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Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
12 de junio de 2020
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, 120 ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación por las Universidades Públicas de Castilla y León, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, en las dos modalidades siguientes:
a) Tipo A: 46 ayudas a conceder a titulados en formación profesional.
b) Tipo B: 74 ayudas a conceder a titulados universitarios.
Las Universidades Públicas asumirán la condición de Entidad Colaboradora.
Los puestos a los que se podrá optar se encuentran relacionados en los anexos I y II, según se trate de puestos de tipo A o B, con indicación de los requisitos específicos exigidos para cada uno de ellos.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES desde las 00.00.00 horas del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará a las 23:59:59 horas del último día de plazo (el 3 de julio de 2020).
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Electrónico
El teléfono de información administrativa 012 (983.327.850) prestará asistencia para resolver las incidencias técnicas que puedan surgir a los interesados como soporte de ayuda para la realización de las posibles consultas relativas a la grabación de datos. También se dispone de un manual o guía de usuario.
Jóvenes, que con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos.
a) Estar empadronados en un municipio de Castilla y León en la fecha de la publicación de la convocatoria, y como mínimo de forma ininterrumpida durante los seis meses anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Estar inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
c) Para los solicitantes de puestos tipo A, poseer el título de técnico o técnico superior de formación profesional exigido para su desempeño, o la titulación equivalente recogida en la normativa que regule la titulación exigida.
d) Para los solicitantes de puestos tipo B, poseer el título universitario exigido para su desempeño.
e) No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones que para la obtención de la condición de beneficiario se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Antes de la celebración del contrato los beneficiarios deberán acreditar que se encuentran en situación de recibir una actuación procedente del Sistema de Garantía Juvenil. Para ello tendrán que cumplir los requisitos del Sistema Nacional de Garantía Juvenil recogidos en los artículos 104 y 105 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, y sus posteriores modificaciones.
Estas ayudas subvencionarán los gastos que generen los contratos, incluyendo los salarios y las cuotas de la Seguridad Social.
1. El personal técnico de apoyo a la investigación será contratado por las Universidades Públicas de Castilla y León para colaborar en la ejecución de uno o varios proyectos de investigación o en los servicios centrales de investigación.
2. La formalización de los contratos se realizará en un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión de estas ayudas, y se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en la normativa laboral y los convenios colectivos de referencia para la entidad contratante.
3. La contratación será a tiempo completo, sin perjuicio de que en el caso de contratación para la colaboración en la ejecución de varios proyectos de investigación se vincule parcialmente la jornada de trabajo del técnico de apoyo a cada uno de los proyectos.
4. La categoría contractual en que se encuadrará al personal técnico de apoyo será la de contrato de obra y servicio conforme al artículo 15.1.a) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. La finalización de la ayuda se considerará como fecha de finalización de la obra que genera la contratación.
5. En los contratos deberán figurar los emblemas del Fondo Social Europeo y la Junta de Castilla y León, así como la referencia a la cofinanciación por parte de la Consejería de Educación y del Programa Operativo de Empleo Juvenil (con referencia al Fondo Social Europeo y a la Iniciativa de Empleo Juvenil).
Documentación a presentar (107 kbytes)
Servicio de Investigación Científica, Transferencia de Conocimiento e Infraestructura Universitaria
El plazo máximo para resolver y publicar esta convocatoria será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.
La resolución se publicará en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y será objeto de publicidad a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.
La Dirección General de Universidades e Investigación, formulará la propuesta de resolución que recogerá en dos listas, una para el tipo A y otra para el tipo B, los solicitantes para los que se propone la concesión de las ayudas, el puesto adjudicado y su cuantía, ordenados dentro de cada lista en función de la valoración obtenida. Igualmente determinará dos listados de suplentes propuestos, uno para cada tipo, así como una lista de solicitantes para los que se propone la denegación de la ayuda acompañados de los motivos en que se basa dicha denegación.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Renuncias
Los beneficiarios podrán renunciar a la ayuda desde el día siguiente al que se publique la resolución de concesión y durante todo el período de duración de las ayudas, conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La renuncia a la ayuda concedida deberá ser justificada y comunicada por escrito a la entidad colaboradora y a la Dirección General de Universidades e Investigación indicando la causa y la fecha concreta a partir de la cual se renuncia. Aquellos participantes que habiéndoles sido adjudicado un puesto, renuncien a él, no serán incluidos en la lista de suplentes y se les considerará excluidos del proceso.
La ayuda a percibir, en el caso de estas renuncias, será la parte proporcional correspondiente al periodo en el que el personal técnico de apoyo esté contratado.
Suplencia
Justificación
Incompatibilidad
ORDEN EDU/1299/2020, de 18 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación por las universidades públicas de Castilla y León, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil. (BOCyL 01-12-2020)
ORDEN EDU/1299/2020, de 18 de noviembre (BOCyL 01-12-2020) (1.674 kbytes)