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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
31 de diciembre de 2021
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de los gastos de organización y celebración de ferias comerciales en la Comunidad de Castilla y León.
Desde el 10 de enero de 2022 hasta el 31 de enero de 2022
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Electrónico:
Entidades Locales, Consorcios adscritos a las mismas y entidades sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos.
Podrán subvencionarse los siguientes gastos:
a) Alquiler del espacio destinado a la celebración de la feria (o precio por la ocupación del mismo).
b) Alquiler, montaje y desmontaje de las instalaciones necesarias para la celebración de la feria.
c) Rotulación, señalización, iluminación, megafonía, vigilancia, seguridad y limpieza directamente vinculados con la organización y celebración de la feria.
d) Promoción y publicidad de la feria en cualquier soporte.
Las entidades sin ánimo de lucro podrán imputar gastos de su personal técnico propio en concepto de organización de la feria, con los siguientes límites:
a) El importe de los gastos imputados por este concepto no podrá superar el 20% del importe del resto de gastos subvencionables de la feria.
b) Únicamente podrán imputarse los gastos del personal técnico devengados entre los dos meses anteriores a la fecha de inicio de la feria y los 15 días posteriores a la finalización.
Podrá incluirse dentro de los costes de los gastos subvencionables el IVA que no sea objeto de recuperación o compensación.
Serán susceptibles de financiación las ferias comerciales celebradas entre el 16 de septiembre de 2021 y el 15 de septiembre de 2022, ambos inclusive, así como las que habiendo comenzado con anterioridad al 16 de septiembre de 2021, finalicen con posterioridad a ficha fecha.
Las solicitudes se presentarán, por cada feria para la que se solicite subvención, en instancia normalizada debidamente cumplimentadas, dirigidas a la Dirección General de Comercio y Consumo, y acompañadas de la siguiente documentación, digitalizada como archivos anexos a la misma:
Documentación a presentar (135 kbytes)
Servicio de Promoción Comercial
Consejería de Industria, Comercio y Empleo
El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.
Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Justificación
Compatibilidad
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal