Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2784
- SIA: 1814022
- BDNS (Identificador): 520664
Fecha de publicación:
27 de agosto de 2020
Objeto:
Financiación de los gastos generados a las entidades por el desarrollo del programa específico de itinerarios personalizados de inserción sociolaboral para personas con discapacidad, que incluya alguna medida de orientación, intermediación laboral, formación prelaboral y laboral, apoyo en el empleo, procurando las medidas de apoyo y acompañamiento pertinentes.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo de presentación comenzará al día siguiente de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y permanecerá abierto durante toda la vigencia de la misma.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónica:
¿Quién lo puede solicitar?
- Entidades sin ánimo de lucro que gestionen programas de itinerarios personalizados de inserción sociolaboral para personas con discapacidad.
- Serán destinatarias de este programa las personas con discapacidad, preferentemente aquellas que se encuentren en situación de desempleo.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Entidades sin ánimo de lucro que:
- Lleven a cabo los programas de itinerarios personalizados de inserción sociolaboral para personas con discapacidad cofinanciados por el FSE.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables las actuaciones realizadas por los beneficiarios destinadas a mejorar la empleabilidad de los destinatarios de las acciones, mediante un conjunto de acciones directamente tendentes a su desarrollo laboral y aquellas otras acciones instrumentales que sean necesarias para alcanzar el objetivo del empleo mediante la promoción de su autonomía personal, tales como las de mejora de las relaciones interpersonales, bienestar físico y emocional e integración en la comunidad. Como consecuencia de ello los itinerarios se realizarán de acuerdo con las siguientes características:
Conceptos subvencionables (90 kbytes)
Cuantía:
- La cuantía máxima de la subvención estará vinculada al perfil del itinerario desarrollado dentro del programa:
- a) Por el contrato de formación y aprendizaje la cuantía máxima a subvencionar por participante será de 3.500 euros durante el primer año del contrato y de 4.900 euros durante el segundo y tercer año.
- b) Por los itinerarios de hasta 200 horas/año, la cuantía máxima a subvencionar por participante será de 1.800 euros por año o la parte proporcional según el número de horas de cada participante.
- c) Para itinerarios de hasta 180 horas/año, la cuantía máxima a subvencionar por participante será de 1.620 euros por año o la parte proporcional según el número de horas de cada participante.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado Anexo I, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN (que se digitalizará y aportará como archivos anexos):
RELATIVA A LA ENTIDAD SOLICITANTE DE LA SUBVENCIÓN:
•Declaración de cumplir la Ley de Subvenciones, obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y Texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Federación y de cada una de las asociaciones (según modelo).
•Datos de Identificación Fiscal.
•Datos del Representante Legal y en su caso el instrumento público de apoderamiento en virtud del cual se solita la subvención.
•Estatutos de la entidad.
RESPECTO A LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA:
•Cuando la Federación actúe como solicitante de la subvención y las asociaciones como ejecutantes de los programas subvencionados, la Federación presentará un proyecto por cada una de las asociaciones integradas en ella que desarrollen los programas.
•Cuando la entidad actúe como solicitante y ejecutante presentará un único proyecto.
•Los proyectos deberán incluir, por separado para 2020 y para 2021, un apartado por cada uno de los perfiles que se quiera desarrollar.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Órgano que resuelve:
Gerente de Servicios Sociales
Plazo de resolución:
El plazo para resolver será de 3 MESES, desde que la solicitud tuvo entrada en el registro del órgano competente para la tramitación del expediente. Transcurrido dicho plazo sin que se dicten las resoluciones expresas podrán entenderse DESESTIMADAS las solicitudes.
Notificaciones:
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
COMPATIBILIDAD
- Estas subvenciones serán compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que el importe total subvencionado, en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras, supere el coste de la actividad subvencionada.
JUSTIFICACIÓN
-
La cuenta justificativa se presentará en los plazos que se establezca en cada una de las resoluciones, respetando en todo caso los siguientes límites:
1.- El 14 de febrero de 2021, para las subvenciones concedidas para el desarrollo del programa durante el año 2020.
2.- El 14 de febrero de 2022, para las subvenciones concedidas para el desarrollo del programa durante el año 2021.
No obstante, si por causas excepcionales, la realización de los programas impidiera su justificación dentro del plazo establecido, la entidad beneficiaria podrá solicitar a la Gerencia de Servicios Sociales, con un mes de antelación a la expiración del mismo, una única prórroga para la presentación de los documentos justificativos, señalando los motivos que la justifican y el periodo de ampliación de plazo necesario, siempre que no exceda de la mitad del mismo y que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.