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Subvenciones para financiar la preproducción, producción y distribución de largometrajes, documentales y de ficción y pilotos de series de animación y de televisión (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1311
  • SIA: 1253155
  • BDNS (Identificador): 625932

Fecha de publicación:

23 de mayo de 2022

Objeto:

Convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a financiar la preproducción, producción y distribución de largometrajes, documentales y de ficción, y pilotos de series de animación y de televisión, con la finalidad de contribuir al fomento y promoción del sector cinematográfico y audiovisual en la Comunidad de Castilla y León, a través del apoyo a determinadas inversiones promovidas por personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores audiovisuales en la modalidad de largometrajes, documentales y de ficción, y pilotos de series de animación y de televisión.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 24 de mayo de 2022 hasta el 13 de junio de 2022

Más Detalles:

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores cinematográficos o audiovisuales que tengan su domicilio o sede social, o una sucursal o establecimiento permanente abierto al público, en la Comunidad de Castilla y León.
  • Agrupaciones de empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Las empresas deberán ser titulares de los derechos de propiedad de las obras audiovisuales producidas en la medida que sean necesarios para la explotación y comercialización de tales obras, quedando a salvo lo dispuesto en la legislación de propiedad intelectual en materia de transmisión y ejercicio de los derechos de tal naturaleza. Este requisito se entenderá cumplido en el supuesto de que la titularidad de los derechos sobre la obra se encuentre distribuida entre los coproductores de la misma.
  • Los beneficiarios deberán entregar una copia del guion definitivo del proyecto y, asimismo, cuando se financien las fases de producción y/o distribución, una copia de la producción objeto de subvención a la Filmoteca de Castilla y León, en el plazo de doce meses desde la publicación de la resolución de esta convocatoria. Esta copia de la producción deberá ser completa y de la versión definitiva, en perfecto estado y en el formato de producción elegido para su estreno en salas cinematográficas, comprendiendo un DCP abierto para las películas rodadas en sistema digital o una copia nueva para las películas rodadas en sistema fotoquímico. Asimismo se depositará un archivo MP-4 o MOV para su custodia. Dicho depósito tendrá carácter obligatorio y se realizará a efectos de archivo y consulta individual. En ningún caso será posible realizar préstamos a terceros, ni utilizaciones comerciales de la copia depositada.
  • La Consejería de Cultura y Turismo podrá utilizar las obras subvencionadas para la edición de DVD o vídeos promocionales, que tendrán exclusivamente un carácter de promoción cultural, no comercial, así como a utilizar las obras subvencionadas para realizar pases en formato DVD en actividades culturales de la Comunidad de Castilla y León, en centros culturales, en los que la exhibición tenga un carácter cultural gratuito, de acuerdo con la normativa en materia de derechos de autor y sin que en ningún caso se dañen los derechos de propiedad intelectual y de explotación de la obra.
  • En relación con las obligaciones de publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones, es obligación de los beneficiarios hacer visible que su actuación está financiada por la Junta de Castilla y León, insertando a estos efectos en los materiales que correspondan y que pueden consistir en publicaciones, catálogos, folletos, carteles y demás material publicitario promocional editado en cualquier soporte, medios electrónicos o audiovisuales, o menciones realizadas en los medios de comunicación, el identificador de la Junta de Castilla y León.
  • A estos efectos, cabe señalar que en la utilización de la imagen institucional de la Junta de Castilla y León, será de aplicación lo dispuesto en la normativa en materia de Identidad Corporativa. Con este fin se deberá comunicar a la Dirección General de Políticas Culturales, con carácter previo a su impresión y difusión, el contenido de los elementos promocionales realizados para autorizar el uso del símbolo y logotipo de la Junta de Castilla y León.

¿Para qué es la ayuda?:

Las actuaciones para las que puede solicitarse las subvenciones son todas aquellas necesarias para la preproducción, producción y distribución de los proyectos de largometrajes, documentales y de ficción y pilotos de series de animación y de televisión que se lleven a cabo durante el periodo de ejecución.

Se considera largometraje, documental y de ficción, la película cinematográfica, en cualquier medio o soporte, con una duración mínima de sesenta minutos.

Se considera piloto de serie de animación la obra audiovisual de animación que marca las características y estilo que habrá de tener una serie y permite al productor la financiación y promoción de la misma, con una duración mínima de 1 minuto.

Se considera piloto de serie de televisión la obra audiovisual de televisión que marca las características y estilo que habrá de tener una serie y permite al productor la financiación y promoción de la misma, con una duración mínima de 30 minutos.

La actuación o actuaciones subvencionadas y los correspondientes gastos deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2022 y el 31 de mayo de 2023, ambos inclusive.

Cuantía:

  • El beneficiario deberá financiar al menos el 10% del importe total de la actividad subvencionada a través de sus propios recursos.
  • Ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 50% del presupuesto total del largometraje, documental y de ficción, y piloto de serie de animación y de televisión, con el límite máximo de 60.000 € por proyecto.
  • El importe de la subvención a conceder, con el límite de la cantidad solicitada, será directamente proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración, conforme a la fórmula:
  • Puntos del beneficiario x (dotación total de la convocatoria / total puntos de todos los beneficiarios)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, en la que se incluye declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos.

En todo caso, las solicitudes se acompañarán de la documentación, previamente digitalizada y que se aportará como archivos anexos, que se expresa a continuación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (123 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Promoción Cultural

Órgano que resuelve:

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

Plazo de resolución:

El plazo para resolver y publicar en el “Boletín Oficial de Castilla y León” la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Trascurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido publicada se podrán entender DESESTIMADAS por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Modificación de la resolución de concesión

  • La solicitud podrá realizarse desde el día siguiente al de la notificación de la resolución hasta dos meses antes de la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.

Justificación

  • La justificación del proyecto objeto de subvención deberá producirse hasta el 31 de julio de 2023, inclusive.

 Calificación tributaria de la subvención

  • Las subvenciones convocadas en la presente orden estarán sujetas, según corresponda, al impuesto de sociedades en los términos previstos en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades o al impuesto sobre la renta de las personas físicas en los términos establecidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN CYT/1523/2022, de 3 de noviembre, por la que se resuelve convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la preproducción, producción y distribución de largometrajes, documentales y de ficción, y pilotos de series de animación y de televisión. (BOCyL 09-11-2022)

Descarga del documento tipo PDF Orden CYT/1523/2022, de 3 de noviembre (BOCyL 09-11-2022). Abre una nueva ventana Orden CYT/1523/2022, de 3 de noviembre (BOCyL 09-11-2022) (913 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (61 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Descargar formularios y anexos