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Subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales dirigidos a favorecer la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en las PYMES, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2489
  • SIA: 1253453
  • BDNS (Identificador): 311915

Fecha de publicación:

14 de julio de 2016

Objeto:

Concesión de subvenciones con destino a facilitar la incorporación de las tecnologías de la información y comunicación en las PYMES de Castilla y León, con la finalidad de mejorar su competitividad.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y finalizará el día de la publicación de la Convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a las obligaciones derivadas conforme a las disponibilidades presupuestarias.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Autónomos y PYMES que cumplan los requisitos

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Presentar la solicitud de ayuda antes de comenzar a trabajar en el proyecto.
  • La implantación de los servicios avanzados se desarrollará en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.  
  • Para los proyectos enmarcados en el ámbito de aplicación prioritario “ Industria 4.0” será necesario presentar un Plan personalizado de implantación.
  • Deberán alcanzar la puntuación mínima  de 40 puntos función de los criterios de valoración.
  • El proyecto deberá ser viable desde el punto de vista técnico.
  • Los proyectos presentados a esta convocatoria, relacionados con  “computación y Cloud”, son incompatibles con la Convocatoria destinada a fomentar la innovación en el ámbito tecnológico, de las pymes de Castilla y León.
  • Que la cuantía de coste subvencionable del proyecto sea igual o superior a 12.000 euros.
  • La duración máxima de los proyectos será de 12 meses.
  • Los gastos deberán haber sido ejecutados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y pagados antes de la finalización del plazo de justificación.
  • Se debe acreditar la capacidad técnica y profesional de las consultoras  a contratar y que no estén vinculados a través de acciones o participaciones ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante.

¿Para qué es la ayuda?:

1.- Proyectos de consultoría de implantación de soluciones TIC ligados a una implantación efectiva de una o varias soluciones de mercado. Estos proyectos deberán enmarcarse en alguno de los siguientes ámbitos:

- Industria 4.0, ligado a la presentación de un plan personalizado global de transición a Industria 4.0 de implantación de alguno/s habilitadores digitales en consonancia con el informe preliminar del Ministerio de Industria, Energía y Turismo denominado “La Transformación Digital de la Industria Española”.

- E-Commerce y Marketing Digital.

- Internet del futuro.

- Soluciones para la vida independiente.

Los proyectos incluirán al menos, una o varias soluciones de las siguientes:

1. Aplicaciones de gestión intraempresa / interempresas:

• Soluciones de negocio, con ámbito de aplicación: Comercial, recursos humanos, cadena de suministro, soluciones de inteligencia y control sobre cada uno de los ámbitos de las soluciones de negocio y plataformas colaborativas que permitan la interacción entre varias compañías con sus posibles interacciones.

2. Comunicaciones y tratamiento de datos, en los siguientes ámbitos:

• Ciberseguridad.

• Computación y cloud.

• Conectividad.

• Movilidad.

3. Soluciones TIC que permitan conectar el mundo físico y digital en alguno de las siguientes áreas de actuación:

• Impresión 3D.

• Robótica avanzada.

• Sensores y sistemas embebidos.

Descarga del documento tipo PDF Exclusiones. Abre una nueva ventana Exclusiones (87 kbytes)

Cuantía:

  • La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo máximo del 50% a aplicar sobre el coste subvencionable, atendiendo a la localización del centro de trabajo donde se vaya a desarrollar el proyecto:
  • 1.- Si el centro de trabajo está situado en los municipios mineros incluidos en el anexo II, el porcentaje de ayuda será del 50%.
  • 2.- Si el centro de trabajo está situado en un municipio de menos de 10.000 habitantes o de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia el porcentaje de ayuda será del 45%.
  • 3.- Si el centro de trabajo no se encuentra en ninguno de los municipios señalados anteriormente el porcentaje de ayuda será del 40%.
  • Y en cualquier caso con el límite máximo de 25.000 euros por empresa para el total de las soluciones aprobadas.

Descarga del documento tipo PDF Anexo II: Municipios mineros muy afectados por la reestructuración de la minería del carbón. Abre una nueva ventana Anexo II: Municipios mineros muy afectados por la reestructuración de la minería del carbón (914 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud, en modelo normalizado, acompañado de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (108 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Director General del Instituto para la Competitividad Empresarial

Órgano que resuelve:

Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde la fecha de entrada de la solicitud completa en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender DESESTIMADA la solicitud de ayuda.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Contencioso-administrativo
    • Reposición

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Información adicional:

    Criterios de valoración para porcentaje adicional

    Los criterios de valoración para determinar si el proyecto es subvencionable, así como para determinar el importe de la subvención serán alguno o algunos de los siguientes:

    1. Tamaño de la empresa: se favorecerán proyectos presentados por empresas de menor tamaño.
    2. La localización territorial del proyecto con especial consideración a los municipios del Anexo II y a las poblaciones de la Comunidad de Castilla y León que no exceda de 10.000 habitantes, con carácter general, o de 3.000 habitantes, si dista menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia. A efectos de determinar las poblaciones que cumplen las citadas condiciones, se tendrá en cuenta la relación de poblaciones actualizada y publicada por la consejería competente en materia de hacienda, en cumplimiento de la Disposición Final séptima del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.
    3. Sectores incluidos en la Estrategia Regional de Investigación para una especialización inteligente (RIS 3).
    4. Las empresas tengan más de un 30% de mujeres en la plantilla de la empresa.
    5. Superar los porcentajes de contratación de personas con discapacidad exigidos en la normativa vigente.
    6. La aplicación y soluciones dirigidas a la mejora del medio ambiente.

    Compatibilidad

    Todas las ayudas podrán ser compatibles con cualesquiera otras de la misma naturaleza siempre que, de forma acumulada, no sobrepasen los topes establecidos en los distintos regímenes de ayudas.

    Aceptación

    Los beneficiarios deberán aceptar expresamente la concesión de la subvención, así como sus condiciones de forma telemática a través del Registro Telemático de la Junta de Castilla y León, mediante firma electrónica avanzada, en el plazo de 15 DÍAS HÁBILES, computados desde el día siguiente a la notificación.

    En el caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haber aceptado la concesión, se entenderá que el beneficiario renuncia a la subvención, declarándose la aceptación de la renuncia, mediante resolución expresa de la Presidenta de la ADE.

    Justificación

    El beneficiario justificará el cumplimiento de las condiciones establecidas y presentará en modelo normalizado la solicitud del pago, como MÁXIMO, en el plazo de 3 MESES desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada.

    Procedimiento de concesión

    Concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, en función de que la documentación esté completa y teniendo en cuenta las disponibilidades económicas.

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.

     

    Tramitación electrónica

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