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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
Recibir la conformidad para la realización de alteraciones en las condiciones acreditadas por los centros museísticos de Castilla y León que dieron lugar a su autorización, así como comunicar las alteraciones que no requieran autorización previa, según lo dispuesto en la Ley 2/2014, de 28 de marzo, de centros museísticos de Castilla y León.
Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente.
Presencial:
Electrónico:
Ser titular o gestor de un centro museístico ubicado en el territorio de Castilla y León autorizado según lo establecido en la Ley 2/2014, de 28 de marzo.
En el caso de la solicitud de autorización, que se produzca alteración de las condiciones acreditadas en el centro museístico relativas a:
En museos, 1/ contar con una colección estable suficiente y adecuada al ámbito y objetivos del museo, 2/ disponer, con carácter permanente, de un inmueble o inmuebles adecuados y accesibles para la realización de las funciones que le son propias, o 3/ disponer de un Plan Museológico.
En colecciones museográficas, 1/ contar con una colección suficiente y adecuada al ámbito y objetivos de la colección museográfica, 2/ disponer, con carácter permanente, de un inmueble o inmuebles adecuados y accesibles para la realización de las funciones que le son propias, o 3/ disponer de un Plan Museológico.
En centros de interpretación del patrimonio cultural, 1/ disponer, con carácter permanente, de un inmueble o inmuebles adecuados y accesibles para la realización de las funciones que le son propias, o 2/ disponer de un Plan Museológico.
En el caso de comunicación de alteración de las condiciones acreditadas en el centro museístico, aquellas no previstas en el apartado anterior y que dieron lugar a su autorización, así como los cambios de titularidad del centro museístico.
Solicitud en modelo normalizado.
En el caso de solicitud de alteración de condiciones acreditadas:
Abierto de forma permanente. La solicitud de alteración de las condiciones acreditadas deberá producirse con anterioridad a que dicha alteración se produzca.
La comunicación de cualquier alteración de las condiciones acreditadas, así como los cambios de titularidad del centro museístico, se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se produzcan.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Estimatorio
Consejero de Cultura y Turismo
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (30 kbytes)