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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
10 de mayo de 2022
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, becas para deportistas en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2022-2023, para proporcionarles las mejores posibilidades para que su nivel técnico progrese y favorecer los programas técnicos que las Federaciones Deportivas y Clubes Deportivos desarrollan con dichos deportistas, sin deterioro en la continuidad de sus estudios.
Las becas se convocan para deportistas, en las siguientes Residencias Deportivas de la Comunidad:
El número de becas convocadas para cada Residencia Deportiva es el siguiente:
1ª CONVOCATORIA: 15 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOCyL (Del 11 al 31 de mayo de 2022).
2ª CONVOCATORIA: Del 1 al 21 de septiembre de 2022, ambos inclusive.
Las solicitudes se presentarán a propuesta de las Federaciones y Clubes Deportivos de Castilla y León y miembros de la Comisión de Valoración, entre aquellos deportistas que reúnan los méritos deportivos previstos.
Podrán ser beneficiarios de las becas para deportistas en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León todos aquellos deportistas que cumplan los requisitos que se señalan a continuación:
Requisitos de los beneficiarios (136 kbytes)
Los conceptos que incluyen las becas para deportistas en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León son los de gastos de manutención y alojamiento para las becas en régimen de interno, y los de gastos de manutención para las becas en régimen de externo.
La cuantía de las becas tendrá un importe del 100% de los gastos de manutención y, en su caso, de alojamiento de los beneficiarios de cada una de las becas para deportistas en las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León.
Documentación a presentar (106 kbytes)
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
El plazo máximo para resolver y publicar las resoluciones será de 6 MESES a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Trascurrido dicho plazo sin que las resoluciones hayan sido publicadas se podrán entender DESESTIMADAS por silencio administrativo.
Se realizará una resolución por cada una de las convocatorias previstas.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Renuncia
El beneficiario titular de la beca podrá renunciar expresamente a ésta, en cualquier momento a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión en el BOCyL utilizando el formulario normalizado.
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (25 kbytes)