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Programa de préstamos participativos con fondos MINECO (2015)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2445
  • SIA: 1253434

Fecha de publicación:

29 de septiembre de 2015

Objeto:

Concesión de préstamos participativos destinados a financiar actuaciones dirigidas a la consolidación de las empresas innovadoras y/o de base tecnológica, y facilitar e impulsar la incorporación de la innovación en las Pymes de Castilla y León, aportando los recursos financieros necesarios para su expansión.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 30 de septiembre de 2015 hasta el 30 de octubre de 2015

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico

  • Por Internet desde ésta misma página.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Pymes innovadoras y/o de base tecnológica con ánimo de lucro, con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León, con un plan de negocio de crecimiento y consolidación.
  • No podrá ser beneficiarios, las sociedades financieras de cartera cuya única actividad económica sea poseer o gestionar una cartera de participaciones y/o inversiones en otras empresas y las sociedades de leasing vinculadas a determinados fabricantes.
  • Quedan expresamente excluidos los autónomos, sociedades civiles, comunidades de bienes, así como cualquier otra agrupación de personas físicas carentes de personalidad jurídica.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Ser empresa innovadora o de base tecnológica.
  • Tener un plan de negocio.
  • Tener patrimonio neto positivo.
  • Acreditar las condiciones de solvencia económica y financiera para la realización del proyecto
  • Garantizar su capacidad de reembolso del préstamo concedido.

Descarga del documento tipo PDF REQUISITOS Consideración Empresa Innovadora. Abre una nueva ventana REQUISITOS Consideración Empresa Innovadora (92 kbytes)

¿Para qué es la ayuda?:

La convocatoria financiará las inversiones y gastos derivados de la puesta en marcha del plan de negocio de la empresa aprobado por la ADE, desarrollados durante los dos primeros años desde la solicitud de la ayuda, donde se podrán incluir:

• Los costes de inversión en activos materiales e inmateriales.
• Los gastos de desarrollo del negocio. Los gastos asociados al plan de marketing y ventas.
• El incremento de las necesidades operativas de fondos, derivado de la puesta en marcha del plan de negocio, cuantificándose este incremento por la diferencia entre las necesidades operativas de fondos al final de la puesta en marcha del plan de negocio menos las que la compañía tenía al inicio del mismo.

Conceptos no financiables:

a) Las actividades meramente financieras o de promoción inmobiliaria.
b) Los impuestos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación por el beneficiario.
c) Los costes relacionados con la adquisición de licencias, cuotas, derechos de producción y otros derechos concedidos por entes públicos, tampoco son financiables.
d) Los intereses deudores y demás gastos financieros; impuestos personales o sobre la renta; contribuciones en especie; intereses, recargos, sanciones administrativas y penales, gastos de procedimientos judiciales y gastos de garantías bancarias.
e) Gastos corrientes de la compañía: arrendamientos, reparaciones, suministros, servicios bancarios y similares, primas de seguros.
f) La adquisición de empresas.

Características de los proyectos

a) Sólo podrá ser financiable el plan de negocio de la empresa cuyo coste aprobado por la ADE sea superior a 100.000 €.
b) Los proyectos deberán ser viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
c) Cofinanciación de las necesidades financieras asociadas al proyecto empresarial.

Cuantía:

Las condiciones financieras de los préstamos son las siguientes:

Descarga del documento tipo PDF Características de los préstamos paticipativos. Abre una nueva ventana Características de los préstamos paticipativos (93 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

La solicitud y los anexos se acompañarán de la memoria técnica y económica normalizada y de la documentación administrativa y técnica que se indica a continuación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (94 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo previsto para la presentación de las solicitudes. El vencimiento del plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender DESESTIMADA la solicitud de ayuda.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Órgano Gestor: Departamento de Financiación (Teléfonos: 983 324 501,  983 324 510)
Órgano que resuelve: Comisión Ejecutiva de la ADE
Forma de Resolución: Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la ADE
Criterios de Evaluación: 

  1. Capacidad económica y financiera de la entidad solicitante.
  2. Carácter innovador de la entidad y actuación.
  3. Efectos positivos derivados del plan de empresa.

Régimen de compatibilidad:

  • En el caso de concurrencia con otros incentivos asociadas a un proyecto, la suma de la financiación del préstamo y las posibles subvenciones y financiaciones de la UE no podrá sobrepasar en ningún caso el 100 % del coste del proyecto

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica