Registro de Agentes de COOPERACION al DESARROLLO de Castilla y León
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Regular la organización, adscripción y funcionamiento del Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León que tiene carácter público y será requisito imprescindible para que aquellos organismos o entidades que no sean administración pública, puedan recibir ayudas o subvenciones destinadas a la cooperación al desarrollo.
¿Quién lo puede solicitar?
Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y demás organismos y entidades de cooperación al desarrollo cuyo domicilio social figure en el territorio de la Comunidad Autónoma o tengan delegaciones o establecimientos permanentes.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Se consideran organizaciones no gubernamentales de desarrollo de Castilla y León aquellas entidades que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser entidades privadas, legalmente constituidas y sin ánimo de lucro.
b) Establecer expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentra la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación al desarrollo.
c) Gozar de plena capacidad jurídica y de obrar y disponer de una estructura susceptible de garantizar el cumplimiento de sus fines.
d) Tener sede social o delegación permanente en la Comunidad de Castilla y León y estar inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de Castilla y León en la forma que reglamentariamente se determine.
e) No tener relaciones de dependencia, ni directa ni indirecta, de instituciones públicas, sean autonómicas, estatales o internacionales.
¿Qué documentos necesito?
La inscripción en el Registro se producirá a instancia de parte, mediante solicitud según el modelo normalizado que deberá ser remitida a la Dirección General de Acción Exterior (Servicio de Cooperación al Desarrollo C/ Santiago Alba, 1. CP 47008 Valladolid), acompañada de la DOCUMENTACION correspondiente a los datos objeto de inscripción.
DOCUMENTACION a presentar (47 kbytes)
Fecha de publicación:
2 de julio de 2008
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto y permanente.
Plazo de resolución:
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El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de INSCRIPCION y de MODIFICACION de la inscripción, será de 3 MESES meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para resoluver. Transcurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución expresa, el interesado podrá entender ESTIMADA su solicitud.
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El plazo para resolver y notificar la CANCELACION de la inscripción, será de 3 MESES a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para resolver cuando el expediente de cancelación de la inscripción se haya iniciado a instancia de parte, o desde la fecha del acuerdo de iniciación cuando se haya iniciado de oficio. Transcurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución expresa, el interesado podrá entender ESTIMADA su solicitud.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
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LEY 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo (BOCyL 19-10-2006).
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DECRETO 46/2008, de 26 de junio, por el que se regula el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León (BOCyL 02-07-2008).
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ORDEN IYJ/275/2009 de 29 de enero, por la que se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León (BOCyL 18-02-2009).
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Órgano que resuelve:
Dirección de Acción Exterior
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (192 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.