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Autorización de instalación y funcionamiento de casas de apuestas

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2334
  • SIA: 1813770

Objeto:

Abrir casas de apuestas.

¿Quién lo puede solicitar?

Empresas autorizadas para la organización y explotación de las apuestas, en los términos contenidos en la autorización.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud de autorización, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
  • Documento que acredite la disponibilidad del local por cualquier título válido en derecho.
  • Planos de situación del establecimiento, de localización en relación con el edificio en el que se integra y con los viales y edificios próximos, de localización a efectos de lo dispuesto en el artículo 25 de este reglamento, así como, de planta/s a escala 1/100 en su configuración anterior a su acondicionamiento y tras su proyectada adecuación, incluida su distribución, todos estos acotados. En dichos planos, que deberán ser suscritos por personal técnico competente, deberá colocarse el servicio de admisión y control y los terminales de expedición y auxiliares de apuestas y justificarse un ancho mínimo de 1,20 metros de todos los pasillos.
  • Copia cotejada de la licencia municipal de apertura del establecimiento, expedida a favor del solicitante de la autorización de instalación y funcionamiento, o de haber presentado la comunicación exigida en el artículo 33 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención ambiental de Castilla y León.
  • Justificante acreditativo del pago de la tasa administrativa, conforme a la  Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 meses contados desde la fecha en que la solicitud, acompañada del informe-propuesta, hubiera tenido entrada en el registro del órgano competente para su resolución.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del juego y de las apuestas de Castilla y León. (BOCyL 01-07-1998)
  • Decreto 53/2014, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las Apuestas de la Comunidad de Castilla y León y de modifica el Decreto 44/2001 de 22 de febrero por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 29-10-2014)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Delegación Territorial

Órgano que resuelve:

Dirección General de Relaciones Institucionales

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.