Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Nombramiento de Funcionarios
Fecha de publicación: 20 de septiembre de 2024
Contenido publicado el 20 de septiembre de 2024:
ORDEN SAN/900/2024, de 15 de septiembre, por la que se resuelve convocatoria pública para cubrir, mediante nombramiento de personal sanitario interino, vacantes de Técnico Facultativo adscritas al Servicio de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad.
Por Orden SAN/320/2024, de 14 de abril (B.O.C. y L. n.º 77 de 18 de abril), se efectuó convocatoria pública para cubrir, mediante nombramiento de personal interino, vacantes de Técnico Facultativo (25525 y 52389) adscritas al Servicio de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad.
Transcurridos los plazos de presentación de solicitudes y vista la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, una vez realizado el procedimiento selectivo con arreglo a lo establecido en las bases de la Orden SAN/320/2024, de 14 de abril, procede resolver la citada convocatoria y efectuar el nombramiento para la provisión de las vacantes.
En su virtud, esta Consejería, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
DISPONE:
Primero. Nombrar personal interino a los candidatos titulares que se citan y que han sido seleccionados para cubrir los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de la presente orden.
El nombramiento tendrá, desde la toma de posesión, la duración máxima establecida en el artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y modificado por el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
El personal interino cesará automáticamente en el desempeño del puesto de trabajo en los supuestos establecidos y en los términos previstos en el citado artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 15.4 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
Segundo. Hacer público el nombre de los candidatos suplentes que han sido propuestos por la Comisión de Selección en tal calidad y que se relacionan en el Anexo I de la presente orden.
Tercero. Los candidatos titulares nombrados por la presente orden deberán tomar posesión de su puesto de trabajo en el plazo de 3 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, debiendo aportar en ese momento la documentación siguiente, de conformidad con lo señalado en la Base Octava de la Orden SAN/320/2024, de 14 de abril, por la que se efectuó la convocatoria a la que esta orden da resolución:
• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
• Fotocopia compulsada del Título Académico o Certificación acreditativa de la titulación requerida.
• Declaración de poseer la capacidad necesaria para el ejercicio de las funciones correspondientes a su puesto de trabajo.
• Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes.
• Declaración a la que alude el artículo 31 del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 227/1997, de 20 de noviembre.
En el caso de que no se presenten a tomar posesión, o presentándose no acompañen dicha documentación, en el plazo señalado, se considerará que renuncian a la plaza y se procederá entonces, si así lo aconsejaran las necesidades del servicio, al nombramiento de los suplentes que correspondiese por su orden.
Cuarto. La toma de posesión y presentación de documentación a que se refiere el apartado tercero de la presente orden deberá efectuarse en la Consejería de Sanidad, sita en Valladolid en Paseo Zorrilla n.º 1.
Quinto. En los extremos no previstos en la presente orden se estará a lo establecido en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999 de 15 de abril, y demás disposiciones de general aplicación.
Sexto. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, a elección del demandante, en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2 a), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, 15 de septiembre de 2024