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Instalación Eléctrica en Baja Tensión (BOEL)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 13
  • SIA: 1812970

Objeto:

La inscripción en el Registro de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión con el fin de identificar las instalaciones eléctricas de baja tensión, y a sus responsables, que se realicen en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Para la regularización de este tipo de instalaciones debe entrar en el siguiente enlace: Regularización administrativa de instalaciones sometidas a la normativa de seguridad industrial

¿Quién lo puede solicitar?

Los instaladores eléctricos de baja tensión autorizados y/o reconocidos por la Administración de esta Comunidad. Las empresas distribuidoras de energía eléctrica pueden consultar el contenido de los certificados.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Ser instalador eléctrico en una empresa instaladora autorizada y/o reconocida por la Administración de esta Comunidad

¿Qué documentos necesito?

  • Carpeta de baja tensión acompañada de la hoja de solicitud e inscripción y de la hoja resumen de características, según modelos aprobados por la Dirección General de Industria.
  • Proyecto o Memoria Técnica según proceda. La memoria técnica estará formada por la hoja resumen de características y por la documentación relativa a los cálculos, memoria descriptiva, esquema unifilar y croquis del trazado.
  • Certificado de Instalación según modelo aprobado por la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica, que se presentará por quintuplicado. Se deberán presentar tantos certificados de instalación como instalaciones receptoras diferentes se hayan ejecutado.
  • Un ejemplar del Anexo de Información al usuario.
  • Dos ejemplares de la Dirección de obra si procede (una copia para la Administración y otra para el titular).
  • Dos copias del Certificado de Inspección Inicial con resultado favorable, cuando proceda (una copia para la Administración y otra para el titular).

TASAS: Hay que liquidar la tasa correspondiente en materia de industria y energía (Código 308.1 «Inscripción y control de instalaciones eléctricas») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes .

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • INMEDIATO, a partir de la presentación ante el Órgano competente de la documentación de puesta en servicio.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE 23-07-1992)
  • Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León. (BOCyL 19/09/2014)
  • Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE 18-09-2002) 
  • Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07 (BOE 19-11-2008)
  • ORDEN EEI/1036/2021, de 6 de septiembre, por la que se establece el procedimiento de regularización administrativa de instalaciones sometidas a la normativa de seguridad industrial (BOCyL 16-09-2021)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía

Órgano que resuelve:

Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía

Información adicional:

  • La inscripción, o denegación en su caso, se hará en el menor tiempo posible y en cualquier caso en el plazo máximo de tres días desde que la documentación se reciba en el Servicio Territorial.
  • La inscripción es inmediata previo pago de la correspondiente tasa, y puede ser denegada si la documentación es incompleta o se aprecian defectos formales. Se comprobará asimismo, que tanto el instalador como la empresa instaladora están inscritos correctamente.
  • Por Internet se pueden realizar los trámites de forma telemática, incluido el pago de la tasa, de las instalaciones de baja tensión que no precisan proyecto.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.