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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
20 de julio de 2021
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados en la Comunidad de Castilla y León para los años 2021 y 2022, la concesión se realizará de acuerdo a los principios de concurrencia, publicidad y objetividad.
Desde el 21 de julio de 2021 hasta el 10 de agosto de 2021
Las solicitudes se presentarán telemáticamente en el plazo de 15 DÍAS. El cómputo del plazo se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y finalizará a las 13:00 horas del último día del plazo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Electrónico:
Los programas de formación deberán estar compuestos por acciones formativas que respondan a las necesidades de competencias básicas y/o avanzadas relacionada s con la transformación digital y ciberseguridad establecidas como prioritarias en los Anexos X.1, X.2.A y X.2.B, en el marco de las especialidades incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas previsto en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Las acciones formativas que respondan a las necesidades de competencias básicas deberán impartirse en modalidad presencial, y las que respondan a competencias avanzadas, tanto generales como relacionadas con la ciberseguridad, deberán impartirse en modalidad presencial y/o teleformación, atendiendo a las modalidades de impartición aprobadas para cada una de las acciones formativas establecidas como prioritarias en los Anexos X.1, X.2.A y X.2.B.
El número máximo de programas de formación será de 10.
La resolución de concesión establecerá la fecha de inicio de ejecución de la actividad formativa del programa de formación. La fecha límite de finalización de los programas de formación será el 30 de junio de 2022.
La cuantía máxima de la subvención a conceder a cada beneficiario se calculará distribuyéndose el presupuesto disponible entre las solicitudes que hayan obtenido mayor valoración técnica, hasta el límite máximo de 10 programas.
Solicitud, en modelo normalizado, se presentará UNA ÚNICA por cada entidad de formación o agrupación. En caso de que el solicitante sea una agrupación de entidades de formación, la solicitud de subvención se presentará por el representante que la agrupación haya nombrado entre las entidades que la componen, efectuándose el pago a esta entidad, atendiendo a la naturaleza jurídica de la misma. En la solicitud de subvención se hará constar expresamente, así como en la resolución de concesión, las acciones formativas a impartir por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, que tendrán igualmente la condición de beneficiarios.
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos:
DOCUMENTACIÓN a presentar (99 kbytes)
Servicio de Formación Continua
Presidente del Servicio Público de Empleo
El plazo máximo de resolución y notificación no podrá exceder de 6 MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá DESESTIMADA.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Compatibilidad
Justificación