Menú principal
Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
427457
12 de diciembre de 2018
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2019, una beca de formación en cooperación al desarrollo en la modalidad de «Educación para el Desarrollo», con el objeto de facilitar a personas en posesión de un título universitario, la formación práctica en materia de cooperación al desarrollo mediante la realización de prácticas dentro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en esta área, a través de su acercamiento directo a los programas y actuaciones de la Junta de Castilla y León en el ámbito de la cooperación para el desarrollo, en su modalidad de “Educación para el Desarrollo”..
Desde el 13 de diciembre de 2018 hasta el 14 de enero de 2019
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Presencial:
Electrónico:
Titulados universitarios que cumplan los requisitos
a) Tener cumplidos 18 años de edad en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) No estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición previstos en el artículo 13.2 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Estar en posesión del título de licenciado, diplomado, grado, u otros títulos universitarios oficiales que, individualmente o en conjunto, sumen un mínimo de 240 ECTS, o bien estar en condición de obtenerlos antes de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
d) Haber nacido en la Comunidad de Castilla y León o estar empadronado en alguno de sus municipios, con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
e) Tener conocimientos de inglés con nivel B1, hablado y escrito.
f) Tener conocimientos a nivel usuario de Windows.
g) No haber sido beneficiario en los últimos cinco años, desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de una beca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con un objeto igual o similar.
h) No ser beneficiario de una beca de formación concedida por cualquier administración pública en el momento de presentar la solicitud y cuyo período de ejecución sea posterior al 1 de julio de 2016.
i) No estar realizando un trabajo remunerado directamente relacionado con la actividad objeto de las becas, a fecha de presentación de la solicitud.
Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán mantenerse hasta la finalización de la beca.
En la convocatoria se podrá fijar una fecha concreta de inicio o finalización de los estudios.
La cuantía económica mensual de la beca será de mil doscientos cincuenta euros (1.250 €) o parte proporcional. Cuantía a la que le será de aplicación las retenciones que correspondan según la normativa vigente.
Documentación a presentar (67 kbytes)
Servicio de Cooperación al Desarrollo
El plazo máximo para resolver el procedimiento de concesión y notificar la resolución será de 6 MESES, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado expresamente la resolución se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.
CARACTERÍSTICAS DE LA BECA
La beca tendrá una duración máxima de veinticuatro meses, contados a partir del día en que el becario se incorpore.
Un primer periodo de tiempo será el comprendido desde el día de la incorporación hasta el 31 de diciembre de 2019. Transcurrido éste, la beca podrá ser renovada previa solicitud de la persona beneficiaria.
La beca podrá renovarse siempre que exista dotación presupuestaria suficiente y se considere adecuado el aprovechamiento demostrado por el beneficiario. La renovación podrá efectuarse por un año completo, o por un tiempo inferior, sin superar, en ningún caso, la duración máxima de veinticuatro meses.
La renovación se solicitará con un mes de antelación a la finalización del periodo de disfrute, e irá dirigida al Consejero competente en la materia, que resolverá, previo informe del Servicio de Cooperación para el Desarrollo, sobre la conveniencia de la renovación de la beca.
PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección consistirá en el análisis, por parte de la Comisión de Valoración, de los méritos de los solicitantes de acuerdo con lo previsto en la Base Vigésima de la Orden PRE/355/2016, de 15 de abril.
La Comisión de Valoración realizará una entrevista personal a los quince solicitantes que hayan obtenido las mejores puntuaciones conforme a los criterios anteriores, siempre que la puntuación obtenida en los apartados 1.b).1º, 1.b).2º y 1.d) no sea cero.
La asistencia a la entrevista en el lugar, fecha y hora indicada por la comisión de valoración es de carácter obligatorio para poder superar la selección. En el caso de no poder acudir por una causa justificada, la comisión valorará la posibilidad de poder realizar la entrevista por otros medios. Si el solicitante no se presentara a la entrevista se entiende que desiste de su solicitud.
La entrevista será valorada con un máximo de 25 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
La comisión de valoración podrá realizar, además, las pruebas que considere oportunas, de escritura e idioma relacionadas con la finalidad de la convocatoria, las cuales serán valoradas con un máximo de 5 puntos.
La puntuación obtenida en la valoración de méritos efectuada conforme al apartado 1 únicamente determina el acceso a la entrevista. El orden de prelación de las solicitudes para ser beneficiario de la beca, se establecerá exclusivamente en función de la puntuación obtenida en la entrevista, sumada a la alcanzada en las pruebas previstas en el apartado anterior, en caso de haberse realizado.
La Comisión de Valoración emitirá un informe de carácter vinculante que contendrá el resultado de la evaluación y el orden de prelación de las solicitudes presentadas.
ORDEN PRE/460/2019, de 7 de mayo, por la que se resuelve la convocatoria de concesión de una beca de formación práctica en materia de cooperación al desarrollo. (BOCyL 15-05-2019)
ORDEN PRE/460/2019, de 7 de mayo (BOCyL 15-05-2019) (597 kbytes)
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (163 kbytes)