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Subvenciones de apoyo a la inversión para infraestructuras de investigación en los Centros Tecnológicos de la Comunidad de Castilla y León (2021)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3018
  • SIA: 2328448
  • BDNS (Identificador): 570316

Fecha de publicación:

21 de junio de 2021

Objeto:

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones que tienen por objeto apoyar la inversión para infraestructuras de investigación realizada en los Centros Tecnológicos de la Comunidad de Castilla y León, que permitan el fortalecimiento de sus capacidades científicas y tecnológicas vinculadas a uno o varios ámbitos de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León. Estas subvenciones están cofinanciadas al 50% por FEDER.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 22 de junio de 2021 hasta el 16 de julio de 2021

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 25 DÍAS NATURALES y comenzará el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico

¿Quién lo puede solicitar?

  • Centros tecnológicos de Castilla y León.
  • Otros centros tecnológicos que sean entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué requisitos debo cumplir?

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:

  • Que sean entidades privadas sin ánimo de lucro.
  • Que realicen actividades de I+D+I, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas, con personalidad jurídica propia, domicilio social en Castilla y León.
  • Que estén inscritas en el Registro de Fundaciones o de Asociaciones de Castilla y León en el momento de la publicación de la convocatoria.
  • Deben ostentar la condición de organismo de investigación y difusión de conocimientos según la definición indicada en la convocatoria, y además cumplan las siguientes dos condiciones:
  1. Que, en el caso de que obtenga beneficios, los reinvierta en sus propias actividades de investigación, en la divulgación de sus resultados o en la enseñanza.
  2. Que las empresas que puedan ejercer influencia en dicha entidad, por ejemplo, en calidad de accionistas o miembros, no gocen de acceso preferente a las capacidades de investigación del organismo de investigación ni a los resultados de investigación que genere.


REQUISITOS DE LOS PROYECTOS:

  • Que sean técnica, económica y financieramente viables.
  • Que el plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas, así como los plazos parciales que en su caso pudieran establecerse, sean cumplidos.
  • Que la ejecución de dichas actuaciones no se haya iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Las inversiones deberán ser realizadas por la entidad beneficiaria en la sede social o centro de trabajo de Castilla y León y los resultados de los trabajos deberán permanecer o tener impacto tangible en Castilla y León.
  • Las propuestas de inversión tienen que ser coherentes con la Estratega RIS3 de Castilla y León o estrategia que la sustituya en el futuro.
  • Los proyectos deberán alcanzar una valoración mínima de 50 puntos, de acuerdo a los criterios de valoración.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables las inversiones para la creación o mejora de infraestructuras de investigación realizadas por los Centros Tecnológicos de la Comunidad de Castilla y León, que permitan el fortalecimiento de las capacidades científicas y tecnológicas vinculadas a uno o varios ámbitos de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020, o de la estrategia que la sustituya en el futuro.

Las actuaciones subvencionables consistirán en la adquisición de equipamiento científico o tecnológico incluyendo otros recursos basados en el conocimiento, así como infraestructuras de carácter instrumental basadas en tecnologías de la información y comunicación, que permitan llevar a cabo actividades de los Centros Tecnológicos en líneas de trabajo existentes de I+D+i o bien para iniciar actividades de I+D+i en nuevos ámbitos, sobre la base de su especialización tecnológica y sectorial.

Se podrá incluir también la inversión en edificios o instalaciones para la construcción, reforma o adaptación de las instalaciones donde se desarrollan o se vayan a desarrollar actividades de I+D, que sea necesaria y acorde con la creación o mejora de infraestructuras de investigación que se plantea. No se considerarán como financiables aquellas actuaciones que comprendan únicamente esta actividad.

El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas será desde el día siguiente a la presentación de la solicitud de subvención hasta el 30 de junio de 2022 incluido.

Cuantía:

La subvención, será del 50% del gasto de la actuación considerado financiable.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, cada entidad solicitante podrá presentar una o varias solicitudes de subvención, una por cada acción subvencionable, acompañada de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (103 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Competitividad e Innovación Empresarial

Órgano que resuelve:

Consejero de Economía y Hacienda

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Aceptación

  • Los beneficiarios deberán aceptar expresamente la concesión de la subvención, así como sus condiciones, en el plazo de un mes, computados desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. En el caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haber aceptado la resolución recaída, se entenderá que el beneficiario renuncia a la misma, declarándose la renuncia mediante resolución expresa.

Anticipos

  • Una vez emitida la resolución de concesión, podrán realizarse pagos anticipados, de hasta el 50%, a los beneficiarios, si así lo han solicitado en la solicitud.

Modificaciones de la subvención

  • Los beneficiarios podrán solicitar del órgano concedente, antes de que concluya el plazo para la realización del proyecto subvencionado, modificaciones de la resolución de concesión que supongan ampliación de los plazos fijados, reducción del importe concedido o alteración de las acciones que se integran en la actividad, que serán autorizadas cuando traigan su causa en circunstancias imprevistas o sean necesarias para el buen fin de la actuación, siempre que no se dañe derechos de terceros. Todas las modificaciones deberán ser presentadas antes de 2 meses de finalizar el plazo de vigencia establecido en la resolución.

Plazo de justificación

  • El beneficiario justificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de concesión desde el cumplimiento total de éstas o, en todo caso, en el plazo de 1 MES desde la finalización del plazo indicado en la resolución de concesión para la ejecución del proyecto.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.