    • a) Diploma acreditativo del reconocimiento obtenido.
    • b) Sello acreditativo que podrá incorporar a su página web o a los documentos oficiales del centro.
    • c) Sus miembros tendrán preferencia en la asistencia a las actividades formativas relacionadas con el fomento de la lectura que desarrolle la Consejería de Educación.
    • d) Podrán beneficiarse de las medidas tendentes a potenciar y mejorar las bibliotecas escolares promovidas por la Consejería de Educación.

Distribución de los reconocimientos

  • Se concederán como máximo sesenta y ocho reconocimientos “¡leo TIC!” que se distribuirán entre las nueve provincias de Castilla y León, de acuerdo con el número de centros docentes que reúnan los requisitos con la siguiente asignación: Ávila 4; Burgos 8; León 10; Palencia 6; Salamanca 9; Segovia 6; Soria 4; Valladolid 14; Zamora 7.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN EDU/680/2022, de 7 de junio, por la que se concede el reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2021/2022.  (BOCyL 22-06-2022)

Descarga del documento tipo PDF Orden EDU/680/2022, de 7 de junio (BOCyL 22-06-2022). Abre una nueva ventana Orden EDU/680/2022, de 7 de junio (BOCyL 22-06-2022) (832 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (39 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.