Autorización de nombramiento de Farmacéutico adjunto
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Autorizar el nombramiento de farmacéuticos adjuntos en oficinas de farmacia. El farmacéutico adjunto es el que bajo la dirección del farmacéutico titular o cotitular, regente o sustituto colabora en las funciones que se desarrollan en una oficina de farmacia.
¿Quién lo puede solicitar?
Titulares, cotitulares o regentes de oficinas de farmacia
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
1.- La incorporación de farmacéuticos adjuntos en las oficinas de farmacia tendrá carácter obligatorio en los siguientes supuestos:
- a) Cuando cualquiera de los titulares cumpla la edad de sesenta y cinco años y continúe al frente de la misma.
- b) En función del volumen de actividad (cuando ésta sea superior al nº de actos de dispensación que determine la Consejería competente).
- c) Según el número de botiquines y/o depósitos de medicamentos vinculados (Será obligatoria la incorporación de un farmacéutico adjunto en las oficinas de farmacia que tengan vinculados de cinco a diez botiquines rurales y/o depósitos de medicamentos y otro más por cada nuevo tramo de cinco).
2.- En cualquier otro supuesto la incorporación de farmacéuticos adjuntos tendrá carácter voluntario.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud de autorización en modelo normalizado, dirigida al Jefe del Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
- a) Documentación que justifique la causa de la designación del farmacéutico adjunto.
- b) Documentación relativa al farmacéutico adjunto:
Cuando una ley estatal establezca la obligación de colegiarse para el ejercicio de la profesión, certificado que acredite la colegiación o compromiso de colegiarse acompañado, en este caso, del título de Licenciado en Farmacia o justificación de la posesión del mismo.
- Declaración responsable del farmacéutico adjunto de que no está incurso en ninguna causa de incompatibilidad recogida en la legislación vigente.
- Contrato de trabajo del farmacéutico adjunto.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución:
- La autorización se entenderá concedida si en el plazo de 15 DÍAS desde que tuvo entrada la solicitud en el registro del Servicio Territorial con competencia en materia de ordenación farmacéutica, no se notifica la resolución expresa por parte de la Administración.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- LEY 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 26-12-2001 y CORRECCIÓN de errores BOCyL 11-02-2002).
- DECRETO 12/2011, de 17 de marzo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, en materia de Oficinas de Farmacia (BOCyL 23-03-2011).
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicios Territoriales de Sanidad
Órgano que resuelve:
Servicios Territoriales de Sanidad
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos
Última actualización:
26 de mayo de 2023