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Subvenciones destinadas a financiar parte del gasto de las personas físicas en el sector turístico (Bono Turístico #DisfrutaCastillayLeón2021)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3083
  • SIA: 2410840
  • BDNS (Identificador): 584996

Fecha de publicación:

29 de septiembre de 2021

Objeto:

Convocar, para el año 2021 en régimen de concesión directa, subvenciones destinadas a financiar parte del gasto de las personas físicas en el sector turístico de Castilla y León, que se alojen en establecimientos de alojamiento turístico que estén inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León y que cuenten con el sello Turismo de Confianza, a través del Bono Turístico denominado #DisfrutaCastillayLeón2021.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 30 de septiembre de 2021 hasta el 1 de marzo de 2022

Más Detalles:

El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará a las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León, y permanecerá abierto hasta el 1 de marzo de 2022 o hasta agotar el crédito disponible, si este hecho se produce con anterioridad a esa fecha.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas mayores de edad, que dispongan de DNI o NIE en vigor, que se alojen, en algún establecimiento turístico de Castilla y León adherido al Bono turístico #DisfrutaCastillayLeón2021, y cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para obtener la condición de beneficiario deberán disponer de la capacidad y medios técnicos necesarios para la obtención y el uso del Bono turístico.

Los beneficiarios de estas subvenciones quedan sujetos a las siguientes obligaciones:

a) Realizar el ingreso de la parte que le corresponda, en función de la tarjeta solicitada, en el plazo máximo de 7 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución de concesión. El ingreso se realizará por transferencia bancaria en la cuenta de Caja Rural de Soria con número ES70-3017-9125-9824-7329-1520. Una vez finalizado el plazo citado sin que se haya realizado el ingreso, se entenderá que desiste de su solicitud de subvención. En el concepto de la transferencia se deberá indicar el DNI/NIE y el nombre completo del beneficiario de la subvención.

b) Realizar gasto con la tarjeta por el importe total de la misma. Si finalizado el plazo para realizar los gastos quedara saldo en la tarjeta se procederá de la siguiente forma:

  • Si el saldo sobrante es inferior a la cuantía de la subvención, la entidad colaboradora revertirá automáticamente dicho saldo a la administración concedente.
  • Si el saldo sobrante es superior a la cuantía de la subvención, la entidad colaboradora revertirá automáticamente a la administración concedente el importe total de la subvención, y devolverá el resto del saldo mediante transferencia bancaria al número de cuenta desde el que se efectuó el ingreso de la parte correspondiente al beneficiario.

c) Realizar al menos una pernoctación en alguno de los establecimientos adheridos a este Bono Turístico.

d) Para los beneficiarios de la tarjeta DISFRUTA, realizar el pago parcial o total del servicio de alojamiento a través dicha tarjeta.

e) Para los beneficiarios de la tarjeta DISFRUTA PLUS AGENCIAS, contratar los paquetes turísticos vinculados a este Bono a través de una de las Agencias de Viajes adheridas y realizar el pago de este servicio por medio de dicha tarjeta.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables los gastos realizados en establecimientos y actividades turísticas adheridas al Bono en el plazo comprendido desde la recepción y activación de la tarjeta por el beneficiario y hasta el 31 de mayo de 2022. Para aquellos casos en los que la resolución de concesión se publique dentro de los tres meses anteriores a la citada fecha, el plazo será hasta el 31 de julio de 2022. (Modificación 18-03-2022)

Los establecimientos y actividades turísticas adheridas al Bono se deberán encontrar entre los siguientes:

Para la tarjeta DISFRUTA:

a) Los de alojamiento en cualquier tipo de establecimiento de alojamiento turístico que disponga del sello Turismo de Confianza. Estarán incluidos, además del gasto del servicio turístico de alojamiento, los gastos realizados en el establecimiento de alojamiento turístico que respondan a otro tipo de servicios, tales como desayuno, la comida, actividades vinculadas con la salud, uso de instalaciones deportivas, y cualquier otro que se preste por en el establecimiento turístico.

b) Los correspondientes a servicios prestados en los establecimientos de restauración (restaurantes, salones de banquetes, cafeterías y bares).

c) Los derivados de la realización de actividades de turismo activo a través de empresas de turismo activo.

d) Los correspondientes a la prestación de servicios de los guías oficiales de turismo.

Para la tarjeta DISFRUTA PLUS AGENCIAS:

e) Los derivados de la contratación de alguno de los paquetes turísticos ofertados para este Bono, realizados a través de una agencia de viajes de Castilla y León de entre las adheridas al Bono turístico.

Cuantía:

La cuantía de la subvención podrá ser desde 125 € hasta 420 €, en función de la modalidad de tarjeta elegida por el solicitante:

Descarga del documento tipo PDF Modalidades y cuantía de las subvenciones. Abre una nueva ventana Modalidades y cuantía de las subvenciones (118 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud telemática en modelo normalizado, una única por solicitante y convocatoria, acompañada de la siguiente documentación, previamente digitalizada y que se aportará como archivos anexos a la solicitud:

  • DNI/NIE del solicitante y/o de su representante, en aquellos casos en los que se haya manifestado oposición a que la Administración acceda directamente y/o por medios telemáticos a dichos datos.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Fomento de Inversiones Turísticas

Órgano que resuelve:

Director General de Turismo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 2 MESES a contar desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, los solicitantes podrán entender DESESTIMADA su solicitud por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Reposición
    • Contencioso-administrativo

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Información adicional:

    Establecimientos, actividades turísticas y paquetes turísticos vinculados

    Preguntas frecuentes

    Justificación

    • Las subvenciones concedidas se entenderán justificadas con el agotamiento del crédito de la tarjeta.
    • Los pagos se entenderán imputados en primer lugar a la parte financiada por el beneficiario y en segundo lugar a la parte subvencionada por la administración.

    Pago

    • Resuelta la concesión de la subvención, la entidad colaboradora de estas subvenciones emitirá las tarjetas bancarias a nombre de los beneficiarios, remitiéndolas a sus domicilios por correo. Estas tarjetas llevarán cargado el importe ingresado por el beneficiario y el de la subvención concedida correspondiente.
    • La activación de las tarjetas para su uso se realizará, individualmente por el beneficiario, a través del número de teléfono que se les facilite junto con la tarjeta y en las condiciones que así mismo se señalen.

    Renuncia

    • Durante el periodo de vigencia del bono, y en todo caso antes del 31 de mayo de 2022, el beneficiario podrá renunciar a la subvención, presentando el modelo normalizado «Solicitud de renuncia a la subvención Bono Turístico #DisfrutaCastillayLeon2021», a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    Resolución. Beneficiarios:

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.