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Subvenciones dirigidas a la modernización de las Empresas Artesanas de la Comunidad de Castilla y León (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2468
  • SIA: 1253442
  • BDNS (Identificador): 603754

Fecha de publicación:

31 de diciembre de 2021

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones dirigidas a la modernización de las empresas artesanas de la Comunidad de Castilla y León, para la financiación de proyectos dirigidos a la modernización, la mejora de la gestión sobre la base de la innovación y la promoción de los establecimientos artesanos de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como los de nueva creación. Se entiende por establecimientos de nueva creación aquellos para los que se obtenga el reconocimiento de taller artesano con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 10 de enero de 2022 hasta el 31 de enero de 2022

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónica:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a) Tener la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

b) Tener reconocida por resolución expresa la condición de taller artesano para el establecimiento para el que se solicita la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 74/2006, de 19 de octubre, por el que se regula la artesanía en Castilla y León y normativa que lo desarrolla, o de acuerdo con la normativa que en su caso, manteniendo esta condición, sustituya a la actualmente vigente, o bien haber solicitado dicho reconocimiento o, en su caso, la correspondiente renovación o variación de datos, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes que se establezca en cada convocatoria, en cuyo caso deberá quedar acreditada la obtención por resolución expresa del reconocimiento o, en su caso, la estimación de la renovación o variación de datos conforme a la citada normativa antes de la emisión del correspondiente informe por la comisión de valoración.

c) La actividad para la cual se solicite la subvención deberá ser aquella para la que tengan reconocida la condición de taller artesano, o bien para la que hayan solicitado el correspondiente reconocimiento, renovación o variación de datos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Quedan expresamente excluidas las actividades comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto 53/2007, de 24 de mayo, por el que se regula la artesanía alimentaria en la Comunidad de Castilla y León.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán subvencionarse, por cada establecimiento artesano para el que se solicite subvención, los proyectos y gastos que cumplan los siguientes requisitos, y que se ejecuten entre 17 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive:

Descarga del documento tipo PDF Actividades y Gastos subvencionables. Abre una nueva ventana Actividades y Gastos subvencionables (98 kbytes)

Cuantía:

  • La cuantía de la subvención, por cada establecimiento artesano para el que se solicite, será de un 75% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:
  • A) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 500 euros.
  • B) El presupuesto máximo aceptado será de:
  • - Para la participación en ferias de artesanía de 5.000 euros.
  • - Para el resto de gastos en su conjunto de 10.000 euros.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, presentada por cada establecimiento artesano para el que se solicite la subveción, y dirigida al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la provincia donde radique el establecimiento.

Las solicitudes debidamente cumplimentadas se acompañarán, como archivos anexos, de la siguiente documentación digitalizada:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (130 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Promoción Comercial

Órgano que resuelve:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Contencioso-administrativo
    • Reposición

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Información adicional:

    Justificación y pago

    • Las subvenciones concedidas serán satisfechas previa presentación por el beneficiario de la correspondiente solicitud de pago conforme al modelo normalizado, y previa justificación de haber realizado el proyecto subvencionado y del cumplimiento de los otros requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención.
    • La justificación revestirá la forma de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y se presentará junto con la correspondiente solicitud de pago, incluyendo, bajo responsabilidad del declarante los documentos correspondientes.
    • La solicitud de pago junto con la cuenta justificativa se presentarán electrónicamente únicamente a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la ejecución del último gasto subvencionado o desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión cuando el último gasto se haya ejecutado con anterioridad a dicha notificación.

    Compatibilidad

    • Las subvenciones son incompatibles con otras subvenciones o ayudas públicas para los mismos gastos subvencionados.
    • En ningún caso su importe, aisladamente o en concurrencia de otros ingresos o recursos, podrá superar el coste del proyecto subvencionado.
    • Las subvenciones se acogerán a lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, por lo que el importe de las subvenciones no podrá ser de tal cuantía que la ayuda total de minimis concedida durante cualquier período continuado de tres ejercicios fiscales sea superior a 200.000 euros.

    Protección de los datos de carácter personal:

    Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.