Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2480
- SIA: 1813831
- BDNS (Identificador): 763823
Fecha de publicación:
29 de mayo de 2024
Objeto:
Convocar en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a municipios con menos de 5.000 habitantes y por las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, como apoyo a la contratación de desempleados para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.
Se entiende por obras y servicios de interés general y social relacionados en el sector turístico y cultural, la puesta en valor y fomento del patrimonio cultural de Castilla y León entendiendo por tales, los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico. También forman parte del mismo, el patrimonio documental, bibliográfico, audiovisual y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular y tradicional.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 30 de mayo de 2024 hasta el 18 de junio de 2024
Más Detalles:
Las solicitudes, se presentarán en el plazo de 20 DÍAS NATURALES, computados desde el día siguiente a la publicación del EXTRACTO en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Municipios con menos de 5.000 habitantes y Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, que tuvieran competencias en materia de cultura o turismo, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, y cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los beneficiarios deberán contratar temporalmente a personas desempleadas para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.
Las contrataciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) La preselección de las personas participantes se hará entre los siguientes colectivos prioritarios:
- Jóvenes menores de 35 años, preferentemente con déficit de formación.
- Mayores de 45 años.
- Personas en desempleo de larga duración, con especial atención a aquellos que han agotado sus prestaciones por desempleo. Se entenderá por desempleado de larga duración aquella persona que ha estado desempleada 12 meses en un período de 18 meses.
Dentro de los colectivos indicados, la preselección priorizará a las personas cuyo perfil profesional mejor se adecúe a la cualificación y características del puesto ofertado, y favoreciendo la primera experiencia profesional.
b) La preselección de las personas candidatas, la realizará la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria, mediante la presentación de la correspondiente oferta de empleo. Se enviarán, al menos, a tres personas por puesto de trabajo ofertado.
La selección final de los trabajadores, entre las personas candidatas enviadas por la Oficina de Empleo, la realizará la entidad beneficiaria de acuerdo con las normas de selección de personal que les sean de aplicación, siendo los responsables últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos.
c) Los contratos se formalizarán por escrito y en la modalidad de contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo, establecida por la normativa vigente (modelos 405/505). Con carácter general se efectuarán por 180 días y a jornada completa. La contratación por un periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación por ese contrato.
Sólo en municipios con población inferior a 1.000 habitantes, se podrán concertar los contratos a jornada parcial, siempre y cuando la jornada de trabajo pactada sea igual o superior al 50% de la jornada ordinaria. Los contratos deberán ser comunicados a Oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla y León correspondiente.
d) Si antes de completar el período de contratación subvencionado, el contrato de trabajo se extinguiera, se podrá contratar a otra persona trabajadora que cumpla los mismos requisitos exigidos en las bases reguladoras y la convocatoria para el trabajador inicial, por el período que, sumado al del anterior contrato, complete como mínimo el período subvencionado. En la contratación de la nueva persona desempleada se deberá seguir el orden de los candidatos enviados en el proceso de selección. De no existir candidatos, se realizará una nueva oferta en la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria.
e) Cuando el contrato de trabajo se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo, y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad deberá comunicar dicha incidencia al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de 10 días. La entidad podrá en estos supuestos formalizar un contrato para sustitución de persona trabajadora durante el tiempo que dure dicha situación, con otro trabajador que cumpla los requisitos exigidos en las bases reguladoras y la convocatoria para el trabajador inicial. En ningún caso conllevará mayor importe de la subvención y se deberá seguir el orden de reserva del proceso de selección efectuado. De no existir candidatos, se realizará una nueva oferta en la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria.
¿Para qué es la ayuda?:
La actividad subvencionada consistirá en la financiación de los costes
salariales y de la Seguridad Social por todos los conceptos derivados de los contratos que se suscriban vinculados a programas de políticas activas de empleo con las personas trabajadoras participantes desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.
Con independencia de la duración de las obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades del sector turístico y cultural, será subvencionable el periodo de contratación comprendido entre el 1 de abril de 2024 y el 31 de marzo de 2025.
Cuantía:
- Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 16.625€/180 días, a jornada completa.
- Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 €/180 días, a jornada completa.
- Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 €/180 días, a jornada completa.
- Se establecen las siguientes limitaciones:
- 1. Ayuntamientos de menos de 1.000 habitantes: máximo 2 contratos a jornada completa ó 4 a jornada parcial.
- 2. Ayuntamientos de 1.000 o más habitantes: máximo 2 contratos a jornada completa.
- 3. Diputaciones Provinciales u Organismos Autónomos Dependientes: máximo 10 contratos a jornada completa, siempre y cuando el total del importe subvencionable no exceda de 100.000 €.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, únicamente se admitirá una por entidad, en caso de que presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta para su valoración la última presentada.
Las entidades deberán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud
La solicitud se acompañará de las certificaciones expedidas por la persona titular de la Secretaría, y el proyecto.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio Fomento del Empleo en el Ámbito Local
Órgano que resuelve:
Presidenta del Servicio Público de Empleo
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de 3 MESES computados desde el día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.
Notificaciones:
Recursos:
- Reposición
- Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación
- La entidad beneficiaria presentará la justificación en el plazo de 2 meses computado desde la finalización de las contrataciones, y en todo caso como máximo el 31 de mayo de 2025.
Compatibilidad
- Las subvenciones reguladas en estas bases serán compatibles con cualesquiera otras que el beneficiario pueda obtener para la misma finalidad, provenientes de organismos e instituciones de carácter público o privado, nacionales o internacionales.
- El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad subvencionada.
Resolución. Beneficiarios:
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEON POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A MUNICIPIOS Y A LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES O SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEPENDIENTES DEL ÁMBITO DE CASTILLA Y LEÓN, MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON ACTIVIDADES EN EL SECTOR TURÍSTICO Y CULTURAL (ELTUR 2024) (Publicación 26-08-2024)
Beneficiarios 2024 (690 kbytes)
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (147 kbytes)