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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
19 de marzo de 2021
Convocar subvenciones para el año 2021, dirigidas a financiar parcialmente los costes salariales a cargo de la empresa de los trabajadores en situación o riesgo de exclusión social en las empresas de inserción laboral. Las solicitudes de subvenciones se resolverán por orden de presentación desde que el expediente esté completo, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos.
El plazo de presentación de solicitudes es el siguiente:
a) Las solicitudes para las subvenciones de costes salariales correspondientes al primer período subvencionable que comprende desde el 1 de agosto de 2020 a 31 de enero de 2021, podrán presentarse desde la fecha de producción de efectos de la presente orden hasta el 31 de marzo de 2021.
b) Las solicitudes para las subvenciones de costes salariales correspondientes al segundo período subvencionable que comprende desde el 1 de febrero de 2021 a 31 de julio de 2021 podrán presentarse desde el día 1 al 17 de septiembre de 2021.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Electronico:
Empresas de Inserción Laboral que cumplan los requisitos.
Serán subvencionables los costes salariales a cargo de la empresa correspondiente al puesto de trabajo de las personas en situación o riesgo de exclusión social que se encuentren incluidos en algunos de los colectivos del artículo 3 del Decreto 34/2007, de 12 de abril.
El período subvencionable total comprende desde el 1 de agosto de 2020 hasta el 31 de julio de 2021, ambos inclusive.
No se consideran subvencionables los costes salariales de los trabajadores con jornada a tiempo parcial inferior al cincuenta por ciento de la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o en su defecto, de la jornada máxima legal.
No se consideran subvencionables las indemnizaciones, dietas, suplidos, situaciones de incapacidad temporal del trabajador o similares.
Documentación a presentar (128 kbytes)
Servicio de Integración Laboral de Personas con Discapacidad y Nuevas Iniciatiavas de Empleo
Consejería de Industria, Comercio y Empleo
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la administración competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA por silencio administrativo.
Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Solicitudes presentadas y no resueltas
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (334 kbytes)