Códigos identificadores del procedimiento:
Fecha de publicación:
26 de marzo de 2010
Objeto:
Fomentar la iniciativa empresarial de creación de nuevas empresas con la finalidad de crear y consolidar un tejido empresarial en Castilla y León.
Se pretende apoyar a los autónomos y a las empresas emprendedoras que realicen microproyectos durante su 1ª etapa de puesta en marcha de un proyecto empresarial o de idea de negocio, a través de un sistema ágil de incentivos que permite que la subvención se pueda ir haciendo efectiva a medida que se va ejecutando el proyecto.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 27 de marzo de 2010 hasta el 7 de febrero de 2011
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Autónomos y las Pymes emprendedoras, entendiendo por ellos las personas físicas o jurídicas o comunidades de bienes que no hayan realizado actividad empresarial previa a la fecha de presentación de solicitud y vayan a realizar un proyecto de inversión.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Estos proyectos deberán reunir los siguientes requisitos:
a)La cuantía de inversión y gasto subvencionable fijada por la ADE no podrá superar la cuantía de 100.000 euros.
b)Deben ser viables desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
c)Excepto en el caso del sector comercio minorista, la nueva actividad realizada será distinta a las realizadas anteriormente en el mismo establecimiento.
d)El 25% de la financiación de la inversión subvencionable no ha de contar con ninguna ayuda pública.
e)El proyecto debe de dar origen a la generación de puestos de trabajo de carácter estable mediante la creación de empleo y/o autoempleo.
f) La solicitud de subvención debe presentarse antes de iniciar la inversión y realizar los gastos, pudiendo empezar la inversión sin esperar a su resolución.
g)Las inversiones deben mantenerse en el establecimiento al menos durante tres años desde su finalización.
¿Para qué es la ayuda?:
• Activos fijos nuevos o de primer uso: obra civil, bienes de equipo, patentes, etc.
• Estudios de viabilidad (planes de empresa) y otros estudios, realizados por empresas asesoras externas.
• Gastos de constitución y primer establecimiento.
Cuantía:
- El 50% de la inversión material e inmaterial subvencionable, con una subvención máxima de 30.000 €.
- Hasta el 75% de gastos subvencionables, siempre que estén ligados a un proyecto de inversión subvencionable.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud normalizada.
En el caso de presentación telemática de la solicitud podrá adjuntarse la documentación digitalizada adquiriendo el compromiso de presentar los originales o copias compulsadas, cuando así sea requerida.
La solicitud estará acompañada de la siguiente documentación administrativa y técnica:
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (82 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Instituto para la Competitividad Empresarial
Órgano gestor:
Director General del Instituto para la Competitividad Empresarial
Órgano que resuelve:
Presidente del Instituto para la Competitividad Empresarial
Plazo de resolución:
Plazo máximo para resolver y notificar será de 3 meses desde el momento en que la documentación esté completa
Notificaciones:
-
Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
-
Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)