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Subvenciones dirigidas a fomentar el autoempleo en Castilla y León, de las personas tituladas universitarias o de formación profesional de grado medio o superior (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3158
  • SIA: 2447529
  • BDNS (Identificador): 648827

Fecha de publicación:

20 de septiembre de 2022

Objeto:

Convocar para el año 2022, en régimen de concesión directa, las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar el autoempleo, en la Comunidad de Castilla y León, de las personas tituladas universitarias o de formación profesional de grado medio o superior.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 21 de septiembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial

Electrónico

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad de un Colegio Profesional.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Haber solicitado el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, antes de presentar la solicitud de subvención.
  • Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo, no ocupado/a, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
  • Estar en posesión de una titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, o cumplir los requisitos para su obtención, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, relacionada con la actividad por la que se solicita la subvención.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables, las solicitudes de subvención de las personas trabajadoras por cuenta propia cuya fecha de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido, en las condiciones establecidas, entre el día 1 de octubre de 2021 y el día 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive.

Descarga del documento tipo PDF Actividades subvencionables. Abre una nueva ventana Actividades subvencionables (98 kbytes)

Cuantía:

El importe de la subvención será de 8.000 €, que podrá ser incrementado si concurre alguna de las circunstancias siguientes:

Descarga del documento tipo PDF Incremento de las cuantías. Abre una nueva ventana Incremento de las cuantías (98 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la documentación señalada a continuación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos.

Los miembros de entidades sin personalidad jurídica presentarán la solicitud de subvención de forma individual.

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (144 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Gerencias Provinciales ECYL

Órgano que resuelve:

Gerencias Provinciales ECYL

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES desde la fecha en que la solicitud hubiera tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación

  • La justificación se llevará a cabo en el momento de presentar la solicitud de subvención, aportando la documentación correspondiente.

Compatibilidad

  • Estas subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones para la misma finalidad otorgadas por cualquier Administración Pública o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales. No obstante, serán compatibles con aquellas subvenciones o ayudas que, aun vinculadas al alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, tengan como gastos subvencionables las inversiones, los intereses de préstamo y/o las cuotas de Seguridad Social derivadas del alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional al que estén adscritos. Asimismo, serán compatibles con las bonificaciones o reducciones en las cuotas de las Seguridad Social y con los incentivos fiscales.

Resolución. Beneficiarios:

Descarga del documento tipo PDF Beneficiarios AUTEGRES 2022. Abre una nueva ventana Beneficiarios AUTEGRES 2022 (685 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (576 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.