Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 1267
- SIA: 1253138
- BDNS (Identificador): 573851
Fecha de publicación:
9 de julio de 2021
Objeto:
Convocar para el año 2021, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, destinadas al desarrollo de actividades de promoción sociolaboral, sindical y de formación de los trabajadores o cualesquiera otras que estén dentro de los fines propios de las Organizaciones Sindicales, siempre que se realicen en el ámbito territorial de Castilla y León.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 10 de julio de 2021 hasta el 9 de agosto de 2021
Más Detalles:
Los interesados deberán presentar la solicitud en el plazo de 1 MES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
- Sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales, con implantación en Castilla y León, que acrediten estar inscritos en el correspondiente registro.
- Tendrán también la condición de beneficiarios los miembros asociados, que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del beneficiario.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Será requisito inexcusable para obtener la condición de beneficiario, la acreditación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, o de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención de dicha obligación, en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad, y ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre.
¿Para qué es la ayuda?:
Las subvenciones irán destinadas a la realización, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de actividades de Promoción sociolaboral, sindical y de formación de los trabajadores o cualesquiera otras que estén dentro de los fines propios de las Organizaciones Sindicales.
Serán gastos subvencionables los de Personal, gastos corrientes y de prestación de servicios, las inversiones nuevas y de reposición, siempre que el coste de estas últimas, no sobrepase el 30% del total de la subvención concedida.
Serán susceptibles de financiación los gastos que se lleven a cabo a partir del 1 de junio de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021.
Cuantía:
- La cuantía de la subvención se determinará, tras la valoración de las solicitudes, de acuerdo con los criterios establecidos.
- En ningún caso la subvención a favor de un beneficiario superará los 57.462 Euros.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, dirigida a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, y acompañada de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (98 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Relaciones Laborales
Órgano que resuelve:
Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual, sin haberse dictado y notificado resolución expresa, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.
Notificaciones:
- En la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación y pago
- Las Organizaciones Sindicales beneficiarias, deberán acreditar la realización de las actividades, presentando de forma electrónica la documentación requerida en la convocatoria.
- El plazo máximo de justificación se extenderá hasta los 30 días posteriores a la finalización del periodo subvencionable. Si la resolución de concesión se notificara con posterioridad a dicha fecha, la justificación deberá presentarse en los cinco días naturales siguientes desde la fecha de la notificación.
- Se podrá otorgar un anticipo, que no podrá superar el 50% del importe de la subvención concedida. El anticipo deberá ser solicitado por el beneficiario en el momento de presentación de la solicitud.
- Liquidación: La liquidación de la subvención se realizará por la cantidad que resulte de deducir el anticipo recibido, en su caso, de la cuantía debidamente justificada y fiscalizada de conformidad, previa justificación por el beneficiario del cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente orden y en la resolución de concesión de la subvención.
Compatibilidad
- Estas ayudas son incompatibles con las subvenciones nominativas consignadas en los Presupuestos de la Comunidad de Castilla y León para organizaciones sindicales en Castilla y León.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (344 kbytes)