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Subvenciones para acciones para la promoción de la seguridad y salud laboral y actualización de técnicos de nivel superior o asimilados por las Universidades Públicas de Castilla y León (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2496
  • SIA: 1253455
  • BDNS (Identificador): 604322

Fecha de publicación:

5 de enero de 2022

Objeto:

Convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a las Universidades Públicas de Castilla y León para la realización de acciones de promoción de la prevención de riesgos laborales, así como acciones de actualización de los técnicos de prevención de riesgos laborales, o asimilados.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 24 de enero de 2022 hasta el 18 de febrero de 2022

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Las universidades públicas de Castilla y León

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, conforme al artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
  • En este caso, dado que los beneficiarios forman parte del sector público institucional, bastará con que acrediten mediante certificación del órgano competente, que en los procesos para la provisión de puestos de trabajo se ha realizado la correspondiente reserva legal para su cobertura por personas con discapacidad.
  • Deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social previamente a la propuesta de resolución y antes de producirse la propuesta de pago. Dado que las entidades solicitantes son integrantes del sector público autonómico de Castilla y León, bastará una declaración responsable, conforme dispone el artículo 6.a) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subvenciones.
  • Cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres. La justificación del cumplimiento del plan de igualdad se realizará con la presentación del boletín o diario oficial donde figure la resolución del registro del mismo.
  • En caso de que no esté publicado se realizará con la presentación del documento firmado por la comisión negociadora, y si hubiera expirado su vigencia, se presentará el acuerdo de inicio de la comisión negociadora del plan de igualdad.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán subvencionarse:

a. Las actividades de promoción de la seguridad y salud laboral, transferibles a los distintos sectores económicos desarrollados en la Comunidad de Castilla y León, que consistirán en acciones de sensibilización y concienciación, tales como: Seminarios, jornadas, conferencias, mesas redondas, foros, encuentros, etc, para la sensibilización y concienciación de la seguridad y salud laboral o para analizar la situación actual en materia de prevención de riesgos laborales y proponer las mejoras que se deriven.
El número de participantes en cada acción será de un mínimo de 15, y la duración entre un mínimo de 2 horas y un máximo de 16 horas.
Las acciones se desarrollarán entre el 1 de noviembre del 2021 y el 31 de octubre de 2022, ambos inclusive.

b. Acciones de actualización de los técnicos de prevención de riesgos laborales con la capacidad para desarrollar las funciones de nivel superior, según lo establecido en el artículo 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Los destinatarios de la actividad tienen que ser técnicos superiores en prevención de riesgos laborales con formación habilitante expedida por entidad pública o privada acreditada por la autoridad laboral; o con formación habilitante expedida por universidad pública o privada y reconocida dicha formación por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
El número de participantes en cada acción será de un mínimo de 10, y la duración entre un mínimo de 4 horas y un máximo de 16.
Las acciones se desarrollarán entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022, ambos inclusive.

Cuantía:

La cuantía máxima subvencionable por cada tipo de acción será:

Descarga del documento tipo PDF Cuantía máxima subvencionable. Abre una nueva ventana Cuantía máxima subvencionable (113 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida dirigida a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales. Cada acción solicitada se presentará en una solicitud independiente, las solicitudes que contengan más de una acción no serán admitidas a trámite. No existe límite del número de acciones que pueden solicitar cada Universidad.

Con la presentación y firma de la solicitud el interesado manifiesta bajo su responsabilidad de que cumple los requisitos exigidos.

A la solicitud (Anexo I) se acompañará la siguiente documentación:

  • Estatutos de la entidad solicitante o indicación del diario oficial donde están publicados.
  • Acreditación de la representación del firmante de la solicitud o indicación del diario oficial donde está publicada.
  • Acreditación del cumplimiento de la obligación de contar con un Plan de Igualdad,mediante la presentación del boletín o diario oficial donde figure la resolución del registro del mismo. En caso de que no está publicado se realizará con la presentación del documento firmado por la comisión negociadora, y si hubiera expirado su vigencia, se presentará el acuerdo de inicio de la comisión negociadora del Plan de Igualdad.
  • Memoria de la acción que se va a realizar, suscrita por la representación legal de la entidad solicitante, según figura en el Anexo II.
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos, según figura en el Anexo III.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Prevención de Riesgos Laborales

Órgano que resuelve:

Plazo de resolución:

El plazo para resolver y notificar la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin haberse dictado y notificado resolución expresa se entenderá desestimada la solicitud. La resolución de concesión de la subvención especificará la identidad del beneficiario, la cuantía de la misma y la actividad que se subvenciona.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Justificación y Pago

  • La documentación justificativa de la realización del hecho subvencionable deberá presentarse de manera electrónica, y se referirá a los gastos realizados desde los 30 días anteriores al inicio de la acción subvencionable, hasta el día 31 de octubre de 2022. La justificación se deberá presentar en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la finalización de la acción, o sí la resolución de concesión se notificase cuando ya hubiera finalizado la acción subvencionada, deberá presentarse la justificación en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de dicha resolución, siendo la fecha límite para la
    presentación el 31 de octubre de 2022.
  • Previa justificación y fiscalización de conformidad se procederá al abono del 100% de la subvención mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el beneficiario.

Compatibilidad

  • Estas subvenciones serán compatibles con la percepción de otras ayudas, subvenciones o recursos que el beneficiario pueda obtener para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin perjuicio de que el importe total subvencionado en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras, llegue a superar el coste de la actividad subvencionada.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (343 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.