Menú principal
- Sede Electrónica
-
Trámites y servicios
-
Información de interés
-
Ayuda sobre administración electrónica
- Protección de datos
- Atención Usuarios Teléfono 012
Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
28 de agosto de 2020
Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concesión directa, al objeto de colaborar en la financiación del coste originado en la adquisición de equipamiento de seguridad que se determine por los respectivos servicios de prevención de riesgos laborales, para la garantía de la salud de las personas trabajadoras de dichos centros, así como del material que deba ser usado para proteger a los residentes, de la asistencia externa para labores de desinfección y de la realización de acciones de sensibilización y formación dirigidas al personal y a los usuarios, sobre riesgos sanitarios y protocolos de actuación ante ellos.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Castilla y León y finalizará el 30 de noviembre de 2020.
El plazo de ejecución para la realización de las acciones subvencionables será desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 30 de noviembre 2020.
Presencial
Electrónico
Estar inscritos en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de carácter social de Castilla y León.
Serán actuaciones subvencionables los gastos realmente efectuados en:
a) La adquisición de equipos de protección individual frente a riesgos de agentes biológicos, según las necesidades que sean determinadas por los servicios de prevención de riesgos laborales correspondientes, tales como: Guantes, gafas, mascarillas, batas, botas, test de diagnóstico rápido o serológicos.
b) La adquisición de material de protección sanitaria destinado a las personas usuarias de los centros, tales como protectores respiratorios.
c) La asistencia externa para labores de desinfección de los equipos, instalaciones y personas, exclusivamente en respuesta a la situación de crisis de salud pública.
d) El asesoramiento e información a las personas trabajadoras y personas usuarias de los centros de atención social previstos en estas bases, en materia de prevención de contagios en situaciones de crisis epidemiológicas o de salud pública.
El plazo de ejecución para la realización de las acciones subvencionables será desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.
La cuantía de la subvención será del 80% de la actuación subvencionable, hasta un máximo de 2.000 € por centro de atención social.
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos:
Anexo I. Memoria explicativa de la actuación realizada.
Anexo II. Memoria económica.
Facturas acreditativas del gasto realizado.
Justificantes del pago de las facturas.
El plazo máximo para resolver será de 6 MESES, que se computará desde que la solicitud tuvo entrada en el registro del órgano competente para la tramitación del expediente. Transcurrido dicho plazo sin que se dicte la resolución expresa podrá entenderse DESESTIMADA.
Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Justificación
Compatibilidad
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (546 kbytes)