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Programa II: Apoyo al fomento de la producción de productos agrícolas de calidad (2022)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 506
  • SIA: 1253004
  • BDNS (Identificador): 634140

Fecha de publicación:

20 de junio de 2022

Objeto:

Las ayudas concedidas por el ITACYL en el ámbito del Programa II) tienen como finalidad proporcionar un incentivo para la mejora de los productos agrícolas, haciendo cada vez más hincapié en la calidad, aumentando así el valor de la producción agrícola y facilitando el ajuste de la demanda a los gustos del consumidor.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 21 de junio de 2022 hasta el 11 de julio de 2022

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

  • Los Consejos Reguladores y Órganos de Gestión de DOP e IGP y de Vinos de Calidad.
  • Asociaciones titulares y/o gestoras de una Marca de Calidad de productos agroalimentarios. Dicha marca deberá estar certificada por un órgano certificador externo inscrito en el Registro de Organismos de Control de Productos Agroalimentarios de Castilla y
  • Agrupaciones de Consejos Reguladores u Órganos de Gestión de DOP/IGP y de Vinos de Calidad constituidas para la realización de actividades conjuntas en el marco de este programa.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para acceder a las aportaciones económicas las entidades previstas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener aprobado, por el órgano competente, el presupuesto para el ejercicio o los ejercicios de la correspondiente convocatoria, del cual deberá deducirse que la entidad solicitante dispone de los recursos financieros necesarios para ejecutar las inversiones y los gastos para los que se solicita aportación económica del Instituto. En su defecto, certificado expedido por el Secretario en el que se haga constar que los gastos necesarios para realizar la inversión solicitada se incluirán en los presupuestos para el ejercicio o ejercicios de la convocatoria.
  2. Tener aprobadas, por el órgano competente, las cuentas correspondientes al ejercicio anterior al del año de la solicitud, con carácter previo al pago de la aportación económica del Instituto establecida en la correspondiente convocatoria.
  3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
  4. Cuando los solicitantes reciban la prestación de servicios de personas por cuenta ajena, voluntaria, de forma retribuida y dentro del ámbito de su organización, deberán cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o, de la no sujeción a la misma, o, en su caso, de la exención de dicha obligación, en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril. La acreditación y justificación de este requisito se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 75/2008, en la correspondiente convocatoria y en la resolución de concesión.

¿Para qué es la ayuda?:

El Instituto podrá conceder aportaciones económicas para sufragar los costes de las siguientes actividades:

a) Costes de autocontrol de las Asociaciones titulares de marca de calidad. Se incluye en este apartado el salario bruto del personal contratado encargado del autocontrol y la aportación de la entidad a la seguridad social o el coste de subcontratación correspondiente.

b) Costes de control derivados de la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones y de la supervisión de la utilización de las Indicaciones Geográficas Protegidas y Denominaciones de Origen Protegidas en el mercado, así como sus agrupaciones. En este apartado se incluyen salario bruto del personal contratado encargado de la certificación y control, y la aportación a la seguridad social, o el coste de subcontratación correspondiente.

c) Costes de implantación de nuevos sistemas avanzados de control: en este apartado se incluyen los gastos generados con La Entidad Nacional de Acreditación derivados de la acreditación en la norma UNE EN ISO 17065 para la certificación del producto amparado por D.O.P. y/0 I.G.P.

El período para la realización de las actividades será el comprendido entre la fecha de solicitud y el 30 de junio de 2023 (ambos inclusive).

Cuantía:

La ayuda del Instituto será la siguiente:

Descarga del documento tipo PDF CUANTÍA de la ayuda. Abre una nueva ventana CUANTÍA de la ayuda (121 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, según los formularios establecidos en el correspondiente procedimiento de sede electrónica, dirigido al Director General del Instituto.

A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos como documentación adjunta digitalizada para su incorporación al expediente administrativo electrónico, sin perjuicio de la aportación de cualesquiera otros documentos e informaciones que el interesado pudiera presentar para resolver sobre el otorgamiento de la aportación económica o las que pudiera solicitar la Administración:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN a presentar. Abre una nueva ventana DOCUMENTACIÓN a presentar (120 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse DESESTIMADA.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Compatiblidad

  • El importe de las ayudas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Plazo de justificación

  • El plazo para la justificación por el beneficiario de las actividades desarrolladas con cargo a la presente resolución será de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la finalización del período para la realización de las actividades objeto de la aportación económica del Instituto (30 de junio de 2023).
  • Los beneficiarios podrán solicitar la realización de pagos parciales hasta un máximo de dos.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (134 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica