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Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para el desarrollo de proyectos para la pre capacitación e inserción laboral de mujeres en situación de especial vulnerabilidad (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2763
  • SIA: 1814009
  • BDNS (Identificador): 652489

Fecha de publicación:

11 de octubre de 2022

Objeto:

Convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con la finalidad de lograr la inclusión social y laboral de mujeres en situación de especial vulnerabilidad en el ámbito de Castilla y León, fomentando que al menos 990 participantes mejoren su situación personal o laboral, conforme a lo establecido en el Objetivo específico 9.3.1 del Programa Operativo 2014- 2020, con una tasa de cofinanciación del 50%, a través de proyectos que se encuadren dentro de las líneas programáticas establecidas.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 12 de octubre de 2022 hasta el 26 de octubre de 2022

Más Detalles:

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades del Tercer Sector de Acción Social, definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Carácter Social de Castilla y León regulado en el Decreto 109/1993, de 20 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se regula la Autorización, la Acreditación y el Registro de las entidades, servicios y centros de carácter social en Castilla y León o en el Registro de Entidades para la Igualdad de Oportunidades, regulado en el Decreto 6/2000, de 13 de enero, por el que se regula la acreditación y Registro de Entidades y Centros de asistencia a la mujer en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, modificado por el Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las Víctimas de Violencia de Género de Castilla y León, antes de que finalice el plazo de presentación de las solicitudes de esta subvención.
  • Tener recogidos en sus estatutos, con al menos dos años de antelación, fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención y propios para la realización de las actividades subvencionables de acuerdo a la establecido en las bases reguladoras.
  • Tener implantadas en su organización, en todo caso, medidas de transparencia retributiva dirigidas a la eliminación de la brecha salarial de género.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los proyectos que, además de cumplir el resto de requisitos establecidos en la normativa reguladora y en la convocatoria, se encuadren dentro del programa de pre capacitación e inserción social y laboral de mujeres en situación de especial vulnerabilidad en el ámbito de Castilla y León a través de alguna de las líneas programáticas señaladas.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su adecuada ejecución, se generen entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, y hayan sido abonados antes de la finalización del plazo de justificación.

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones subvencionables (91 kbytes)

Cuantía:

La cuantía individualizada correspondiente a cada entidad beneficiaria, será el 100% del presupuesto aceptado del proyecto presentado, teniendo en cuenta el orden de prelación obtenido en función de la puntuación al aplicar los criterios de valoración.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, una por cada entidad beneficiaria, en la que solo podrán incluir la petición de financiación para un proyecto por línea programática, con un máximo de dos líneas. La solicitud incluye declaración responsable relativa a diferentes extremos.

La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante a la Dirección General de la Mujer para obtener directamente o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad del representante legal de la entidad y el cumplimiento por la entidad solicitante de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La solicitud se acompañará de la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (105 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de la Mujer

Órgano que resuelve:

Gerente de Servicios Sociales

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Pago y anticipos

  • El pago de las subvenciones se realizará una vez justificada por la entidad la realización del  proyecto y la consecución del objetivo para el que se concedió la subvención, mediante transferencia bancaria a la indicada por la entidad beneficiaria en su solicitud.
  • Podrá concederse, previa solicitud de la entidad beneficiaria, un anticipo del 100 % del importe de la subvención. El anticipo deberá ser solicitado por la entidad en el momento de presentar su solicitud de subvención en el modelo normalizado existente.
  • Una vez justificado el destino de este anticipo se realizará, en su caso, la liquidación de la subvención. Dada la naturaleza jurídica y fines de las entidades beneficiarias de las ayudas, no se considera necesaria la constitución de garantías.

Plazo y forma de justificación

  • La fecha límite para la presentación de la documentación justificativa de las actividades subvencionadas será el 10 de febrero de 2023. Este plazo, podrá ser prorrogado por el Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León.
  • Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado de “Justificación de subvenciones”.

Calificación tributaria de la subvención

  • Estas subvenciones estarán sujetas, según corresponda, al impuesto de sociedades en los términos previstos en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades o al impuesto sobre la renta de las personas físicas en los términos establecidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (502 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.