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Subvenciones para la realización de actuaciones dentro del marco del "Programa España te protege III" - 2022

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3314
  • SIA: 2893297
  • BDNS (Identificador): 634271

Fecha de publicación:

20 de junio de 2022

Objeto:

Financiar inversiones para realizar obras de reforma, adaptación, modernización o adquisición de equipamiento, en los centros en los que en la actualidad se presta un servicio de atención, información, y alojamiento temporal a las mujeres víctimas de violencia de género en Castilla y León, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (PRTR-NG).

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 21 de junio de 2022 hasta el 4 de julio de 2022

Más Detalles:

10 días HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Entidades del Tercer Sector Social de Castilla y León
  • a) Entidades de ámbito estatal con delegación en Castilla y León.
  • b) Entidades cuyo ámbito de actuación es exclusivo de Castilla y León.
  • c) Entidades de ámbito local dentro del territorio de Castilla y León.
  • Entidades locales.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • A) La Entidad y el Servicio deberá estar inscrito en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de carácter Social de Castilla y León.
  • B) Las Casas de Acogida y Centros de Emergencia deberán estar acreditados.

¿Para qué es la ayuda?:

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su adecuada ejecución, se generen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 y hayan sido efectivamente pagados antes de la finalización del plazo de justificación señalado en el apartado decimonoveno de esta resolución.

Solo serán subvencionables los gastos realizados como consecuencia de la ejecución del objeto de la subvención y que hayan sido efectivamente pagados antes del fin de período de justificación.

Descarga del documento tipo PDF Actuaciones subvencionables. Abre una nueva ventana Actuaciones subvencionables (113 kbytes)

Cuantía:

La cuantía individualizada de la subvención, correspondiente a cada entidad beneficiaria será el 100% del presupuesto aceptado, teniendo en cuenta los criterios de valoración y con los límites porcentuales y cuantitativos hasta el agotamiento del crédito

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, indicando de forma expresa la modalidad de entidad: a) subvención entidades locales, b) subvención entidades del tercer sector.
 

Las solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

  • a) Proyecto descriptivo de las actuaciones a realizar
  • b) Declaración responsable de no causar perjuicio al medio ambiente


Además, en el supuesto de que la solicitante se oponga de forma motivada y expresamente a la verificación, por parte de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, de la identidad y residencia de los familiares a cargo, deberá aportar:

  • Copia del NIF de la entidad solicitante
  • Poder de representación
  • Copia del DNI o NIE de la persona representante de la entidad
  • Justificante de inscripción en el Registro de entidades, Servicios y Centros de carácter social en Castilla y León
  • Acreditación de la casa de acogida/ centro de emergencia

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de la Mujer

Órgano que resuelve:

Gerente de Servicios Sociales

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Pago y anticipos

  • El pago de las subvenciones se realizará una vez justificada por la entidad la realización del  proyecto y la consecución del objetivo para el que se concedió la subvención, mediante transferencia bancaria a la indicada por la entidad beneficiaria en su solicitud.
  • Podrá concederse, previa solicitud de la entidad beneficiaria un anticipo del 100 % del importe de la subvención no exigiéndose garantía alguna. El anticipo deberá ser solicitado por la entidad en el momento de presentar su solicitud de subvención en el modelo normalizado existente.
  • Una vez justificado el destino de este anticipo se realizará, en su caso, la liquidación de la subvención. Dada la naturaleza jurídica y fines de las entidades beneficiarias de las ayudas, no se considera necesaria la constitución de garantías.

Plazo y forma de justificación

  • La fecha límite para la presentación de la documentación justificativa de las actividades subvencionadas será el 10 de febrero de 2023. Este plazo, podrá ser prorrogado por el Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León.
  • Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado «Justificación de subvenciones para la ejecución de actuaciones en Castilla y León, dentro del marco España te protege III con cargo a los fondos europeos del plan de recuperación, transformación y resilencia, financiado por la UE next Generation».

Calificación tributaria de la subvención

  • Las subvenciones convocadas en la presente resolución estarán sujetas, según corresponda, al impuesto de sociedades en los términos previstos en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades o al impuesto sobre la renta de las personas físicas en los términos establecidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Compatibilidad

  • Las subvenciones reguladas en las presentes bases serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que, en su caso, pueda recibir el destinatario final para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, no pudiéndose incurrir en doble financiación.

Resolución. Beneficiarios:

Descarga del documento tipo PDF Resolución de concesión. Abre una nueva ventana Resolución de concesión (1.710 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (435 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Financiado por la UE, Next Generation EU, dentro del plan PRTR-NG