Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2781
- SIA: 1814019
- BDNS (Identificador): 604315
Fecha de publicación:
5 de enero de 2022
Objeto:
Convocar subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las Universidades Públicas de Castilla y León para la realización de proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 24 de enero de 2022 hasta el 18 de febrero de 2022
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Universidades públicas que cuenten con grupos de investigación autorizados y que tengan su sede y desarrollen sus actividades en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Los grupos de investigación para los que se solicite la subvención deberán estar autorizados por la correspondiente universidad pública de Castilla y León a la que pertenezcan.
- El director del proyecto no puede participar en otros proyectos subvencionados en esta línea, durante el período de duración de las tres anualidades presupuestarias como investigador principal de un grupo de investigación.
- Acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, conforme al artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
- En este caso, dado que los beneficiarios forman parte del sector público institucional, bastará con que acrediten mediante certificación del órgano competente, que en los procesos para la provisión de puestos de trabajo se ha realizado la correspondiente reserva legal para su cobertura por personas con discapacidad.
- Deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social previamente a la propuesta de resolución y antes de producirse la propuesta de pago. Dado que las entidades solicitantes son integrantes del sector público autonómico de Castilla y León, bastará una declaración responsable, conforme dispone el artículo 6.a) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subvenciones.
- Deberá acreditar que cumple con la obligación de contar con un plan de igualdad, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres. La justificación del cumplimiento del plan de igualdad se realizará con la presentación del boletín o diario oficial donde figure la resolución del registro del mismo. En caso de que no esté publicado se realizará con la presentación del documento firmado por la comisión negociadora, y si hubiera expirado su vigencia, se presentará el acuerdo de inicio de la comisión negociadora del plan de igualdad.
¿Para qué es la ayuda?:
Se subvencionará la realización de proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales. El número de acciones a subvencionar, serán de una por cada grupo de investigación autorizado, si se presenta más de una solicitud sólo se tendrá en cuenta la primera presentada. Las acciones se desarrollarán entre el 1 de enero de 2022 al 30 de septiembre de 2024 ambos inclusive.
Los destinatarios de las acciones subvencionables serán los grupos de investigación autorizados por las Universidades Públicas de Castilla y León. Esta autorización se hará mediante un Certificado del Rector de
la Universidad que también detallará los miembros que pertenecen al mismo, ya que no es necesario que dicho grupo esté integrado exclusivamente por los miembros de un Grupo de Investigación Reconocido (GIR).
Sólo se financiarán gastos que se encuentren efectivamente realizados y pagados entre: el 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2022 para la primera anualidad, del 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre del 2023, la segunda anualidad y del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024, la tercera anualidad.
Cuantía:
La cuantía máxima subvencionable será de 15.000,00 € para la primera anualidad, 30.000,00 € para la segunda y de 23.000,00 € para la tercera anualidad, sumando un total máximo de 68.000,00 € para todo el período de la subvención.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, dirigida a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales. Se presentará una única solicitud por cada acción subvencionable. La solicitud que tenga más de una acción no será admitida a trámite.
Con la presentación y firma de la solicitud el interesado manifiesta bajo su responsabilidad de que cumple los requisitos exigidos.
A la solicitud (Anexo I) se acompañará la siguiente documentación:
- a. Memoria de la acción que se va a realizar, suscrita por la representación legal de la entidad solicitante, según figura en el Anexo II.
- b. Presupuesto detallado de ingresos y gastos, según figura en el Anexo III.
- c. Estatutos de la entidad solicitante o indicación del diario oficial donde están publicados.
- d. Acreditación de la representación del firmante de la solicitud o indicación del diario oficial donde están publicada.
- e. Acreditación del cumplimiento de la obligación de contar con un Plan de Igualdad, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, mediante la presentación del boletín o diario oficial donde figure la resolución del registro del mismo. En caso de que no está publicado se realizará con la presentación del documento firmado por la comisión negociadora, y si hubiera expirado su vigencia, se presentará el acuerdo de inicio de la comisión negociadora del Plan de Igualdad.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales
Órgano que resuelve:
Plazo de resolución:
El plazo para resolver y notificar la resolución será de 4 MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin haberse dictado y notificado resolución expresa se entenderá DESESTIMADA la solicitud. La resolución de concesión de la subvención especificará la cuantía de la misma y la actividad que se subvenciona.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación
- Las universidades públicas beneficiarias deberán justificar anualmente, de manera electrónica, la aplicación de los fondos recibidos y el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención. Dicha justificación se realizará:
a) Primera anualidad: Incluirá los gastos y pagos realizados entre el 1 de enero del año de notificación de la orden de concesión de la subvención y el 30 de septiembre.
b) Segunda anualidad: Incluirá los gastos y pagos realizados entre el 1 de octubre al 30 de septiembre del año siguiente.
c) Tercera anualidad. Incluirá los gastos y pagos realizados entre el 1 de octubre al 30 de septiembre del año en que finaliza la acción subvencionable.
Compatibilidad
- Estas subvenciones serán compatibles con la percepción de otras ayudas, subvenciones o recursos que el beneficiario pueda obtener para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin perjuicio de que el importe total subvencionado en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras, llegue a superar el coste de la actividad subvencionada.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (343 kbytes)